Diferencia entre revisiones de «Libertad sindical»

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Línea 102:
La [[Ley Federal del Trabajo]]. En su Título Séptimo. Capítulo I. Artículo 354. Reconoce la libertad de coalición.
La [[Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado]]. En su título cuarto Capítulo I. Artículo 69. Afirma el derecho a formar parte del sindicato.
 
=== La libertad sindical en Chile ===
 
Aunque el legislador democrático en Chile ha realizado numerosas enmiendas pro trabajador en el derecho individual del trabajo, no obstante mantener espacios importantes de flexibilidad, en materia de derecho colectivo perdura un ''sistema reglamentarista'' que impide el desarrollo de la libertad sindical. La negociación colectiva se mantiene ''dentro de la empresa'', el derecho a huelga sólo puede ejercerse dentro de la negociación de empresa, sujeto a numerosos requisitos y con la posibilidad de contratar trabajadores remplazantes que hagan ilusoria esta forma de presión.
 
Por ello, en las cifras, la negociación colectiva se muestra con menor cobertura que años anteriores, no alcanzando, el año 2006, al 10% de las empresas en Chile.
Otro grave inconveniente para el derecho de los trabajadores se vincula a la falta de Diálogo Social en Chile. Aunque hubo experiencia interesantes de concertación social a principios de los años noventa, actualmente no existe el interés ni una política de diálogo entre los actores sociales.
 
== Véase también ==