Diferencia entre revisiones de «Reintegración foral»

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=== La Segunda República ===
{{AP|Estatuto de Estella|Estatuto de autonomía del País Vasco de 1936}}
Tras la [[proclamación de la Segunda República Española]], el País vasconavarro inició el proceso para la consecución de un [[Estatuto de Autonomía]] muy pronto. La primera propuesta fue una iniciativa de los alcaldes del [[Partido Nacionalista Vasco]] que a principios de mayo de 1931 encargaron a la [[Sociedad de Estudios Vascos]] (SEV) la redacción de un anteproyecto de Estatuto General del Estado Vasco (o Euskadi), que incluiría [[Vizcaya]], [[AlavaÁlava]], [[Guipúzcoa]] y [[Navarra]]. El resultado fue un intento de síntesis entre el [[foralismo]] tradicional y la estructura de los modernos estados federales que no contentó a nadie. Mes y medio después, una asamblea de los ayuntamientos vasconavarros reunidos en Estella el 14 de junio aprobó un [[Estatuto de Estella|Estatuto]] más conservador y nacionalista que el de la SEV y que se basaba en la "reintegración" de los [[Euskadi#los fueros medievales|fueros vascos]] abolidos por la ley de [[1839]], junto con la [[Ley de Amejoramiento del Fuero]] de [[1841]].{{Harvnp|Gil Pecharromán|1997|p=30|ps=}}
 
El [[Estatuto de Estella]] fue presentado el 22 de septiembre de 1931 a las Cortes Constituyentes republicanas por una delegación de alcaldes pero no fue tomado en consideración porque el proyecto se situaba claramente al margen de [[Constitución de 1931|Constitución que se estaba debatiendo]], entre otras cosas, por su concepción federalista y por la declaración de [[confesionalidad]] del «Estado vasco».{{Harvnp|Gil Pecharromán|1997|p=30-31|ps=}}