Diferencia entre revisiones de «Consejo Superior de las Lenguas de Aragón»

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El '''Consejo Superior de Lenguas de Aragón''' es un órgano consultivo gubernamental [[Aragón|aragonés]] cuya creación y regulación se debe al capítulo III de la [[Ley de Lenguas de Aragón]].<ref>[http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/BOAE/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=478436853737 Ley de Lenguas de Aragón]</ref>. Se encarga de los temas relacionados con las [[lenguas propias]] existentes en la [[comunidad autónoma]] de Aragón: [[idioma aragonés|aragonés]] y [[idioma catalán|catalán]] (''hay que tener en cuenta que el [[idioma castellano|castellano]] es la lengua oficial y utilizada en todo su territorio'').
 
== Creación ==
Línea 13:
=== Cese de los miembros ===
El cese de los miembros se puede deber a una de las siguientes causas:
# Transcurso del plazo de nombramiento.
# Inhabilitación declarada por resolución judicial firme.
# Renuncia aceptada por el Presidente del Consejo.
# Declaración de fallecimiento o incapacidad.
 
Las vacantes producidas son cubiertas a propuesta de la institución que efectuó el nombramiento de la persona cuestión por el tiempo de mandato que le resta.
Línea 24:
La primera renovación del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón se producirá por terceras partes de sus miembros cada 2 años dentro del periodo inicial de 6 años para el que han sido nombrados. Corresponde a las instituciones que propusieron su nombramiento establecer el orden de dicha renovación.
 
* La primera renovación afectará a dos de los miembros propuestos por las [[Cortes de Aragón]], uno por el [[Gobierno de Aragón]] y dos por la [[Universidad de Zaragoza]].
* La segunda renovación afectará a dos de los miembros propuestos por las Cortes de Aragón, uno por el Gobierno de Aragón y dos por la Universidad de Zaragoza.
* La tercera renovación afectará a uno de los miembros propuestos por las Cortes de Aragón, tres por el Gobierno de Aragón y uno por la Universidad de Zaragoza.
 
== Miembros ==
=== Universidad de Zaragoza ===
Los miembros nombrados por la [[universidad de Zaragoza]] son:<ref>[http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=583483 El rectorado elige a sus miembros para el Consejo de las Lenguas. El Periódico de Aragón. 20/05/2010.]</ref>:
* [[Javier Giralt Latorre]]
* [[Francho Nagore Laín]]
Línea 38:
 
=== Cortes de Aragón ===
Los miembros elegidos por las Cortes de Aragón son:<ref>[http://www.acalaaragon.com/hemeroteca/2010/20100618%20Las%20Cortes%20nombran%20a%20cinco%20Consejo%20Lenguas/Las%20Cortes%20designan%20a%20sus%20c.pdf Elección de los cinco miembros de las Cortes de Aragón]</ref>:
* [[Partido de los Socialistas de Aragón|PSOE]]:
** [[Alberto Moragrega]]
** [[Marta Marín]]
* [[Partido Aragonés|PAR]]:
** [[Enrique Badía]]
* [[Chunta Aragonesista|CHA]]:
** [[José Ignacio López Susín]]
* [[Izquierda Unida|IU]]:
** [[Chusé Raúl Usón]]
 
La ausencia de representación del [[Partido Popular de Aragón|PP]] se debe a que él mismo renuncia a ella ''por coherencia con su posición política en esta materia''.<ref>[http://www.aragondigital.es/asp/noticia.asp?notid=73709&secid=3 El PP renuncia a tener representante en el Consejo Superior de las Lenguas en ''aragondigital.es''].</ref>
 
== Funciones ==
# Proponer a los órganos competentes de la Administración líneas de actuación en el marco de política lingüística.
# Proponer la adopción de las medidas adecuadas para garantizar la protección del patrimonio lingüístico aragonés y el uso de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.
# Efectuar el seguimiento de los planes y programas en materia lingüística, así como de las líneas de actuación que se determinen.
# Emitir informes por iniciativa propia o a solicitud de los órganos de la Administración Pública en asuntos relacionados con la política lingüística.
# Efectuar propuestas a las Administraciones Públicas sobre actuaciones de fomento y garantía del uso, enseñanza y conocimiento de las lenguas y modalidades lingüísticas propias de Aragón.
# Emitir informe previo a la declaración de las zonas y municipios de utilización de las lenguas propias.
# Ser oído previamente al establecimiento de los topónimos en Aragón.
# Informar las actuaciones que corresponda adoptar en los municipios pertenecientes a la zona mixta de utilización histórica de las lenguas y modalidades lingüísticas propias.
# Cualquier otra que se le atribuya en la Ley de Lenguas.
 
=== Zonas de utilización de las lenguas propias ===
Como establece el punto 6, el Consejo Superior de las Lenguas de Aragón tiene como función determinar las zonas donde se habla cada una de las lenguas propias (hay que tener en cuenta que ''el [[idioma castellano|castellano]] es la lengua oficial y utilizada en todo su territorio''):
* Una zona de utilización histórica predominante del aragonés, junto al castellano, en la zona norte.
* Una zona de utilización histórica predominante del catalán, junto al castellano, en la zona este.
* Una zona mixta de utilización histórica de ambas lenguas propias de Aragón, junto al castellano, en la zona nororiental.
* Una zona de uso exclusivo del castellano con modalidades y variedades locales.
 
Asimismo, se establecen zonas o localidades de transición-recepción que incluyen localidades próximas que por su capitalidad sean receptoras de ciudadanos aragoneses con una lengua propia distinta del castellano. Las administraciones de la zona o localidad de transición-recepción deben cumplir con lo establecido para las zonas de utilización histórica predominante de las lenguas propias.
Línea 79:
 
== Véase también ==
* [[Ley de Lenguas de Aragón]]
* [[La Franja]]
 
== Enlaces externos ==
* [http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/BOAE/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&PIECE=BOLE&DOCR=3&SEC=FIRMA&RNG=200&SEPARADOR=&&PUBL=20091230 La Ley de Lenguas de Aragón en el Boletín Oficial de Aragón Electrónico]
 
[[Categoría: Instituciones de Aragón]]
 
[[an:Consello Superior d'as Luengas d'Aragón]]