* '''“Capítulos colegiales”''' y '''“Capítulos catedralicios”''', ambos relacionados con la catedral o alguna otra iglesia. (“Colegiata” se refiere al “colegio” o comunidad de canónigos a quienes ha sido confiada una iglesia.)
En este sentido, un capítulo es una asiciaciónasociación de clérigos de una iglesia determinada, que forman una persona moral cuyos miembros reciben el apelativo de “canónigos” e, instituidos por la autoridad eclesiástica, tienen como objetivo la promoción y solemnización del culto divino en una iglesia determinada formando un coro. En el capítulo catedralicio, sin embargo, el coro es secundario dado que su misión fundamental es la de asistir al obispo en el gobierno de su diócesis, a modo de senado y consejo diocesano, y para suplirlo en dicho gobierno en caso que la sede quede vacante. <ref>''CIC'', c. 391, §1>