Diferencia entre revisiones de «Pechero»

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'''Pechero''' en la [[Castilla]] del [[Antiguo Régimen]], desde la [[Baja Edad Media]] hasta el final de la [[Edad Moderna]], era la [[condición social]] que no viene determinada por la riqueza, sino exclusivamente por la obligación de contribuir al pago de un tipo de [[impuesto]] personal: los llamados ''[[Servicio ordinario]] y extraordinario''; otros impuestos, como las [[alcabala]]s, al recaer sobre los productos, eran más universales.
 
eeeeeeddeLa definición de pechero implica, por oposición, la de los [[exento]]s: fundamentalmente los [[privilegiado]]s, bien por razón de estamento ([[nobleza]] y [[clero]]), bien por razón de [[fuero]] territorial, o por [[merced]] real, acumulándose una gran cantidad de casos particulares. Al estar vinculada la aprobación de los ''servicios'' con el voto de las ciudades en las [[Cortes]], los privilegiados dejaron de estar implicados en éstas, lo que explica en buena parte la condición de esta institución y sus relaciones con la [[Monarquía Hispánica]], a diferencia, por ejemplo, de otros casos, muy diversos entre sí: el [[parlamento]] inglés o los [[Estados Generales de Francia|Estados Generales]] en Francia.
 
El [[Ordenamiento de Alcalá]] preveía la inscripción de los pecheros en los ''padrones de las monedas y medidas'', con objeto de evitar las numerosas formas de eludir su obligación de pagar.