Diferencia entre revisiones de «Firma digitalizada»

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La firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica
La Ley 59/2003 de España '''de firma electrónica''' indica que no se puede negar valor probatorio a una firma por el hecho de ser electrónica, si bien establece diferentes niveles con diferente presunción legal. En el nivel más bajo, la firma electrónica simple permite incluir firmas [[escáner|escaneadas]] o [[Digitalizar|digitalizadas]], lo que a veces se llama "Firma electrónica escrita". Otros niveles superiores de firma electrónica lo constituyen la firma electrónica avanzada y la firma electrónica cualificada. Esta última tiene el mismo valor de la firma manuscrita en relación con los documentos a los que acompaña.
 
. Los niveles de firma electrónica lo constituyen la firma electrónica avanzada que es la firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control y la firma electrónica reconocida la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma.Esta última tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con los consignados en papel.
Existen varias formas de firma electrónica simple. Una de ellas puede consistir en la firma mediante una [[tarjeta de crédito]] y el número secreto, otra en el marcado de un número o serie de signos sobre un teclado, otra en el escáner de retina o de las [[Huella dactilar|huellas dactilares]], etc.
 
ExistenNo obstante, en la legislación de otros paises existen varias formas de firma electrónica simple. En el nivel más bajo, la firma electrónica simple permite incluir firmas [[escáner|escaneadas]] o [[Digitalizar|digitalizadas]], lo que a veces se llama "Firma electrónica escrita". Una de ellas puede consistir en la firma mediante una [[tarjeta de crédito]] y el número secreto, otra en el marcado de un número o serie de signos sobre un teclado, otra en el escáner de retina o de las [[Huella dactilar|huellas dactilares]], etc.
 
Una forma más de firma electrónica simple es a partir de la firma escrita. Para realizarla, se necesita por un lado el trazado físico de la firma, y por otro un dispositivo capaz de captar y digitalizar ese trazado.
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La forma más generalizada de firma electrónica simple escrita se lleva a cabo mediante pads de firma. Estos dispositivos pueden aplicarse para automatizar la gran mayoría de los procesos internos y externos en la empresa moderna.
 
Gran parte de los procesos internos en los que sea necesaria la firma (autorizaciones, recibos, pedidos, contratos, etc.) podrán llevarse a cabo sin imprimir el documento en papel y sin necesitar almacenar físicamente los documentos. La búsqueda de documentos, claro está, también se simplifica enormemente, puesto que ya sólo hay que buscar el documento en el ordenador. Se considera documento electrónico el redactado en soporte electrónico que incorpore datos que estén firmados electrónicamente.
 
El documento electrónico será soporte de: a) Documentos públicos, por estar firmados electrónicamente por funcionarios que tengan legalmente atribuida la facultad de dar fe pública, judicial, notarial o administrativa, siempre que actúen en el ámbito de sus competencias con los requisitos exigidos por la ley en cada caso. b) Documentos expedidos y firmados electrónicamente por funcionarios o empleados públicos en el ejercicio de sus funciones públicas, conforme a su legislación específica. c) Documentos privados.
 
De este modo, vemos que este tipo de firma tiene dos claras ventajas, el ahorro y el cuidado del [[medioambiente]].
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== Enlaces externos ==
* [http://www.firma-electronica.eu Información General]
* [http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2003-23399 Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica]
 
[[Categoría:Tecnología]]
[[Categoría:Términos jurídicos]]