Diferencia entre revisiones de «Cognomen»

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El '''cognomen''' (plural, ''cognomina'') de los [[Antigua Roma|romano]]s y especificaba la rama de la familia ([[nomen]]) a la que se pertencía, o, en algunos casos, era el apodo de un individuo particular (por ejemplo, "Cicerón", "Nasica", etc); solo lo portaban los hombres, pues las mujeres eran designadas únicamente por el ''nomen''. Al igual que el [[agnomen]] solía designar características físicas, muchas veces con sarcasmo, pero a diferencia del nuestro, se heredaba por vía paterna. Por ejemplo:
 
* ''[[Cayo Julio César]] (César hacía referencia a la cabellera)
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Existe una convención para nombrar a los personajes romanos,<ref>McKEOWN, J.C. "''Gabinete de Curiosidades Romanas''", Ed. Oxford University Press, 2010, pág. 33</ref> que es la siguiente:
 
1.- Aquellos conocidos, se designan por el nomen o el cognomen; así, por ejemplo, a ''Gayo Suetonio Tranquilo'' se le llama [[Suetonio]] o a ''Lucio Anneo Séneca'', se le llama [[Séneca]]. Sin embargo, otros son conocidos por su ''cognomen'', como por ejemplo ''Lucio Sergio Catilina'' es solamente [[Catilina]].
 
2.- No se usan los [[prenomen|''prenomina'']], excepto en casos muy especiales, para distinguir entre dos miembros de la misma familia; por ejemplo, entre Tiberio y Gayo Graco.
 
3.- Algunos personajes tienen convenciones rígidas para ser desigandosdesignados. Entre ellos, cabe destacar a personajes como [[Cicerón]], [[Ovidio]], [[Terencio]], [[Virgilo]], etc.
 
El número de cognomina que podía portar una persona no estaba, en principio, limitado por norma alguna y entre las inscripciones que se conservan figura destacadamente el caso de ''Quinto Pompeyo Seneción Roscio Murena Celio Sexto Julio Frontino Silio Deciano Gayo Julio Euricles Herculano Lucio Víbulo Pío Augustano Alpino Belicio Solerte Julio Apro Ducenio Pŕoculo Rutiliano Rufino Silio Valente Nigro Claudio Fusco Saxa Amintiano Sosio Prisco'', <ref> ''Corpus Inscriptionum Latinarum'', 14.3609</ref>, uno de los cónsules del año 169 d.C.
 
Algunos autores latinos citan casos en los que el [[Senado romano]] prohibió el uso de ciertos ''cognomina'' en casos especiales. Tácito desccribe, por ejemplo, que el Senado prohibió a los miembros de la [[gens]] Escribonia que volvieran a usar el cognomen "Druso", en castigo por el intento de asesinato del emperador [[Tiberio]] que protagonizó [[Marco Escribonio Libón Druso]]. <ref> TACITO, Anales-Libros I-VI, Ed. Gredos, 2.32</ref>