Diferencia entre revisiones de «Registro (música)»

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cambio definiciones (para que no se superponga con "Extensión"
OrpheoCT (discusión · contribs.)
→‎En el canto: Eliminé la parte de la definición que decía "registro" = "extensión", puesto que no es así y además no concuerda con la definición ya presente atribuida a Manuel Vicente Rodríguez.
Línea 12:
{{cita|El registro es una serie de sonidos homogéneos consecutivos producidos por un mecanismo, esencialmente a partir de otra serie de sonidos igualmente homogéneos producidos por otro mecanismo, cualesquiera sean las modificaciones en el timbre y la fuerza que puedan ofrecer.|Manuel García}}
 
En el canto, el '''registro''' es el intervalo entre el sonido más grave y el más agudo que puede emitir una voz, sin importar la calidad tímbrica o expresiva. En este sentido es sinónimo de [[extensión (música)|extensión]].
El registro se diferencia de la [[tesitura]], que es el intervalo entre el sonido más grave y el más agudo <u>utilizables musicalmente</u>.