Diferencia entre revisiones de «Ley Constitutiva de las Cortes»

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Establecía la formación de una asamblea unicameral de elección indirecta con teórica iniciativa legal, aunque ésta residía en la figura de Franco desde el momento de la promulgación de la '''Ley de agosto de 1939''', que le atribuía la capacidad de dictar normas sin ningún tipo de condicionante.
 
Junto con las otras siete leyes fundamentales del régimen (''[[Fuero del Trabajo]]'' —1938—, ''[[Fuero de los Españoles]]'' —1945—, ''[[Ley del Referéndum Nacional]]'' —1945—, ''[[Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado]]'' —1946——1947—, ''[[Ley de Principios del Movimiento Nacional]]'' —1958—, ''[[Ley Orgánica del Estado]]'' —1967— y ''[[Ley para la Reforma Política]]'' —1977—) se consiguió que el proceso de institucionalización del régimen franquista llegara a su fin.
 
Según la Ley de las [[Cortes Españolas|Cortes]], éstas eran el órgano de participación del pueblo español en las tareas del Estado. Su función era elaborar y preparar las Leyes, sin perjuicio de la sanción que correspondía al jefe del Estado, [[Francisco Franco]]. Eran [[procuradores en Cortes]]: