Diferencia entre revisiones de «Historia de los ministerios de Medio Ambiente de España»

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== Historia ==
El embrión de preocupación por las políticas medioambientales en España puede rastrearse en la historia llegando incluso hasta el [[siglo XVIII]], cuando se promulgan las Ordenanzas para la Conservación y el aumento de los Montes de la Marina y para el Aumento y Conservación de Montes y Plantíos (1748)<ref>{{cita web |url=http://www.agentesforestales.org/agentes-forestales/historia-de-los-agentes-forestales/53-tres-siglos-de-guarderia.html|título=Tres siglos de Guardería|editor=Guillermo Muñoz Goyanes|idioma= |fecha= |fechaacceso= 12 de agosto de 2011}}</ref> Por medio del Real Decreto de [[9 de noviembre]] de [[1832]] se le atribuía al recién creado [[Ministerio de Fomento de España|Ministerio de Fomento]] la competencia sobre ''el plantío y conservación de los montes y arbolados'', así como ''las obras de riego y desecación de terrenos pantanosos''.<ref>{{cita web |url=http://usuarios.multimania.es/art_arab/1832/18321109.html|título=Real decreto de 9 de Noviembre de 1832.- Ministerio de Fomento, dando forma y señalando atribuciones á la Secretaría de Fomento|editor=|idioma= |fecha= |fechaacceso= 12 de agosto de 2011|urlarchivo=http://web.archive.org/web/http://usuarios.multimania.es/art_arab/1832/18321109.html|fechaarchivo=26 de noviembre de 2015}}</ref> Un año más tarde se creaba la Dirección General de Montes, primera administración dedicada a la conservación de la naturaleza.<ref name="forestal">{{cita web |url=http://www.marm.es/ministerio/pags/biblioteca/revistas/pdf_reas%2Fr158_01.pdf|título=La política forestal española: Evolución reciente y perspectivas|editor=Santiago Marraco Solana|idioma= |fecha=1991 |fechaacceso= 12 de agosto de 2011}}</ref> Mediante Real Decreto de [[31 de mayo]] de [[1837]] se dispuso que ''los montes y plantíos realengos y de dueño no conocido, como pertenecientes a la Nación sean administrados por el gobierno; y que esta administración sea regida por la dirección general de montes''. En 1855 se fundó la Junta Consultiva de Montes.
 
Ya en el siglo XX, la Dirección General de Montes se rebautizó como Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial. El hito más destacado bajo la dictadura franquista fue la creación del [[Instituto para la Conservación de la Naturaleza]] en 1971 adscrito al [[Ministerio de Agricultura de España|Ministerio de Agricultura]], que aglutinó el Patrimonio Forestal del Estado, el Servicio de Vías Pecuarias, el de Conservación de Vías Agrícolas y la mayor parte de las atribuciones de la Dirección General de Montes.<ref name="forestal" />
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En cuanto a la [[Gestión del agua en España|política hidráulica]], se encuentran antecedentes también en el siglo XIX (Leyes de Aguas de 1866 y 1879; Ley de canales y pantanos de 1870) y se caracterizó durante el periodo por una estrategia de fomento de la iniciativa privada en la construcción hidráulica, si bien con mínimos efectos. A partir de 1880, sin embargo, y gracias al impulso de intelectuales como, entre otros, [[Joaquín Costa]], se empieza a tomar conciencia de que el Estado debe actuar directamente en la construcción de obras hidráulicas, culminándose el proceso con la promulgación en 1911 de la Ley de Grandes Regadíos que facultaba al Estado para ejecutar proyectos de obra hidráulica.<ref>{{cita web |url=http://www.marm.es/ministerio/pags/biblioteca/revistas/pdf_reeap%2Fr197_02.pdf|título=Política Hidráulica e intervenciónestatal en España (1880-1936):una visión interdisciplinar|editor=Josep Joan Mateu González. [[Universidad de Lérida]]|idioma= |fecha=2002 |fechaacceso= 12 de agosto de 2011}}</ref>
 
En 1926 se creaban las [[Confederación hidrográfica|Confederaciones Hidrográficas]]<ref>{{cita web |url=http://www.bibliojuridica.org/libros/6/2819/14.pdf|título=El origen y evolución de las Confederaciones Hidrográficas|editor=|idioma= |fecha=|fechaacceso= 12 de agosto de 2011|urlarchivo=http://web.archive.org/web/http://www.bibliojuridica.org/libros/6/2819/14.pdf|fechaarchivo=26 de noviembre de 2015}}</ref> (denominadas entonces Confederaciones Sindicales Hidrográficas) y el [[4 de enero]] de [[1932]] la Dirección General de Obras Hidráulicas, adscrita al Ministerio de Obras Públicas.
 
Finalmente, por lo que se refiere a la protección del litoral, ya la Ley de Puertos de [[19 de enero]] de [[1928]] establecía en su artículo 34 que ''en ningún punto de las costas, playas, puertos y desembocaduras de los ríos, ni en las islas formadas en la zona marítima, se podrán ejecutar obras nuevas, de cualquier especie que fueren, ni construirse edificio alguno sin la competente autorización''. Sin embargo la preocupación política por la cuestión se acentúa en la década de 1960, ante la evidencia de la degradación de la costa española motivada por el urbanismo salvaje de esos años.<ref>{{cita web |url=http://hemeroteca.abc.es/nav/Navigate.exe/hemeroteca/madrid/abc/1966/08/11/047.html|título=Costas de Baleares|editor=[[Diario ABC]]|idioma= |fecha=11 de agosto de 1966|fechaacceso= 12 de agosto de 2011}}</ref> Se crearon las Jefaturas Regionales de Costas (denominadas Demarcaciones de Costas desde la Orden de 7 de febrero de 1986), dependientes primero de la Junta Central de Puertos - creada por Ley de 3 de enero de 1964 y a la que correspondía la ordenación de costas y playas -, desde el [[28 de noviembre]] de [[1967]] de la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas,<ref>{{cita web |url=http://www.boe.es/boe/dias/1967/11/28/pdfs/A16420-16424.pdf|título=Decreto 2764/1967, de 27 de noviembre, sobre reorganización de la Administración Civil del Estado para reducir el gasto público|editor=[[Boletín Oficial del Estado]]|idioma= |fecha=28 de noviembre de 1967|fechaacceso= 12 de agosto de 2011}}</ref> desde 1977 de la Dirección General de Puertos y Costas y desde 1991 - fecha de su creación mediante Real Decreto 1316/1991, de 2 de agosto - de la Dirección General de Costas.