Diferencia entre revisiones de «Responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas en España»

Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Línea 14:
 
Los supuestos por los cuales se origina la responsabilidad patrimonial son los siguientes:
 
1. Por funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, artículo 106 CE: “los administrados tendrán derecho a ser indemnizados”. El daño se origina por el funcionamiento de un servicio público gestionado por la administración.
 
2. Por actos legislativos.
 
3. Por actuaciones judiciales, artículo 121 CE: error judicial, prisión preventiva, funcionamiento normal o anormal.