Diferencia entre revisiones de «Reserva de ley»

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La ''''''reserva de ley'''''' o ''''''dominio legal'''''' es el conjunto de materias que de manera exclusiva la [[Constitución]] entrega al ámbito de potestades del [[legislador]], excluyendo de su ámbito la intervención de otros poderes del estado.
 
[[Doctrina jurídica|Doctrinariamente]] existen dos sistemas, el de ''dominio legal máximo'', en el cual pertenecen al ámbito de la [[potestad reglamentaria]] todas aquellas materias que no pertenezcan al dominio legal, y el de ''dominio legal mínimo'', donde la potestad legislativa alcanza no sólo a aquellas materias que le encomienda la Constitución, sino a todas las demás.