Diferencia entre revisiones de «Abogacía General del Estado»

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La '''Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado''' es un [[órgano administrativo|órgano]] de la [[Administración General del Estado]] integrado en el [[Ministerio de Justicia de España]], con nivel orgánico de [[Subsecretaría]]. Es el órgano directivo de los servicios que prestan asistencia jurídica al Estado y a otras instituciones públicas. Sus funciones y competencias están recogidas en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, [http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-1997-25338 B.O.E. núm.285], y en el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por Real Decreto 997/2003 [http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2003-15800 B.O.E. núm 188]. Está integrado por los miembros del [[Cuerpo Superior de Abogados del Estado]], funcionarios de carrera de la Administración, y dirigido por el ''Abogado General del Estado'', nombrado en Consejo de Ministros.
 
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[[Categoría:Órganos de la Administración Pública de España]]
 
[[fr:Bureau de l'Avocat général de l'État (Espagne)]]