Diferencia entre revisiones de «Catherine Ashton»
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Según los Tratados, corresponde a la Alta Representante la presentación de una propuesta sobre el nuevo servicio; dicha propuesta deberá a su vez ser aprobada por el [[Colegio de Comisarios]] para, a continuación, someterse al escrutinio del [[Consejo de la Unión Europea|Consejo]] y del [[Parlamento Europeo]], si bien la aprobación de este último debía ser meramente consultiva. Las gestiones, sin embargo, se complicaron enormemente debido a la exigente posición, en ocasiones tachada de inflexible, de un recién electo Parlamento que tomaba posesión, con la entrada en vigor de Lisboa, de muy amplios y [[Procedimiento legislativo en la Unión Europea|renovados poderes]]. Así, la Eurocámara hizo valer en diversas ocasiones el enorme peso indirecto que le concede su extendida [[Presupuesto de la Unión Europea|potestad presupuestaria]], amenazando con vetar el reglamento financiero y de personal de que debía dotarse próximamente el nuevo Servicio Exterior.
Sin embargo, el estrecho calendario fijado por el [[Consejo de Asuntos Generales]] a su presidenta para alcanzar un acuerdo forzó la presentación anticipada de una propuesta por lady Ashton,<ref>[http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/10/st08/st08029.en10.pdf Propuesta inicial de la Alta Representante sobre el SEAE (en
=== Revoluciones árabes y conflicto armado en Libia ===
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