Diferencia entre revisiones de «Ley concursal»

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== Ley Concursal en España ==
'''[http://www.asesoria-legal-ya.com/xampp/wk_dis_conc_tgss_04.phpDetermina Resolución del [[16 de julio]] de [[2004]] de la TGSS] de determinación delas funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, devolución de ingresos indebidos, reembolso del coste de las garantías, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en Boletines Oficiales'''. Fue publicada en el [http://www.boe.es B.O.E.] el [[14 de agosto]] de 2004 (núm. 196/2004, pág. 29129 y sig).
'''[http://www.asesoria-legal-ya.com/xampp/wk_dis_conc_8_03.php Orgánica 8/2003] del [[9 de julio]] para la reforma concursal'''.
 
Era lamentable la situación anterior. Un procedimiento concursal duraba años, incluso décadas. Durante este proceso la Seguridad Social recurría a su procedimiento ejecutivo y en menos de dos años sacaba bienes a subasta. Igual ocurría con la Hacienda pública, los trabajadores, ayuntamientos ... etc. Como resultado, estos entes nunca participaban en el reparto de pérdidas, o lo hacían en mucha menor medida que los demás. A estos privilegios pone fin la Ley 22/2003, derogando todas estas normas que permitían venta de activos al margen del procedimiento de [[quiebra]], etc. Esta Resolución trata de adaptar el funcionamiento interno de la Tesorería General de la Seguridad Social a la nueva ley.
Fue publicada en el [http://www.boe.es B.O.E.] del [[10 de julio]] de [[2003]] (núm. 164/2003, pág. 26901 y sig.).
 
Esta norma modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial (L.O. 6/1985, de 1-7-1985) norma base sobre la cual se articula todo el sistema judicial y el gobierno de los jueces en [[España]]. Tiene por objeto permitir la creación de juzgados especializados (los mercantiles) con funciones civiles, administrativas y sociales, así como las correspondientes secciones de las audiencias provinciales, también especializadas en esta materia. Es una norma con contenido sustantivo y procesal, que regula un único y nuevo procedimiento que sustituye a los anteriores de [[quiebra]], [[suspensión de pagos]], [[quita y espera]], etc... Regula un [[derecho concursal|único procedimiento]], muy flexible, que los sustituye a todos. Junto a las normas importantes, existen “normas menores”, creando, al menos, un juzgado mercantil en cada capital de provincia, con un puesto de juez, secretario, y toda la oficina judicial.
 
Debido a los cambios que introduce, tiene abundantes y extensas disposiciones derogatorias que afectan a normas de todos los órdenes jurisdiccionales, lo que provoca una profunda reforma en el sistema legal Español. Tiene por objeto, aprovechando otra norma de igual rango legal, modificar la Ley 22/2003, pues, pese a su novedad, se apreciaron ciertas necesidades. Esta es una técnica legislativa muy utilizada en las últimas décadas que llega a su extremo en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
'''[http://www.asesoria-legal-ya.com/xampp/wk_dis_conc_ley.php Ley 22/2003] del [[9 de julio]] sobre ordenación económica-concursos''' (conocida como ley concursal).
 
Fue publicada en el [http://www.boe.es B.O.E.] del 10 de julio de 2003 (núm. 164/2003, pág. 26905 y sig.)
 
Es una norma con contenido sustantivo y procesal, que regula un único y nuevo procedimiento que sustituye a los anteriores de [[quiebra]], [[suspensión de pagos]], [[quita y espera]], etc... Regula un [[derecho concursal|único procedimiento]], muy flexible, que los sustituye a todos.
 
Debido a los cambios que introduce, tiene abundantes y extensas disposiciones derogatorias que afectan a normas de todos los órdenes jurisdiccionales. Es una auténtica innovación que provoca una profunda reforma en el sistema legal Español.
 
'''[http://www.asesoria-legal-ya.com/xampp/wk_dis_conc_36_03.php Ley 36/2003] del [[11 de noviembre]] de 2003 Ley de medidas de reforma económica'''.
 
Fue publicada en el [http://www.boe.es B.O.E.] el [[12 de noviembre]] de 2003 (núm. 271/2003, pág. 39925 y sig).
 
Tiene por objeto, aprovechando otra norma de igual rango legal, modificar la Ley 22/2003, pues, pese a su novedad, se apreciaron ciertas necesidades. Esta es una técnica legislativa muy utilizada en las últimas décadas que llega a su extremo en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
 
'''[http://www.asesoria-legal-ya.com/xampp/wk_dis_conc_tgss_04.php Resolución del [[16 de julio]] de [[2004]] de la TGSS] de determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, devolución de ingresos indebidos, reembolso del coste de las garantías, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en Boletines Oficiales'''.
 
Fue publicada en el [http://www.boe.es B.O.E.] el [[14 de agosto]] de 2004 (núm. 196/2004, pág. 29129 y sig).
 
Era lamentable la situación anterior. Un procedimiento concursal duraba años, incluso décadas. Durante este proceso la Seguridad Social recurría a su procedimiento ejecutivo y en menos de dos años sacaba bienes a subasta. Igual ocurría con la Hacienda pública, los trabajadores, ayuntamientos ... etc. Como resultado, estos entes nunca participaban en el reparto de pérdidas, o lo hacían en mucha menor medida que los demás. A estos privilegios pone fin la Ley 22/2003, derogando todas estas normas que permitían venta de activos al margen del procedimiento de [[quiebra]], etc.
 
Esta Resolución trata de adaptar el funcionamiento interno de la Tesorería General de la Seguridad Social a la nueva ley.
 
'''[http://www.asesoria-legal-ya.com/xampp/wk_dis_conc_arancel.php Real Decreto 1860/2004] del [[6 de septiembre]] de 2004 establece el arancel de derechos de los administradores concursales'''.
 
Fue publicado en el [http://www.boe.es B.O.E.] el [[7 de septiembre]] de 2004 (núm. 216/2004, pág. 30608)
 
La última norma en el tiempo establece el arancel de los administradores concursales, figura básica en torno a la cual está construido todo el procedimiento judicial.
 
Tras esta batería de normas importantes, ha existido todo un desfile de “normas menores”, creando, al menos, un juzgado mercantil en cada capital de provincia, con un puesto de juez, secretario, y toda la oficina judicial.
 
En [[2005]]-[[2006]] están en proceso de formación las audiencias provinciales que fallarán sobre los temas mercantiles y, es de esperar, que se introduzcan cambios en el Tribunal Supremo para ver los recursos de casación que, en su momento oportuno, se produzcan.
 
== Véase también ==