Diferencia entre revisiones de «Consejos regionales de Francia»

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== Historia ==
 
La organización territorial actual de Francia data de 1956. Tras el referéndum celebrado el 27 de abril de 1969 que rechazó un proyecto de ley constitucional que preveía, principalmente, la creación de una nueva categoría de colectividades territoriales, la Región<ref>en francés: Collectivités territoriales – Région : retour sur une Région refusée ; Actualité Juridique Droit Administratif, N°15, 27 avril 2009, p.805-808.</ref>, el gobierno decidió pese a todo comenzar un proceso de regionalización, aunque más modesto. De este modo, los consejos regionales, en un principio denominados ''[[[Établissements Publics (Francia)|Établissements Publics]]] Régionaux (EPR)'' (en español, Entes públicos regionales), fueron creados por la leu del 5 de julio de 1972. Estaban formados por todos los parlamentarios de la región y, en un número igual, por representantes nombrados por los [[Consejo General (Francia)|consejos generales]] y los principales municipios. Estos votaban, cada año, un presupuesto (en aquella época poco cuantioso), obtenido de algunos impuestos -permisos de conducir, impuestos adicionales sobre los permisos de circulación- y de préstamos. Este presupuesto servía para financiar equipamientos de intarésinterés regional. Pero era el [[prefecto_(autoridad)|prefecto]] de la región, representante del Estado, quien se encargaba de ejecutar las decisiones del consejo regional. Junto al consejo regional se encontraba el Comité economómico y social (renombrado desde 1992 como Consejo económico y social regional), asamblea formada por representantes de diferentes sectores socioeconómicos. Su papel era y es puramente consultivo, y se traduce en informes y recomendaciones destinadas al consejo regional. Así, las élites, los partidos políticos, y la opinión pública han ido mostrando un interés creciente por este nivel de colectividad.
 
Entre 1982 y 1983, el Estado Francés transfiere algunas de sus competencias - institutos y formación profesional principalmente - a los consejos regionales en el marco del proceso de [[[descentralización]]]. En 1986, lo que hasta entonces eran Entes públicos regionales, se convierten en una [[colectividad territorial (Francia)|colectividad local]] de pleno derecho. La existencia de esta nueva colectividad territorial en Francia que es la región, pasa a estar explícitamente mencionada en la [[[Constitución]]].
 
La revisión constitucional de 2003 lanza una nueva etapa de descentralización y se considera como la segunda fase de esta.
 
== Funcionamiento ==
 
El consejo regional elabora su reglamento interno que determina principalmente el número, las competencias y el modo de funcionamiento de las comisiones.
 
Desde 1986, los consejeros regionales, cuyo número por asamble varía de acuerdo con la población de la región ( desde los 31 miembros del Consejo Regional de la [[[Guayana Francesa]]] a los 209 miembros del Consejo Regional de [[[Isla de Francia]]], son elegidos por sufragio universal directo cada 6 años, con posibilidad de reelección. Estos son elegidos sobre las listas compuestas en base a las circunscripciones electorales de nivel departamental.
 
Los consejos regionales tiene las mismas condiciones de funcionamiento que los [[Consejo General (Francia)|Consejos generales]] de los departamentos:
 
* reuniones plenarias al menos una vez por trimestre a iniciativa del presidente o a petición de la comisión permanente o de un tercio de los miembros en base a un orden del día determinado;
* información de los consejeros regionales asegurada por un informe sobre cada uno de los temas a tratar al menos doce días antes de la sesión;
* sesiones abiertas al público, salvo en los casos de sesiones a puerta cerrada decidida por el consejo o en caso de agitación, el presidente puede ejercer su poder de « policia de sesiones » y restringir el acceso del público a los debates.
 
En caso de imposibilidad de funcionamiento, el gobierno puede disolver el consejo regional por Decreto en Consejo de ministros.
 
De manera similar a los consejos generales, la comisión permanente es una emanación del consejo regional, compuesta por el presidente y los vicepresidentes del consejo regional así como uno o varios miembros más. El consejo puede delegar una parte de sus funciones, a excepción de aquellas correspondientes a la votación de los presupuestos y la aprobación de cuentas. La comisión permanente sustituye de hecho al consejo entre sus reuniones.