Diferencia entre revisiones de «Regalismo en España»

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== El regalismo del siglo XVIII ==
=== Felipe V y los "concordatos" de 1717 y 1737 ===
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=== Felipe V ===
El primer conflicto de [[Felipe V de España|Felipe V]] se produjo en plena [[Guerra de Sucesión Española]] cuando el papa [[Clemente XI]] el 15 de enero de 1709 reconoció como rey al otro pretendiente a la Corona el [[Carlos III el Archiduque|Archiduque Carlos]], presionado por el ejército [[Sacro Imperio Romano Germánico|imperial]] que había sitiado Roma tras derrotar al ejército borbónico francés en el norte de Italia. La respuesta de Felipe V fue expulsar de la corte de Madrid al [[nuncio]] papal [[Antonio Félix Zondadari]] el 10 de marzo. Poco después, el 22 de abril de 1709, Felipe V promulgaba un decreto por el que se reconocía la independencia de hecho de los obispos españoles respecto a Roma al establecer que en el procedimiento de las causas eclesiásticas se volviera al uso «que tenía antes que hubiese en estos reinos nuncio permanente». Así, los obispos tendrían que ejercitar su [[jurisdicción]] sobre «lo que cabe en su potestad», tanto en materia de [[dispensa]]s como de justicia, de los que antes de la ruptura se ocupaba la curia romana.<ref>{{cita libro |apellido=Mestre |nombre=Antonio |apellido2=Pérez García| nombre2=Pablo |año=2004 |páginas=506-507 |cita=}}</ref>
 
La ruptura con el papa y el decreto posterior provocaron las protestas de la jerarquía católica española más antirregalista. El [[cardenal Portocarrero]], [[Alonso de Monroy]], arzobispo de Santiago, y el [[cardenal Belluga]], obispo de Murcia, enviaron sendassendos escritos al rey, el último de ellos en forma de un contundente ''[[Memorial (religión)|Memorial Antirregalista]]'', que no vería la luz pública en Roma hasta la década de 1740. En todos ellos aparecen las ideas propias de la corriente antirregalista: "un anti[[episcopalismo]] radical, pues, a su juicio, las reivindicaciones [[episcopalismo|episcopales]] constituyen un peligro para la Iglesia; predominio del centralismo romano y exaltación del poder pontificio; temor al regalismo que consideran un peligro de [[cisma]]; [[inmunidad]] de los privilegios eclesiásticos, apoyados por Roma, y que consideran básicos para la conservación del catolicismo en España y rechazo de cualquier atisbo de [[secularización]] que pudiera expresar la autonomía del poder político".<ref>{{cita libro |apellido=Mestre |nombre=Antonio |apellido2=Pérez García| nombre2=Pablo |año=2004 |páginas=507-508 |cita=}}</ref>
 
Pero la ruptura también movilizó a los regalistas, empezando por el obispo [[Francisco Solís]] que escribió un ''Dictamen que de Orden del Rey dio el Illmo. Sr. D. Francisco Solís, Obispo de Córdoba y [[Virrey]] de Aragón en el año 1709 sobre los Abusos de la Corte Romana por lo tocante a las [[Regalía]]s de S.M. y Jurisdicción que reside en los Obispos'', en el que defiendedefendió la independencia de los obispos respecto de Roma, al ser consagrados [[iure divino]], lo que les permitepermitía convocar [[concilio]]s —apoyándose—siguiendo, pues en, los principios del [[episcopalismo]] y del [[conciliarismo]]—, y señalando además al centralismo romano como la principal causa de la decadencia de la Iglesia. Así propone, siguiendo el ejemplo de los [[Concilios de Toledo]] de la época [[visigodos|visigoda]], que el rey convoque un concilio de todos los obispos españoles que apruebe las medidas necesarias para llevar a cabo la reforma eclesiástica.<ref>{{cita libro |apellido=Mestre |nombre=Antonio |apellido2=Pérez García| nombre2=Pablo |año=2004 |páginas=509 |cita=}}</ref> Con esta última propuesta, Solís defiende seguir el ejemplo del [[galicanismo]] y en su escrito alaba la [[Pragmática Sanción de Bourges]]:<ref>{{cita libro |apellido=Mestre |nombre=Antonio |apellido2=Pérez García| nombre2=Pablo |año=2004 |páginas=510 |cita=}}</ref>
{{cita|Esta práctica de convocar los monarcas los Concilios Nacionales para examinar los abusos y reparar la disciplina se halla ejecutoriada en España desde su primer rey [[Recaredo]]... [En] los Concilios Toledanos, interesaron los reyes godos su real autoridad en el restablecimiento de la disciplina y observancia de las inmaculadas leyes de la iglesia}}
 
El rey francés [[Luis XIV]] medió en el conflicto y consiguió reunir en París a un representante del papa y a un representante de su nieto Felipe, [[Rodrigo de Villalpando]], futuro [[marquesado de la Compuesta|marqués de la Compuesta]], quequien recibió una órdenesinstrucciones estrictas redactadas por el recién nombrado [[fiscal (funcionario)|fiscal]] del [[Consejo de Castilla]] [[Melchor de Macanaz]], un declarado regalista. El documento recibió el nombre de ''Pedimento'' y constituye uno de los documentos capitales del regalismo hispano. En él Macanaz defiende que en el campo de la «fe y de la religión se debe ciegamente seguir la doctrina de la Iglesia» pero que en los aspectos temporales el poder civil tiene plena autonomía —una propuesta muy cercana al modelo de la [[Iglesia galicana]]—. Sin embargo, el ''Pedimento'', entre otras razons, le acabaría costando el destierro a Macanaz pues fue denunciado ante la Inquisición y perdió la protección del rey al caer su principal valedora en la corte la [[princesa de los Ursinos]] a causa de la llegada de la nueva reina [[Isabel de Farnesio]]. Como han señalado Antonio Mestre y Pablo Pérez García, con el destierro de Macanaz "la corriente regalista sufría un terrible golpe, pero también desaparecía un proyecto reformista de largo alcance. Porque Macanaz pretendía una reforma de la enseñanza universitaria muy renovadora y ambiciosa... y el control del tribunal del [[Santo Oficio]] de la Inquisición por parte del gobierno civil".<ref>{{cita libro |apellido=Mestre |nombre=Antonio |apellido2=Pérez García| nombre2=Pablo |año=2004 |páginas=510-511512 |cita=}}</ref>
 
El nuevo equipo de gobierno propiciado por la reina Isabel de Farnesio y encabezado por [[Julio Alberoni]] propició el acercamiento a Roma y así se llegó a un acuerdo provisional conocido como el "concordato de 1717". En el mismo el papado recuperaba su situación jurídica anterior a 1709 a cambio del pago de 150.000 ducados anuales procedentes de las rentas eclesiásticas para la lucha contra el turco —y Alberoni fue nombrado cardenal—. Sin embargo, "los grandes problemas planteados por Solís o Macanaz quedaron marginados".<ref>{{cita libro |apellido=Mestre |nombre=Antonio |apellido2=Pérez García| nombre2=Pablo |año=2004 |páginas=511 |cita=}}</ref>
En 1717 se llega a un tímido acuerdo que es en seguida abandonado por ser considerado insuficiente para España. En 1737, tras la investigación del [[abad de Vivanco]], que encuentra 30.000 [[beneficios eclesiásticos]] que escapan al patronato real en beneficio del Papa, se llega a un [[concordato]] que sufre la misma suerte. No obstante, o quizá por ello mismo, los negociadores de dichos concordatos, [[Cardenal Alberoni|Alberoni]] el de 1717 y [[Gaspar de Molina y Oviedo|Gaspar de Molina]] el de 1737, fueron elevados al rango de [[Cardenal (catolicismo)|Cardenal]].
 
Cuando en virtud del [[Tratado de Sevilla]] de 1729, el infante [[Carlos III de España|don Carlos]], varón primogénito del segundo matrimonio de Felipe V con Isabel de Farnesio, recibió el [[reino de Nápoles]] volvió producirse la ruptura con la Santa Sede, porque ésta puso en cuestión la validez del Tratado de Sevilla alegando que Nápoles era un [[feudo]] del Papa. El conflicto de fondo, sin embargo, residía en la reivindicación del [[Patronato Universal]] —es decir, extender a todos los dominios de la Monarquía de Felipe V el [[patronato regio]] que ya detentaba sobre Granada, Canarias y Las Indias—, propuesta impulsada por el nuevo equipo regalista encabezado por el recién nombrado Gobernador del [[Consejo de Castilla]], el obispo de Málaga [[Gaspar de Molina y Oviedo]], y por el nuevo embajador en Roma, el [[cardenal Acquaviva]], y que contaban con el apoyo de [[José Patiño]] el principal ministro del rey. Cuando la Curia romana rechazó la creación en agosto de 1735 de la ''Junta de Real Patronato'', cuya finalidad era impulsar la incorporación a la Corona de iglesias y patronatos, los breves papales fueron "secuestrados" por orden del obispo Molino que impuso así el ''[[exequatur]]'' —que ninguna orden papal tenía validez en los dominios de la Monarquía de España sin el refrendo de su soberano—. La solución final al conflicto fue la firma del nuevo "concordato de 1737", en el que se produjeron avances en la línea del regalismo —y el obispo Molina, como Alberoni, fue nombrado cardenal—: "quedaba regulado el [[derecho de asilo eclesiástico]]; la Iglesia controlaría el número de clérigos y se propondría la reforma del clero por medio de los obispos... y Roma cedió con un nuevo gravamen sobre los bienes eclesiásticos". Sin embargo, la ceustión fundamental del Patronato Regio y del control de los beneficios eclesiásticos fue aplazado para ser discutido más adelante, aunque el obispo-cardenal Molina lo consideró un éxito pues quedaba la «puerta abierta» para que la Junta de Real Patronato continuara actuando sobre la cuestión del control de los [[beneficio eclesiástico|beneficios eclesiásticos]].<ref>{{cita libro |apellido=Mestre |nombre=Antonio |apellido2=Pérez García| nombre2=Pablo |año=2004 |páginas=512-514 |cita=}}</ref> En 1737 en una investigación realizada por el [[abad de Vivanco]] éste encontró 30.000 [[beneficios eclesiásticos]] que escapan al patronato real en beneficio del Papa.
 
=== Fernando VI y el Concordato de 1753 ===
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Más trascendencia tuvo el [[Concordato de 1753]], en el reinado siguiente, con [[Fernando VI de España|Fernando VI]] en el trono de Madrid y [[Benedicto XIV]] en la Cátedra de San Pedro. Los negociadores fueron el [[marqués de la Ensenada]] y el [[Francisco Rábago y Noriega|Padre Rávago]] (confesor del rey, de la [[Compañía de Jesús]]). Consiguieron la concesión por el Papa a los reyes de España del Patronato universal en sus reinos, lo que puso en sus manos de hecho el control de la Iglesia española como ya tenían el de [[América]]. [[Gregorio Mayáns y Siscar]] comentó jurídicamente los referidos acuerdos.