Cámara de Representantes de Colombia

Cámara legislativa de Colombia

La Cámara de Representantes es una de las dos cámaras del Congreso de la República de Colombia, forma parte de la rama legislativa. La Cámara es un cuerpo colegiado de representación directa que es elegido por votación popular cada cuatro años.

Cámara de Representantes de la República de Colombia
IX Congreso

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Cámara de Representantes
Información general
Ámbito ColombiaBandera de Colombia Colombia
Creación 1991
Tipo Cámara baja del Congreso de la República
Inicio de sesiones 20 de julio de 2022
Liderazgo
Presidente de la Cámara Andrés Calle
desde el 20 de julio de 2023
Vicepresidente primera Fernando David Niño
desde el 20 de julio de 2023
Vicepresidente segunda Juan Espinal
desde el 20 de julio de 2023
Secretario General Jaime Luis Lacouture
desde el 20 de julio de 2022

Líder de la mayoría

David Racero
Líder de la oposición Marelen Castillo
Carolina Arbelaez
Andres Forero y Hernan Cadavid
Composición
Miembros 188 representantes
(161 circunscripción territorial; 2 circunscripción especial afrodescendientes; 1 circunscripción especial indígenas; 1 circunscripción especial colombianos en el exterior; 5 para las FARC-EP como parte de los acuerdos de paz; 16 para los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) mediante las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (CITREP) como parte de los acuerdos de paz con las FARC-EP; y 1 para la segunda votación vicepresidencial más alta)
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Grupos representados

Gobierno: (69)   27   PH   16   CITREP   15   AV   5   COM   1   COR   1   FC   1   GEM   1   MAIS   1   PDC   1   PEC

Independientes: (81)   33   PLC   27   PCC   16   PUG   2   NL   1   D&C   1   MIRA   1   PVO

Oposición: (37)   18   CR   16   CD   3   LIGA

No reglamentado: (1)  1   Población Raizal[1]
Elecciones
Última elección 13 de marzo de 2022
Sitio web
www.camara.gov.co

La composición o poderes de la Cámara de Representantes se encuentran estipulados en el Título VI de la Constitución Política de Colombia o en la Ley 5 de 1992. Actualmente la Cámara de Representantes está compuesta por 188 miembros: 161 representantes elegidos en circunscripción territorial, por cada departamento o el Distrito Capital; 16 por circunscripciones transitorias especiales de paz para las víctimas del conflicto armado, dos para las comunidades afrodescendientes, uno para los indígenas, uno para los colombianos residentes en el exterior (antes de 2018 eran dos, uno de los cuales fue reemplazado por un asiento para la comunidad raizal, el cual no se ha elegido por falta de reglamentación); y un representante adicional que corresponde al candidato a la vicepresidencia de la fórmula que haya ocupado el segundo lugar en las elecciones presidenciales. Además, o en concordancia con lo pactado en el acuerdo de paz con las FARC, a ese grupo le fueron otorgados 5 asientos para los periodos legislativos 2018-2022 y 2022-2026.[2]

Al igual que el Senado, la Cámara de Representantes cumple una función constituyente, una función legislativa, una función electoral, una función judicial, de protocolo y de control político dentro de la rama legislativa.[3]

Funciones y atribuciones editar

  • Función constituyente: El Congreso en pleno (Cámara y Senado) está facultado para hacer reformas a la Constitución por medio de proyectos de acto legislativo que deben tramitarse en dos vueltas, lo que equivale a cuatro debates: dos en comisión o dos en plenarias de la Cámara.[4]
  • Función legislativa: La Cámara de Representantes de la República de Colombia, tiene la facultad de elaborar las leyes. Para el trámite de éstas, se requieren cuatro debates.[4]
  • Función electoral: La Cámara de Representantes es la encargada de elegir al defensor del pueblo. Así mismo el Congreso de la República, Cámara y Senado, elige al contralor General de la República, a los magistrados de las Altas Cortes o los de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.[4]
  • Función judicial: La Cámara de Representantes está autorizada para investigar o acusar al presidente de la República. De igual manera el Congreso en general tiene la facultad de juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado.[4]
  • Función de Control Político: Es la función constitucional de vigilancia que tiene el Congreso de la República de Colombia para las acciones u omisiones que los funcionarios del Estado, especialmente aquellos que pertenecen al Poder Ejecutivo. También, puede requerir información acerca de las funciones o desarrollo de la misma rama.[5]​ La citación es un mecanismo de control político con que cuentan los congresistas para indagar sobre las acciones y/u omisiones de los funcionarios del Estado, así como para obtener información relevante de su gestión. Así mismo, existen las invitaciones que se hacen a funcionarios para que expliquen y amplíen algunas actuaciones relacionadas con sus funciones.[5]
  • Funciones de Protocolo: Las funciones protocolarias del Congreso pleno son: La toma del juramento al presidente de la República, por parte del presidente del Senado, quien preside el Congreso el día de su posesión, el otorgamiento de honores a personajes de la vida pública nacional y la recepción de Jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones.[6]
  • Atribuciones especiales: La Cámara de Representantes tiene atribuciones especiales. A esta le corresponde elegir al defensor del pueblo, examinar las cuentas que sobre el presupuesto general de la Nación le presente el contralor general de la República, conocer e investigar las denuncias que hagan el fiscal general de la Nación o cualquier ciudadano contra el presidente de la República, los magistrados de las Altas Cortes y el fiscal general de la Nación. Igualmente es la encargada de acusar ante el Senado a los mismos funcionarios para que esta corporación adelante los juicios a que haya lugar.[6]

Comisiones permanentes editar

El Congreso de la República de Colombia divide su trabajo legislativo en dos fases, la primera se desarrolla en comisiones especializadas por temas y la segunda en las plenarias donde se aprueban, modifican o rechazan las iniciativas trabajadas en las comisiones, las Comisiones Constitucionales Permanentes son comunes para ambas cámaras del Congreso. Existen cuatro tipos de comisiones: las constitucionales permanentes, las legales, las especiales y las accidentales.

Comisión I editar

En la Comisión Primera, se tratan los temas referentes a: Reforma constitucional, organización territorial, reglamentos de los organismos de control, normas generales sobre contratación administrativa, de los derechos, garantías y deberes, rama legislativa, políticas para la paz, asuntos étnicos. La Comisión Primera está compuesta por 22 miembros en el Senado y 41 en la Cámara de Representantes.[7][8]

Comisión II editar

En la Comisión Segunda se tratan los temas referentes a: Política internacional, defensa nacional y fuerza pública, comercio exterior e integración económica, fronteras, extranjeros, monumentos públicos. La Comisión Segunda está compuesta por 13 miembros en el Senado y 20 miembros en la Cámara de Representantes.[9]

Comisión III editar

En la Comisión Tercera se tratan los temas referentes a: Hacienda y crédito público, impuestos, regulación económica y Planeación Nacional. La Comisión Tercera está compuesta por 17 miembros del Senado y 33 miembros en la Cámara de Representantes.[10]

Comisión IV editar

En la Comisión Cuarta se tratan los temas referentes a:Leyes orgánicas de presupuesto, control fiscal, patentes y marcas, organización de establecimientos públicos nacionales, control de calidad y precios y contratación administrativa. La Comisión Cuarta está compuesta por 15 miembros en el Senado y 29 miembros en la Cámara de Representantes.[9]

Comisión V editar

En la Comisión Quinta se tratan los temas referentes a: Régimen agropecuario, ecología y medio ambiente, corporaciones autónomas regionales. La Comisión Quinta está compuesta por 14 miembros en el Senado y 23 miembros en la Cámara de Representantes.[11]

Comisión VI editar

En la Comisión Sexta se tratan los temas referentes a: Comunicaciones, calamidades públicas, servicios públicos. Investigación científica y tecnología, transporte, turismo, educación y cultura. La Comisión Sexta está compuesta por 13 miembros en el Senado y 20 miembros en la Cámara de Representantes.[12]

Comisión VII editar

En la Comisión Séptima se tratan los temas referentes a: Estatuto del servidor público, régimen salarial y prestacional del servicio público, organizaciones sindicales, seguridad social, deportes y salud, vivienda, asuntos de la mujer y la familia. La Comisión Séptima está compuesta por 14 miembros en el Senado y 21 miembros en la Cámara de Representantes.[13]

Comisiones legales editar

Comisión de derechos humanos y audiencias editar

Está compuesta por 10 miembros en el Senado y 15 en la Cámara. Ésta se encarga de defender los derechos humanos, vigilar y controlar a toda autoridad encargada de velar por el respeto a los mismos y de promover las acciones pertinentes en caso de incumplimiento. Adicionalmente, tramita las observaciones que por escrito hagan llegar los ciudadanos con respecto a un proyecto de ley o de acto legislativo y hace seguimiento a los ejercicios reales y efectivos de los derechos de las mujeres en los ámbitos donde se desarrolle, sean estos privados o públicos.[14]

Comisión de ética y estatuto del congresista editar

Está compuesta por 11 miembros en el Senado y 17 en la Cámara. Esta comisión conoce del conflicto de intereses y de las violaciones al régimen de incompatibilidades e inhabilidades de los congresistas, del comportamiento indecoroso, irregular o inmoral, que pueda afectar a alguno de los miembros del Legislativo en su gestión pública, de conformidad con el Código de ética expedido por el Congreso. Sus pronunciamientos son reservados y deben contar con la unanimidad de sus miembros.[15]

Comisión de acreditación documental editar

Está compuesta por cinco miembros de cada corporación elegidos para el período constitucional de cuatro años. Tiene a su cargo recibir la identificación de los congresistas electos previo envío de la lista correspondiente, por parte de la autoridad electoral y revisar de los documentos que acrediten las calidades exigidas de quienes aspiran a ocupar cargos de elección del Congreso o de las Cámaras Legislativas, estos serán revisados por la Comisión dentro de los cinco días siguientes a su presentación.[16]

Comisión legal de cuentas editar

Su función constitucional y legal es la aprobación o no de los resultados del balance general y del estado de pérdidas y ganancias de los estados financieros de la Nación.[17]

Comisión de investigación y acusación editar

Está compuesta por 15 miembros. Está encargada de preparar proyectos de acusación cuando hubiera causas constitucionales al presidente, a los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado. Igualmente, a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y al fiscal general de la Nación.[18]

Comisiones accidentales editar

Igualmente, la Cámara o el Senado pueden conformar Comisiones Accidentales para el cumplimiento de funciones y misiones específicas. Entre ellas están las que requieren el desplazamiento de congresistas al exterior o las de mediación, cuyo objeto primordial es lograr la conciliación de textos y/o artículos divergentes que se presenten en los proyectos aprobados.[19]

Elección editar

Según las disposiciones de la Constitución Política, los requisitos legales para ser representante a la Cámara de Representantes son:[20]

  • ser ciudadano en ejercicio;
  • tener más de 25 años de edad en la fecha de las elecciones.

La Cámara de Representantes se elige en circunscripciones territoriales y especiales.

Circunscripciones territoriales editar

Las circunscripciones territoriales corresponden a las divisiones administrativas de primer nivel:[21]

Cada departamento y el Distrito capital de Bogotá, conformará una circunscripción territorial. Habrá dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más por cada 365 000 habitantes o fracción mayor de 182 500 que tengan en exceso sobre los primeros 365 000.
Inciso 1, Art. 176, Constitución Política de Colombia

Debido a que el Congreso colombiano no ha avalado los resultados de los censos de 1993, 2005 y 2018, la asignación de estas circunscripciones se realiza usando los datos del Censo de 1985.[22]

Circunscripciones territoriales
Circunscripción Número de curules Población
(CPV 2018)[23]
Habitantes por curul Representación ajustada
(CPV 2018)
  Amazonas 2 76 589 38 295 2
  Antioquia 17 6 407 102 376 888 19
  Arauca 2 262 174 131 087 2
  Atlántico 7 2 535 517 362 217 8
  Bogotá, D. C. 18 7 412 566 411 809 21
  Bolívar 6 2 070 110 345 018 7
  Boyacá 6 1 217 376 202 896 4
  Caldas 5 998 775 199 755 4
  Caquetá 2 401 849 200 925 2
  Casanare 2 420 504 210 252 2
  Cauca 4 1 464 488 366 122 5
  Cesar 4 1 200 574 300 144 4
  Chocó 2 534 826 267 413 3
  Córdoba 5 1 784 783 356 957 6
  Cundinamarca 7 2 919 060 417 009 9
  Guainía 2 48 114 24 057 2
  Guaviare 2 82 767 41 384 2
  Huila 4 1 100 386 275 097 4
  La Guajira 2 880 560 440 280 3
  Magdalena 5 1 341 746 268 349 5
  Meta 3 1 039 722 346 574 4
  Nariño 5 1 630 592 326 118 6
  Norte de Santander 5 1 491 689 298 338 5
  Putumayo 2 348 182 174 091 2
  Quindío 3 539 904 179 968 3
  Risaralda 4 943 401 235 850 4
  San Andrés y Providencia 2 61 280 30 640 2
  Santander 7 2 184 837 312 120 7
  Sucre 3 904 863 301 621 4
  Tolima 6 1 330 187 221 698 5
  Valle del Cauca 13 4 475 886 344 299 13
  Vaupés 2 40 797 20 399 2
  Vichada 2 107 808 53 904 2
Total de curules 161 48 258 494 299 742 173

Circunscripciones especiales editar

Las circunscripciones especiales aseguran la participación de las minorías étnicas y los colombianos residentes en el exterior:

Mediante estas circunscripciones se elegirán cuatro (4) Representantes, distribuidos así: dos (2) por la circunscripción de las comunidades afrodescendientes, uno (1) por la circunscripción de las comunidades indígenas, y uno (1) por la circunscripción internacional.
Inciso 2, Art. 176, Constitución Política de Colombia

El Acto Legislativo 02 de 2015 estableció que el departamento de San Andrés y Providencia elegiría una curul adicional en representación del pueblo raizal. Sin embargo, dicha curul no ha sido reglamentada y no se ha podido elegir.[24]

 
Para los periodos legislativos 2022-2026 y 2026-2030, las zonas rurales de cada Territorio PDET elegirán una curul en representación de las víctimas del conflicto armado.

Tras los acuerdos de paz de La Habana, la guerrilla de las FARC (actual Partido Comunes) tiene derecho a cinco curules por dos periodos legislativos consecutivos (2018-2022 y 2022-2026). De igual manera, a partir de las elecciones legislativas de 2022 y por dos periodos legislativos consecutivos, cada una de las zonas rurales de los dieciséis territorios PDET elige una curul en representación de las víctimas del conflicto armado.

El Estatuto de la Oposición (Ley 1909 de 2018) también dispuso que una curul adicional debería asignarse a la fórmula vicepresidencial de aquel candidato que obtenga el segundo puesto en las elecciones presidenciales.

Circunscripciones especiales
Circunscripción Número de curules
Territorios PDET 16
Comunes 5
Afrodescendientes 2
Colombianos residentes en el exterior 1
Indígenas 1
Raizales 1
2.° Candidato Vicepresidencial 1
Total de curules 27

Mesa directiva editar

La mesa directiva está conformada por un presidente y dos vicepresidentes elegidos para un periodo anual que debe iniciar y terminar el 20 de julio. Sus actuales dignatarios son:[25]

Presidentes de la Cámara de Representantes editar

Véase también editar

Referencias editar

  1. El artículo 6 del Acto Legislativo 02 de 2015, modificatorio de la Constitución Política, redujo las curules de circunscripción internacional, que antes eran dos y ahora es una sola, y creó una curul representante de la comunidad Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; sin embargo, no se ha expedido la ley mediante la cual se reglamenta esta curul, la cual debe someterse a consulta previa. En razón de esto, la curul quedará vacía durante el periodo 2022-2026. [1][2]
  2. «Surgen opositores a que colombianos en el exterior pierdan una curul en Cámara». ElEspectador. Consultado el 10 de febrero de 2016. 
  3. Banco de la República. «TITULO VI DE LA RAMA LEGISLATIVA». Archivado desde el original el 9 de noviembre de 2017. Consultado el 10 de agosto de 2014. 
  4. a b c d «RAMA LEGISLATIVA». www.camara.gov.co. Archivado desde el original el 20 de marzo de 2016. Consultado el 10 de febrero de 2016. 
  5. a b «¿Qué es control político?». Archivado desde el original el 2 de febrero de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  6. a b Descripción Archivado el 22 de marzo de 2019 en Wayback Machine. Camara.gov.co. Consultado el 22 de marzo de 2019.
  7. «Comisión Primera Constitucional Permanente.». Consultado el 27 de enero de 2017. 
  8. Comisión Primera Constitucional Permanente
  9. a b Comisiones Constitucionales Archivado el 15 de marzo de 2016 en Wayback Machine. Senado.gov.co. Consultado el 22 de marzo de 2019.
  10. Congreso de la República de Colombia. Cámara de Representantes. «Comisión Tercera / Hacienda y Crédito Público». www.camara.gov.co. Archivado desde el original el 6 de junio de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  11. Congreso de la República de Colombia.Cámara de Representantes. «Comisión Quinta o de Agropecuarios, del mar y de ambiente». Archivado desde el original el 6 de junio de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  12. Congreso de la República de Colombia. Cámara de Representantes. «Comisiones Constitucionales». Archivado desde el original el 7 de julio de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  13. «Congreso de la República de Colombia Cámara de Representantes». Archivado desde el original el 6 de junio de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  14. «Comisión de Derechos y Audiencias». Archivado desde el original el 7 de julio de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  15. Congreso de la República de Colombia (2011). «Comisión de Ética y Estatuto del Congresista». http://camara.gov.co. Archivado desde el original el 2 de febrero de 2017. Consultado el 26 de enero de 2017. 
  16. «Congreso de la República de Colombia». http://www.camara.gov.co/. Archivado desde el original el 6 de junio de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  17. Comisión Legal Camara.gov.co. Consultado el 22 de marzo de 2019.
  18. «Congreso de la República de Colombia». http://www.camara.gov.co/. Archivado desde el original el 7 de julio de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  19. «Comisiones del Congreso. Comisiones accidentales». Archivado desde el original el 2 de febrero de 2017. Consultado el 27 de enero de 2017. 
  20. «CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. ART.177». www.secretariasenado.gov.co. Consultado el 15 de marzo de 2022. 
  21. Bitajor. «ConstitucionColombia.com». www.constitucioncolombia.com. Consultado el 16 de octubre de 2021. 
  22. El Congreso tiene la llave de la pelea entre el Registrador y el Dane
  23. «Población ajustada por cobertura». Archivado desde el original el 5 de mayo de 2022. Consultado el 3 de abril de 2022. 
  24. Acto Legislativo 02 de 2015
  25. Caracol Radio (20 de julio de 2015). «Luis Fernando Velasco nuevo presidente del Senado». Consultado el 1 de agosto de 2015. 

Enlaces externos editar