Diferencia entre revisiones de «Jurisprudencia»

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La '''jurisprudencia''' es el conjunto de derechos constitucionales de la carta magna de los tribunales sobre una materia determinada, de las cuales se puede extraer la interpretación dada por los jueces a una situación concreta.{{cita requerida}} Tiene un valor fundamental como fuente de conocimiento del [[derecho positivo]], con el cual se procura evitar que una misma situación jurídica sea interpretada en forma distinta por los tribunales; esto es lo que se conoce como el principio unificador.
 
Se entiende por jurisprudencia a la doctrina establecida por los órganos judiciales del Estado (por lo general, el [[Tribunal Supremo]] o [[Tribunal Superior de Justicia|Tribunales Superiores de Justicia]]) que se repite en más de una resolución. Esto significa que para conocer el contenido completo de las normas vigentes hay que considerar cómo han sido aplicadas en el pasado. En otras palabras, la jurisprudencia es el entendimiento de las normas jurídicas basado en las sentencias que han resuelto casos basándose en esas normas.
 
El estudio de las variaciones de la jurisprudencia a lo largo del tiempo es la mejor manera de conocer las evoluciones en la aplicación de las leyes, quizás con mayor exactitud que el mero repaso de las distintas reformas del [[derecho positivo]] que en algunos casos no llegan a aplicarse realmente a pesar de su promulgación oficial.