Diferencia entre revisiones de «Beneficio eclesiástico»
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{{otros usos|Beneficio}}
'''Beneficio eclesiástico''' era el cargo dentro del [[clero secular]], se seculus, que otorgaba [[renta]]s a su [[beneficiario]] que más propiamente recibe el nombre de '''beneficiado'''. Muchas veces el beneficiado no tenía necesidad de cubrir personalmente su beneficio, pues podía hacerlo mediante un [[vicario]] cuando el titular tenía superiores ocupaciones (estaba muy ocupado), o era menor de edad (la legalmente establecida entonces)
Existían diversas clases de beneficio eclesiástico: beneficio '''simple/doble''', beneficio '''mayor/menor''' o beneficio '''regular/secular'''. El '''beneficiado''' o '''beneficiario''' es la persona que posee derecho a disfrutar del beneficio y obligación de ejercerlo. Como quiera que tal obligación podía delegarse en un vicario, existe también las figuras de '''beneficiado propio''' y '''beneficiado servidero'''.
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