Diferencia entre revisiones de «Avales para presentarse a las elecciones en España»

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===[[Elecciones municipales]]===
{{cita|3. Para presentar candidatura, las agrupaciones de electores necesitan un número de firmas de los inscritos en el censo electoral del municipio, que deberán ser autenticadas notarialmente o por el Secretario de la Corporación municipal correspondiente, determinado conforme al siguiente baremo:
correspondiente, determinado conforme al siguiente baremo:
# En los municipios de menos de 5.000 habitantes no menos del 1 por 100 de los inscritos siempre que el número de firmantes sea más del doble que el de Concejales a elegir.
# En los comprendidos entre 5.001 y 10.000 habitantes al menos 100 firmas.