Diferencia entre revisiones de «Colonato»

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El '''colonato''' es una forma de explotación de las [[tierras de cultivo]], que constituye una forma de transición entre el sistema [[esclavitud|esclavista]] del [[Imperio romano]], y el sistema [[feudalismo|feudal]] que predominó durante la [[Edad Media]]. El '''colono''' poseía un estatus intermedio entre la [[esclavitud]] y la [[libertad]]: era aquella persona libre que cultivaba una tierra que no le pertenecía y estaba ligado a ella, sin poder abandonarla. Por el hecho de cultivarla pagaba un [[Impuesto|canon]] o [[Renta feudal|renta]] anual, ya fuera en [[dinero]] o en [[especie (economía)|especie]].
El '''colonato''' sistema de explotación, defensa y repoblación de zonas fronterizas, originario de [[Mesopotamia]], por el cual el colono paga un alquiler ([[canon]] o [[renta]] en [[dinero]] o [[especie]]) al [[terrateniente]] por su explotación (al contrario que durante el [[feudalismo]], que había confusión en el [[derecho de propiedad]], debido a el [[dominio útil]], ejercido por los [[bracero]]s y el [[dominio eminente]], ejercido por los terratenientes).
 
[[Diocleciano]]La loinstitución institucionalizódel encolonato elno Imperiopertenece al escasearderecho laclásico. manoConocida dedesde obra esclava, siendo a su vez los propiosel [[libertosiglo III]]s, losse colonosafianzó ypor la faltadesaparición de defensa, reapareciendo la figuraesclavitud, republicanaeran dellibertos [[soldado]]-[[campesino]]que (dando lugar a los [[vasallo]]s medievales y en el [[Imperio Bizantino]] a los "stratiotas"). Y contrabajaban las reformastierras de [[Diocleciano]],sus queantiguos transformaronamos, a lacambio sociedadde romanasu enprotección unay de [[casta]]s, ser colono se convirtió en una condición social y pasó a ser hereditaria hasta el final del contrato; tampoco podían ocupar ningún cargo público durante el contrato yparcela, tenerpara quesu notificarconsumo, cualquier relación economía para evitar lapagando evasiónun fiscalalquiler.<ref>{{cita publicación | autor = Lastra Lastra, José Manuel | título = El trabajo en la Historia | año = 2000 | publicación = Anuario Mexicano de Historia del Derecho | volumen = | número = 11-12 | id = ISSN 0188-0837 | url = http://info.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/hisder/cont/11/cnt/cnt7.pdf}}, pág. 199</ref> Surgió probablemente con los primeros emperadores cristianos: sus reglas de funcionamiento fueron establecidas y completadas desde tiempos de [[Constantino I el Grande|Constantino]].<ref>{{cita libro|apellidos=Petit|nombre=Eugéne|editorial=México: Editora Nacional|título=Tratado elemental de Derecho romano|edición=9ª|año=1971}}, pág. 93</ref><ref>Lastra Lastra,Y Joséfue Manueluna (2000):de «Ellas trabajoclaves en la Historia»transición entre el [[modo de producción esclavista]] y el [[modo de producción feudal]], págen el que las [[relaciones de producción]] no se producen entre esclavos y propietarios, sino entre [[señor]]es y [[siervo]]s. 200</ref><ref>{{citaEn libro|apellidos=Lemusel García|nombre=Raúl|editorial=México:colonato, Limusala definición del [[derecho de propiedad]] es todavía clara, mientras que en el [[feudalismo]], la propiedad es un concepto confuso, puesto que [[siervo]]s y [[señor]]es ([[noble]]s y [[clérigo]]s) comparten algún grado de [[propiedad|título=Derechodominio]] romanosobre la tierra ([[dominio útil]], [[dominio eminente]]), siendo la clave que unos tengan la capacidad de explotarla y gestionar la [[producción (economía)|año=1964}}producción]], pág.y 38</ref>los otros la capacidad de extraer el [[excedente]].
 
La persona del colono no estaba sometida al dueño de la tierra: podía casarse y adquirir bienes, pero para enajenarlos necesitaba el consentimiento del propietario, ya que con ellos garantizaba el pago anual que se debía efectuar. Tampoco podía ejercer el colono ningún cargo público.<ref>Lastra Lastra, José Manuel (2000): «El trabajo en la Historia», pág. 200</ref> Por otro lado, cuando el propietario vendía el terreno, este era transferido con todo lo que en el hubiese, incluyendo a los colonos que allí habitaran. La condición del colono era hereditaria y solo podía finalizar mediante una autorización del propio terrateniente o bien por un orden superior.
 
La trascendencia de la institución radicaba en que permitía garantizar la disponibilidad de [[fuerza de trabajo]] suficiente para cultivar amplias extensiones de tierra.<ref>{{cita libro|apellidos=Lemus García|nombre=Raúl|editorial=México: Limusa|título=Derecho romano|año=1964}}, pág. 38</ref> Desde el punto de vista fiscal, la institución también resultaba ventajosa para el Estado, ya que los [[impuesto]]s eran cobrados a los colonos en lugar de ser exigidos al propietario. Debido a que aquellos permanecían inseparablemente unidos a la tierra el Estado se aseguraba el cobro de los impuestos pertinentes.
 
Dando origen en el [[Imperio Bizantino]] a los ''stratiotas''.
 
== Referencias ==