Diferencia entre revisiones de «Fueros de Valencia»

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=== Origen: la ''Costum'' de Valencia ===
{{AP|Costum de Valencia}}
Su primera redacción se sitúa en la primavera de 1239, al año siguiente de la [[conquista de Valencia]], por iniciativa del propio rey Jaime I, y recibe el nombre de ''[[Costum de Valencia|Costum]]'' ('[[Costumbre]]'). Fue redactada inicialmente en latín y al principio se aplicó únicamente a la ciudad de Valencia.<ref name=narbo272>{{cita libro Harvnp|apellido=Narbona |nombre=Rafael| apellido2=Muñoz| nombre2=Rosa| apellido3=Cruselles| nombre3=Enrique |año=1988 |páginaspp=272 |cita=}}</ref> Hay quien denomina "Costum" a la normativa jurídica valenciana antes de 1261, fecha en que Jaime I la jura con la denominación de "Furs", sin embargo la documentación conservada demuestra que con anterioridad a esa fecha se la denomina indistintamente con las formas "fueros", "costumbres" e incluso alguna más.<ref>{{cita publicación|apellido=García Edo|nombre=Vicente|título=La redacción y promulgación de la "Costum" de Valencia|publicación=Universidad Jaume I de Castellón|fecha=|url=http://estudiosmedievales.revistas.csic.es/index.php/estudiosmedievales/article/viewFile/666/677|idioma=}}</ref>
 
Con la promulgación de la ''Costum'' por Jaime I en 1239 se sancionaba la existencia legal del nuevo reino con un marco jurídico y legislativo propio, poniendo fin así a la diversidad de [[fuero]]s y ''costums'' de los primeros años de la conquista. Los señores aragoneses aplicaban en sus nuevos dominios valencianos el [[Fuero de Zaragoza]] —el propio Jaime I lo aplicó a la primera ciudad que conquistó, [[Burriana]]-, mientras que las [[órdenes militares]] preferían la ''Costum de Lleida'' y los [[mudéjar]]es se regían por la [[ley islámica]].<ref name=antoni68-69>{{cita libro Harvnp|apellido=Furió |nombre=Antoni |año=1995 |páginaspp=68-69 |cita=}}</ref>
 
Según otras fuentes{{demostrar}}, el primer ''costum'' fue promulgado por Jaime I el [[21 de marzo]] de [[1238]], en [[Játiva]], confiriendo jueces civiles y criminales, así como la ''Cambra dels jurats de València'', ('[[Jurado (cargo foral de Valencia)|Cámara de los jurados de Valencia']]) a la ciudad. El 21 de mayo de 1239 aparece el primer privilegio en el que se habla del ''[[curia de València]]'', en el que se le da un lugar para su tribunal. El 29 de diciembre de 1239 concede Jaime I a Valencia el [[Justicia]].
 
"El texto de la ''Costum'', redactado en latín, aprovechaba elementos del [[derecho catalán|derecho local catalán]] (la ''Costum'' de Lérida), de [[derecho feudal]] (los [[Usatges de Barcelona]] y el [[Liber Iudiciorum]]) y, sobre todo, del [[derecho romano]] (el [[Corpus iuris civilis]]), exhumado por las juristas de la época, particularmente los de [[Escuela de Bolonia (derecho)|Bolonia]], y mucho más favorable al monarca". Como el nuevo código consagraba el poder de la Corona apoyada y las aspiraciones de las nuevas élites de las ciudades en detrimento de la preponderancia tradicional de la nobleza, ésta se opuso a la aplicación del ''Costum'' de Valencia a todo el reino defendiendo la aplicación de los [[Fueros de Aragón|fueros aragoneses]] —el propio rey los aplicó a las nuevas poblaciones de [[Vinaroz]] y [[Villafamés]].<ref name=antoni68-69>{{cita libro Harvnp|apellido=Furió |nombre=Antoni |año=1995 |páginaspp=68-69 |cita=}}</ref>
 
=== Extensión a todo el reino: los ''Furs'' ===
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Por otro lado, durante un tiempo las "costums" dependían de la voluntad del rey que las había promulgado, y por lo tanto podían ser revocadas por éste. La ciudad de Valencia y algunas villas trataron de obtener su irrevocabilidad, por lo que se solicitó que el rey jurase los fueros. Esto sucedió finalmente el [[7 de abril]] de [[1261]]. Jaime I juró en Valencia, ante las [[Cortes del Reino de Valencia]], los fueros de Valencia. Cuatro días más tarde promulgó un privilegio al nuevo reino, según el cual, todos los sucesores del monarca también tenían que jurarlos en Valencia antes de cumplido el mes de su reinado. Esta supeditación del rey a los Fueros supuso la constitución del Reino de Valencia como estado soberano. El texto de los fueros se conservó en un registro redactado por el escribano [[Boronat de Pña]].
 
El [[privilegio]] otorgado por Jaime I por el que el rey quedaba obligado por él y por sus descendientes a jurar los ''Furs'' de Valencia inmediatamente después de iniciar su reinado, y a convocar ''[[Cortes del Reino de Valencia|Corts]]'' en el plazo de un mes se debió a la necesidad de dinero que tenía el rey, cantidad que fue sufragada en su mayoría por la ciudad de Valencia.<ref name{{Harvnp|Narbona|Muñoz|Cruselles|1988|pp=narbo272/>272}} La cantidad que recibió el rey fue de 48.000 sueldos reunidos y donados por la ciudad de Valencia, los sitios y villas de la Huerta de Valencia que pertenecían a clérigos y nobles y las villas de [[Castellón de la Plana]], [[Villafamés]], [[Onda (Castellón)|Onda]], [[Liria]], [[Corbera]], [[Cullera]] y [[Gandía]].
 
En esas primeras [[Cortes del Reino de Valencia]] celebradas en 1261 —a las que al parecer no asistieron las villas reales más importantes del reino en aquella época, como eran [[Morella (Castellón)|Morella]], [[Burriana]], [[Sagunto|Morverdre]] (Sagunto), [[Alcira]] y [[Játiva]]—, el rey Jaime I extendió la ''Costum'' de Valencia, denominada a partir de entonces ''[[Furs de València]]'', a todo el reino. En estas Cortes, el texto legal era traducido al romance (valenciano),<ref>{{cita publicación Harvnp|apellido=Peset Reig |nombre=Mariano |título=Furs de Valencia: su sentido y vigencia |año=1989 |publicación=En torno al 750 aniversario: antecedentes y consecuencias de a conquista de Valencia |volumen=1 |páginaspp=361-378|isbn=84-7455-101-3 |url=http://www.uv.es/correa/troncal/furs.pdf}}</ref><ref>{{cita publicación Harvnp|apellido=Santoyo |nombre=Julio-César|título=La traducción en el ámbito de la cultura castellana |año=2004 |publicación=Historia de la traducción en España |páginasp=76 |isbn= 84-7579-881-0}}</ref> con el fin de facilitar su comprensión, y cambiaba su denominación original de ''Costum'', propia de la tradición catalana, por la de ''Furs'', más próxima a la terminología aragonesa, posiblemente para contrarrestar la influencia de los [[Fueros de Aragón]], compilados en 1247 en [[Huesca]], que amenazaba con extenderse a las poblaciones valencianas regidas por los diversos fueros aragoneses. De hecho, buena parte de la nobleza continuaba aferrada a la vigencia del derecho aragonés y se oponía firmemente a la extensión territorial del código valenciano. A pesar de las resistencias nobiliarias, los ''Furs'' de Valencia, fijados definitivamente en 1271, acabarían extendiéndose por todo el reino.<ref>{{cita libro Harvnp|apellido=Furió |nombre=Antoni |año=1995 |páginaspp=69-70 |cita=}}</ref>
 
En el año [[1263]] los fueros aragoneses regían en [[Cirat]], en [[Morella (Castellón)|Morella]], en [[Vallibona]], en [[Vinaroz]], [[Bojar]] y [[Fredes]], en [[Villanueva de Alcolea]], la [[Mola Escabirosa]], [[Corachá]], la [[Peña del Arañonal]], en [[Castell de Cabres]], [[Castellfort]], [[Burriana]], [[Benicarló]], [[Almazora]], [[Salsadella]] y [[Ludiente]], [[Benasal]], [[Albocácer]], [[Catí]], y [[Riu de Truites]] (actual [[Villafranca del Cid]]).
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Y en ese mismo año los ''Costums'' de [[Lérida]] regían en [[Cálig]], [[Cervera del Maestre]], [[Rosell]] y [[San Mateo (Castellón)|San Mateo]], [[Villafamés]], [[Vinaroz]] y [[Cabanes]]. Y los de Barcelona regían en [[Alcalá de Chivert|Castell de Chivert]], [[Moncada]] y [[Beniacaldim de Almenara]].
 
El ordenamiento jurídico valenciano se completaba con los ''privilegis'' ('[[privilegio]]s'), promulgados directamente por el soberano por propia iniciativa o por petición de parte, y por los ''actes de cort'' ('actos de corte'), que eran acuerdos alcanzados en las ''Corts'' entre la Corona y uno o dos de los ''braços'' —no con los tres, cuyos acuerdos constituían los ''Furs'' propiamente dichos—.<ref name=antoni67>{{cita libro Harvnp|apellido=Furió |nombre=Antoni |año=1995 |páginasp=67 |cita=}}</ref>
 
También se incorpora a esta legislación, (o al menos no se deroga) un tribunal de origen romano y consolidado por los musulmanes, el [[Tribunal de las Aguas de Valencia]].
 
En 1271 el rey se obligó a no modificar los ''Furs'' en el futuro sin el consentimiento de las ''Corts'', con lo quedó sancionado que las leyes del Reino de Valencia eran el resultado del acuerdo entre el rey y las élites del reino representadas en las ''Corts'', y no podían ser revocadas sin el consentimiento de las dos partes, dando nacimiento así al [[pactismo]], que también caracterizó las relaciones entre el soberano y sus vasallos en el resto de estados de la [[Corona de Aragón]], incluso después de su unión dinástica con la [[Corona de Castilla]], lo que dio nacimiento a la [[Monarquía Hispánica]].<ref name=antoni67>{{cita libro Harvnp|apellido=Furió |nombre=Antoni |año=1995 |páginasp=67 |cita=}}</ref>
 
Como muestra de interés de Jaime I en los fueros, en [[1270]] Jaime I volvió a ordenar a los jueces que no se atuviesen a los decretos sino a los fueros. En [[1271]] volvió a confirmar los fueros intentando dejar clara su voluntad de consolidación del nuevo régimen. También a los que se adhiriesen el rey les condonaría algunas deudas pendientes.
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}}
* {{cita libro |apellido=Furió |nombre=Antoni |título=Història del País Valencià |idioma=valenciano |año=1995 |editorial=Edicions Alfons el Magnànim|ubicación=Valencia |isbn= 84-7822-159-X|páginas= |cita=}}
* {{cita publicación |apellido=Peset Reig |nombre=Mariano |título=Furs de Valencia: su sentido y vigencia |año=1989 |publicación=En torno al 750 aniversario: antecedentes y consecuencias de a conquista de Valencia |volumen=1|isbn=84-7455-101-3 |url=http://www.uv.es/correa/troncal/furs.pdf}}
* {{cita libro |apellido=Narbona |nombre=Rafael| apellido2=Muñoz| nombre2=Rosa| apellido3=Cruselles |nombre3=Enrique |título=Historia del pueblo valenciano |año=1988 |editor=Manuel Cerdá (dir.) |editorial=Levante|ubicación=Valencia |isbn=84-404-3763-3 |capítulo=Las instituciones |páginas= |cita=}}
* {{cita publicación |apellido=Santoyo |nombre=Julio-César|título=La traducción en el ámbito de la cultura castellana |año=2004 |publicación=Historia de la traducción en España|isbn= 84-7579-881-0}}
* {{cita libro
| autor = Antonio Ubieto Arteta