Diferencia entre revisiones de «Libertades del aire»

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Agregué el origen de las cinco libertades. Fuente: Convenio de Chicago de 1944 sobre Aviación Civil. Acuerdo sobre Transporte Aéredo de 1944. Acuerdo sobre Tránsito Aéreo, 1944.
Sin resumen de edición
Línea 11:
*Segunda libertad: el derecho de aterrizar en el territorio de otro estado por razones técnicas.
 
Estas libertades se establecieron mediante dos acuerdos. El primero era el Acuerdo sobre Tránsito Aéreo Internacional. Regulaba las 2 primeras libertades, llamadas libertades técnicas. Otorga a las aeronaves dedicadas a servicios regulares de transporte las dos primeras libertades, y es una expresión de la teoría de la soberanía limitada.
Además, el Convenio de Chicago de 1944, ya consagraba en su artículo 5, las dos primeras libertades para los servicios internacionales no regulares.
 
El segundo, era el Acuerdo sobre Transporte Aéreo Internacional, que regulaba las 5. Las últimas tres libertades, se conocen como libertades comerciales. Este no fue ratificado por muchos estados. Aquí se intentó asentar las dos primeras libertades, y las otras, para las aeronaves civiles y comerciales no dedicadas al transporte regular, porque para las aeronaves dedicadas a vuelos regulares se requiere autorización especial, para usar las últimas tres libertades (ya que pueden disponer de las primeras dos libertades por el Acuerdo sobre Tránsito Aéreo Internacional, el primer acuerdo mencionado).
Mediante estos acuerdos se consagra el derecho al tránsito inocente.
 
2) Libertades Comerciales: