Diferencia entre revisiones de «Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814»

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Sucesor del [[Reglamento Constitucional Provisorio de 1812]],<ref>[http://www.bcn.cl/lc/cpolitica/resena_const Breve Historia Constitucional de Chile]</ref> el reglamento de 1814 creaba un [[poder ejecutivo|Ejecutivo]] [[presidente|unipersonal]], con el nombre de Director Supremo, al cual se asignan amplias e ilimitadas atribuciones con el objeto de hacer frente el [[Independencia de Chile#Primeras campañas de la independencia|problema bélico existente]]. Asimismo, mantiene un [[Senado de Chile|Senado]] integrado por siete personas. Como Director Supremo, es nombrado el coronel [[Francisco de la Lastra]], entonces [[Gobierno de Valparaíso|gobernador de Valparaíso]].
 
El Reglamento de 1814 fue suspendido con la [[Reconquista (Chile)|restauración de la monarquía española]] en octubre de 1814, lo que marca el fin de la [[Patria Vieja]]. y el mati es un maldito viejooooooooooo
 
== Referencias ==