Diferencia entre revisiones de «Plazo»

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'''Texto en negrita'''{{wikificar|derecho|t=20130425125034}}
El '''plazo''', jurídicamente es el tiempo legal o contractualmente establecido que ha de transcurrir para que se produzca un efecto jurídico, usualmente el nacimiento o la extinción de un [[derecho subjetivo]] o el tiempo durante el que un contrato tendrá vigencia''''''Texto en negrita'''''''''Texto en negrita'''''''''.
 
'''ola'''Por ejemplo: Te doy un plazo de seis meses para que me devuelvas el dinero que te presto (plazo que ha de transcurrir para que sea exigible o "venza" una obligación); o bien el contrato de arriendo se pacta por un plazo de un año (plazo de vigencia de un contrato); o al adquirir un derecho de [[Tiempo compartido (multipropiedad)|tiempo compartido]] el adquirente tiene un plazo de diez días para resolver unilateralmente el contrato (plazo tras el cual se extingue un derecho): o contra la sentencia se podrá recurrir en apelación en el plazo de cinco días.
 
''Texto en cursiva''El plazo siempre es "cierto", en el sentido de que es un tiempo que llegará en algún momento dado y sin posibilidad de que no llegue a ocurrir (en ello se diferencia de la "condición"). Este momento del vencimiento del plazo puede estar determinado de antemano como, por ejemplo, cuando se fija una fecha determinada.
 
En la concepción clásica del Derecho romano, el plazo de vencimiento de una obligación se presumía concedido en beneficio del deudor, por lo que el mismo podía renunciar al mismo y cumplir la obligación anticipadamente, si no se establecía otra cosa en la Ley o en el contrato. En el Derecho español actual se presume por el contrario que el plazo ha sido puesto en beneficio de ambas partes (por lo que el deudor no puede cumplir anticipadamente su obligación si el acreedor se opone), "a no ser que del tenor de las obligaciones o de otras circunstancias resultara haberse puesto en favor del acreedor o del deutor (art. 1227 Código Civil), por lo que el acreedor puede negarse a que el deudor cumpla antes del vencimiento de la obligación.