Diferencia entre revisiones de «Convención Europea de Derechos Humanos»

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* El [[Protocolo nº 13 a la Convención Europea de Derechos Humanos|Protocolo nº 13]] (de 3 de mayo de 2002) extiende la abolición de la pena de muerte y la prohíbe en cualquier circunstancia, incluso en tiempos de guerra.<ref>{{cita web|autor=Reino de España|título=Instrumento de Ratificación del Protocolo número 13 al Convenio para la protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales|url=http://www.boe.es/boe/dias/2010/03/30/pdfs/BOE-A-2010-5208.pdf|fechaacceso=14 de septiembre de 2012|obra=Boletín Oficial del Estado|fecha=30 de marzo de 2010}}</ref>
* El [[Protocolo nº 16 a la Convención Europea de Derechos Humanos|Protocolo nº 16]], de 2 de octubre de 2013 <ref>{{cita web|autor=Consejo de Europa|título=Protocolo nº 16 al Convenio Europeo de Derechos Humanos|url=http://www.echr.coe.int/Documents/Protocol_16_ENG.pdf|fechaacceso=2 de octubre de 2013|obra=Consejo de Europa|fecha=2 de octubre de 2013|urlarchivo=http://www.echr.coe.int/Documents/Protocol_16_ENG.pdf|fechaarchivo=2 de octubre de 201}}</ref>, permite la presentación de consultas al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (más conocido como TEDH, en España) por parte de los altos tribunales nacionales y regula el procedimiento que se ha de seguir para que el TEDH emita un dictamen consultivo. La debilidad principal de este protocolo es que los dictámenes consultivos del TEDH (le dicen al tribunal nacional cómo interpretar el Derecho del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) -se parece a lo que hace el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respecto de las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales nacionales-) no son vinculantes (no está obligado el Alto tribunal a seguir esa interpretación dada por el TEDH), así como que los jueces del TEDH disidentes pueden emitir votos particulares (exponer sus argumentos de porqué consideran que se debería interpretar de otra manera). Esto último hace que los Estados parte pueden acogerse a una interpretación minoritaria del CEDH y, por lo tanto, haber discrepancias en la protección de los DDHH entre los diferentes tribunales internos y entre los diferentes Estados parte del Protocolo.
Es importante que destacar que los protocolos (y la mayoría de tratados internacionales) sólo vinculan a los Estados que los han firmado y ratificado.
 
=== Protocolos procedimentales ===