Diferencia entre revisiones de «Derecho penal internacional»

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→‎Crímen contra la humanidad: Corrijo. Son un conjunto de actividades ilícitas #editatonmyt
→‎Delito de agresión: El propio texto dice que no son delitos penales internacionales #editatonmyt
Línea 67:
1. A los efectos del presente Estatuto, una persona comete un “crimen de agresión” cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas.<br/><br/>
2. A los efectos del párrafo 1, por “acto de agresión” se entenderá el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones Unidas. [...]''|Resolución RC/Res.6. del 11 de junio de 2010}}
 
Existen además una serie de [[delito]]s transnacionales que no son objeto del Derecho internacional penal, como los que se relacionan a continuación:
* [[Contrabando]]
* [[Trata de personas|Tráfico de seres humanos]]
* [[Tráfico de armas]]
* [[Tráfico de drogas]]
* [[Blanqueo de dinero]]
 
== Véase también ==