Diferencia entre revisiones de «Principio de no intervención»

Contenido eliminado Contenido añadido
Línea 14:
 
== Doctrina Drago (1902) ==
Enunciada como protesta por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina, a cargo de Luis María Drago, en respuesta al no cumplimiento de la Doctrina Monroe por Estados Unidos cuando estableció que como país no apoyaría a un Estado que se viese afectado por ataques de potencias europeas que no se originasen en la intención de recuperar territorios americanos y colonizarlos. Esta posición que se conoce como "primer Corolario Roosevelt" fue asumida frente al bloqueo naval impuesto a Venezuela por Gran Bretaña, Alemania e Italia a finales de 1902, con motivo del reclamo del pago de una gran deuda de Venezuela que su presidente Cipriano Castro se negaba a efectuar. La Doctrina Drago, inspirada en la Doctrina Calvo aunque más restringida, establece que “Ningún poder extranjero puede utilizar la fuerza contra una nación americana para recolectar una deuda”.<ref>"Historia General de las Relaciones Exteriores de la República Argentina. La segunda fase (1900-1914): el inicio de la "diplomacia de control" por parte del gobierno de Estados Unidos. La Doctrina Drago versus el Corolario Roosevelt: hhttp://www.argentina-rree.com/8/8-020.htm.</ref>
 
== Doctrina Estrada ==