Diferencia entre revisiones de «Competencia administrativa»

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Línea 8:
Puede decirse que, la competencia la constituye el conjunto de atribuciones, funciones y potestades que el [[Ordenamiento Jurídico]] atribuye a cada órgano administrativo.
 
La competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de [[Delegación (Derechoderecho administrativo)|delegación]], sustitución y [[avocación]] previstos en la Ley.
 
== Clases de distribución competencial ==