Diferencia entre revisiones de «Derecho internacional privado»

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El '''Derechoderecho internacional privado''' es aquella rama del [[Derechoderecho]] que tiene como objeto los [[conflictos de jurisdicciones|conflictos de jurisdicción internacionales]], los [[conflictos de ley aplicable]], los [[conflictos de ejecución]] y determinar la condición jurídica de los extranjeros.
 
Esta rama del Derechoderecho analiza las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado. Esta relación jurídica tiene la particularidad de tener un elemento extraño al derecho local, que suscita ya sea conflictos de jurisdicción o de ley aplicable, y su fin es determinar quién puede conocer sobre el tema y qué derecho debe ser aplicado.
 
En algunos países a esta rama del derecho se le conoce como '''Derechoderecho Civilcivil Internacional'''.
 
Cabe recalcar que el Derecho internacional privado ''no'' soluciona los conflictos, simplemente determina la [[Norma jurídica de conflicto o indirecta|norma]] o [[ley]] de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia (Posiciónposición Normativistanormativista).
 
Cabe recalcar que el Derecho internacional privado ''no'' soluciona los conflictos, simplemente determina la [[Norma jurídica de conflicto o indirecta|norma]] o [[ley]] de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia (Posición Normativista).
Modernamente la doctrina está cambiando hacia una posición sustancialista{{Cita requerida}}, en donde dentro del DIP se incluyen Normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no ya en la "Norma indirecta o de conflicto" sino en las relaciones Jurídicas Privadas Internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.