Diferencia entre revisiones de «Presunción (derecho)»
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Se denomina '''presunción''', en [[Derecho]], a una ficción jurídica a través de la cual se establece un mecanismo legal automático, que considera que un determinado hecho, o un determinado acontecimiento, se entiende [[Prueba (Derecho)|probado]] simplemente por darse los presupuestos para ello. La presunción de hechos y derechos, faculta a los sujetos a cuyo favor se da, a prescindir de la [[Prueba (Derecho)|prueba]] de aquello que se presume cierto ''ope legis''. Todo esto favorece de entrada a una de las partes del [[juicio]] (el que se beneficia de la presunción) que normalmente es el que se encuentra en una posición defensiva, y cuya ''verdad formal'' presumida, tendrá que ser destruida aportando para ello pruebas en contra, por quien sostenga otra verdad distinta a la presumida. (Por ejemplo, en los hijos nacidos constante el matrimonio, se presume la paternidad del marido, o los bienes muebles se presume que pertenecen a aquel que los tenga en posesión).
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== Presunción absoluta ==
Una presunción absoluta, de hecho y de derecho, o ''iuris et de iure'' es aquella que se establece por [[ley]] y que no admite prueba en contrario, es decir, no permite probar que el hecho o situación que se presume es falso, a diferencia de las presunciones relativas, de ley, de solo derecho, o ''iuris tantum'' que se considera verdadero hasta que no se
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