Diferencia entre revisiones de «Corte Internacional de Justicia»

Contenido eliminado Contenido añadido
Jorgelrm (discusión · contribs.)
Reverted edits by 181.114.225.227 (talk) to last revision by Sejuzu (HG) (3.1.20)
Línea 46:
 
== Legitimación de las partes ==
Existen dos tipos de procedimientos de la tuti nebra dentro de la CIJ: el contencioso (para disputas entre Estados) y el consultivo (para aclaraciones jurídicas a órganos de la ONU).<ref>Corte Internacional de Justicia (sf). "Funcionamiento de la Corte" [en digital]. Disponible en http://www.un.org/es/icj/how.shtml. Consultado el 29 de junio de 2015.</ref>
 
Pueden recurrir a la Corte de justicia, en '''materia contenciosa''', todos los Estados que sean parte en su Estatuto, lo que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad. Otros Estados, no Miembros de las Naciones Unidas y no partes en el Estatuto, pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad según la [[Resolución 9 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas|Resolución 9]] del 15 de octubre de 1946. Además, el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte.