Diferencia entre revisiones de «Carta de las Naciones Unidas»
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Se definen como los nuevos principios de organización de la sociedad internacional, las diversas instituciones de las Naciones Unidas (Asamblea General y el Consejo de Seguridad), los procedimientos para la "solución pacífica" o "en caso de amenaza contra paz, quebrantamiento de la paz o actos de agresión ". La cooperación económica y social es la acción ausente en la Carta.
Es '''''<u>en la Asamblea General donde recae la decisión conjunta de los estados miembros, cuyo voto tiene la misma valía</u>''''' (artículo 2.1 "La Organización
según el artículo 41 de la Carta “podrá decidir qué medidas que no impliquen el uso de la fuerza armada han de emplearse para hacer efectivas sus decisiones”; son las decisiones de la Asamblea integradas por los países firmantes las que deben prevalecer de acuerdo a los artículos 9 al 11.- `La Asamblea General estará integrada por todos los Miembros de las Naciones Unidas (...); La Asamblea General podrá considerar los principios generales de la cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, incluso los principios que rigen el desarme y la regulación de los armamentos, y podrá también hacer recomendaciones respecto de tales principios a los Miembros o al Consejo de Seguridad o hacia el nombrado consejo y a aquellas naciones participantes que se considere necesario; la Asamblea General podrá discutir toda cuestión relativa al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales que presente a su consideración cualquier Miembro de las Naciones Unidas o el Consejo de Seguridad o que un Estado que no es Miembro de las Naciones Unidas presente de conformidad con el Artículo 35, párrafo 2, y salvo lo dispuesto en el Artículo 12, podrá hacer recomendaciones acerca de tales cuestiones al Estado o Estados interesados o al Consejo de Seguridad o al nombrado consejo y a aquellos países participantes que se considere necesario. Toda cuestión de esta naturaleza con respecto a la cual se requiera acción será referida al Consejo de Seguridad desde la Asamblea General antes o después de discutirla; <u>la Asamblea General podrá llamar la atención del Consejo de Seguridad hacia situaciones susceptibles de poner en peligro la paz y la seguridad internacionales</u>; los poderes de la Asamblea General enumerados en este Artículo no limitarán el alcance general del Artículo 10´.
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