Diferencia entre revisiones de «Pena pecuniaria»

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He incluido algunos consejos prácticos legales cuando una persona se encuentra ante una sentencia en la que le condenan a una pena de multa en el ámbito judicial penal. Voy a incluir algunos blogs de referencia y el enlace a la legislación (Código Pen
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* La responsabilidad civil se calcula en función del daño causado (busca la reparación del daño). La pena pecuniaria se impone en función de la gravedad de la conducta, y es independiente del daño causado.
[[Categoría:Penas]]
 
==¿Cómo calcular cuánto tengo que pagar?==
 
En el sistema penal español predomina el sistema llamado "días Multa" que consiste en un pago de una cantidad de dinero calculado en función del tiempo de condena (por ejemplo, cinco meses de multa) y de la cantidad de dinero fijado en la sentencia durante cada día de la condena (por ejemplo, 8 € por día).
 
Para el cálculo vemos en la sentencia cuanto tenemos que pagar cada día (Para personas, lo mínimo por día son 2 € y lo máximo 400 €, dependiendo de la situación económica del condenado).
Multiplicamos lo anterior por la duración. Por ejemplo, si la cantidad fijada en sentencia es 10 € y la duración es de 5 meses, los cálculos serán los siguientes:
10 (Euros) x 5 (meses) x 30 (días) = 1.500,00 €
 
Cuestiones a tener en cuenta:
 
La duración (que en el ejemplo anterior son 5 meses) dependerá de circunstancias como la gravedad de los hechos, que el condenado tenga antecedentes penales, de su grado de participación en el delito,…
En cuanto al cálculo de la duración, la ley entiende que todos los meses tienen 30 días (ni 29, ni 31) y los años 360 días.
La duración mínima que establece el Código Penal son 10 días y la máxima 2 años, aunque cada delito que tiene pena de multa tiene su propia duración (por ejemplo, el delito de lesiones menos graves, puede llevar una multa desde 3 hasta 6 meses. Otro ejemplo, el delito de amenazas, puede dar lugar a una multa desde 6 hasta 24 meses,…)
 
Fraccionamiento: Es posible dividir el pago hasta en un plazo máximo de dos años, ya sea de una sola vez o en varios plazos. Aunque estos son los criterios generales, muchos jueces tienen sus propias normas y permiten que se fraccione hasta en un máximo de, por ejemplo, doce meses, nueve meses,… o son más flexibles con los retrasos en los pagos, o menos flexibles…
Impago de los plazos: Si se impagan más de dos plazos, se revocará el beneficio del fraccionamiento y existirá la obligación de abonar todo lo que falte por pagar de una sola vez.
 
Pena subsidiaria de prisión: Si, definitivamente, se impagara la multa, cada dos días de multa pendiente se transformarían en un día de prisión (o en 1 día de arresto domiciliario en los “juicios de faltas” que ahora son los juicios menos graves). En nuestro ejemplo en el que el total de la multa eran 1500 €, la persona condenada tendría que pagar 10 Euros durante 5 meses. Si no los hubiera pagado, hubiera tenido que ir a prisión durante dos meses y medio (la mitad de la duración de la condena).
 
Aunque son pocos, hay algunos delitos que conllevan multas que se calculan de una forma distinta (en proporción al daño causado, al valor del objeto del delito o al beneficio que se haya obtenido).
 
==Referencias==
* Cómo se calculan las multas en el Derecho Penal. Peláez Ruiz Abogados. [http://pelaezruizabogados.es/como-se-calculan-las-multas-en-el-derecho-penal/]
* Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. [http://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444.]