Diferencia entre revisiones de «Competencia administrativa»

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{{otros usos|competencia}}
La '''competencia''', en [[Derecho administrativo]], es un concepto que se refiere a la titularidad de una determinada [[potestad]] que sobre una materia posee un [[órgano administrativo]]. Se trata, pues, de una circunstancia subjetiva del órgano, de manera que cuando éste sea titular de los intereses y potestades públicas, será competente.
 
Vulgarmente, el término suele ser objetivizado, equiparando la noción de competencia con la de interés. Así, por ejemplo, se suele decir que las relaciones internacionales son ''competencia'' del Ministerio de Asuntos Exteriores. En un sentido estrictamente técnico, habría que decir que las relaciones internacionales son ''interés'' del Ministerio.