Diferencia entre revisiones de «Gobernador civil»

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Tiene sus antecedentes en la figura de los [[Jefe Político|jefes políticos]] como máxima autoridad provincial creado en el artículo 324 de la [[Constitución Española de 1812]]. Este cargo fue derogado por [[Fernando VII]] en 1814, y restablecido durante el [[Trienio Liberal]] de 1820 a 1823.
 
Fue creado por [[Real Decreto del 23 de octubre de 1833]] en que se establece la figura de subdelegado de fomento, cuyas funciones versaban sobre agricultura, industria y comercio, minería, ayuntamientos, policía general, instrucción pública, sociedades económicas, hospitales y establecimientos benéficos, cárceles, hermandades y cofradías, bibliotecas, museos, teatros y espectáculos, caza, pesca, prevenciones generales, caminos, canales, etc. La estructura administrativa era el subdelegado, un secretario, un oficial de primera y otro de segunda, dos de tercera y otros dos de cuarta y un portero.
 
En 1847 en el Real Decreto del 29 de septiembre se le vuelve a denominar gobernador civil que es el que se ha mantenido hasta [[1997]] en que se creó la figura del [[subdelegado del gobierno]] en la [[comunidad autónoma]].