Consejo de Estado del Imperio de Brasil

En el Imperio de Brasil hubo tres Consejos de Estado:

  1. De 1822 a 1823: Consejo de los Procuradores Generales de las Provincias de Brasil, creado con anterioridad a la Independencia de Brasil (1822), el 16 de febrero de 1822.[1]
  2. De 1823 a 1834: creado por D. Pedro I después de la disolución de la Asamblea Constituyente de 1823. Tuvo un papel central en la elaboración de la Constitución brasileña de 1824, y fue extinto por el Acto Adicional de 1834.
  3. De 1842 a 1889: restaurado en 1842 (creado por la ley n.º 234, de 23 de noviembre de 1841). Fue disuelto tras la Proclamación de la República (1889).
Consejo de Estado
Conselho de Estado
Localización
País Brasil
Información general
Jurisdicción Imperio de Brasil
Tipo Consejo de Estado
Sistema Imperio de Brasil
Historia
Fundación 16 de febrero de 1822
Disolución 1889

Consejo de los Procuradores Generales de las Provincias de Brasil (1822 a 1823) editar

El Consejo de Estado tenía la función de auxiliar el emperador en el ejercicio del Poder moderador y del Poder ejecutivo (el jefe de Estado debería tener el aval del Consejo de Estado para declarar la guerra, negociar la paz, nombrar senadores). Fue un órgano que limitó los poderes del emperador. Con la reforma del Código Procesal, se centralizó la acción judicial y policial y se hizo inviable toda suerte de favoritismos y de prisión arbitraria.[2]

Consejero Cargo Gabinete
José Bonifácio de Andrada e Silva Ministro de los Negocios del Imperio y Extranjeros 1º Gabinete de D. Pedro I
Caetano Pinto de Miranda Montenegro Ministro de Hacienda y Justicia 1º Gabinete de D. Pedro I
Martim Francisco Ribeiro de Andrada Ministro de Hacienda 1º Gabinete de D. Pedro I
Joaquim de Oliveira Álvares Ministro de la Guerra 1º Gabinete de D. Pedro I
Luís Pereira de la Nóbrega de Sousa Coutinho Ministro de la Guerra 1º Gabinete de D. Pedro I
João Vieira de Carvalho Ministro de la Guerra 1º Gabinete de D. Pedro I
Manuel Antônio Harina Ministro de la Marina 1º Gabinete de D. Pedro I
Luís de la Cuña Moreira Ministro de la Marina 1º Gabinete de D. Pedro I
José Joaquim Carneiro de Campos Ministro de los Negocios del Imperio y Extranjeros 2º Gabinete de D. Pedro I
Manuel Jacinto Nogueira de la Gamma Ministro de Hacienda 2º Gabinete de D. Pedro I
Lucas José Obes Procurador de la Cisplatina
José Mariano de Azeredo Coutinho Procurador de Río de Janeiro
Joaquim Gonçalves Ledo Procurador de Río de Janeiro
José de Olivo Pinto Botelho Mosqueira Procurador de Minas Generales
Estêvão Ribeiro de Resende Procurador de Minas Generales
José Vieira de Matos Procurador del Espíritu Santo
Joaquim Xavier Curado Procurador de Santa Catarina
Antônio Rodrigues Veloso de Olivo Procurador de São Paulo
Antônio Vieira de la Soledade Procurador del Río Grande del Sur
Manuel Ferreira de la Cámara Bittencourt Aguiar y Sá Procurador de Minas Generales
Manuel Clemente Cavalcanti de Albuquerque Procurador de Paraíba
João José de Guimarães y Silva Procurador de Mato Grueso
Manuel Rodrigues Jardín Procurador de Goiás
Manuel Martins de Couto Reyes Procurador de São Paulo
  • Consejo de los Procuradores Generales de las Provincias de Brasil

Consejo de Estado (1823 a 1834) editar

El segundo Consejo de Estado fue creado para elaborar la Constitución, una vez disuelta la Asamblea General Constituyente y Legislativa. El Consejo estaba compuesto por diez miembros, más los ministros en ejercicio, que ya eran consejeros de Estado natos, por la ley de 20 de octubre de 1823, que hubo extinguido el Consejo de Procuradores.[3]

Consejero Cargo Gabinete
João Severiano Maciel da Costa Ministro do Império
Luís José de Carvalho e Melo Ministro dos Negócios Estrangeiros
Clemente Ferreira França Ministro de Justicia
Mariano José Pereira da Fonseca Ministro de Hacienda
João Gomes da Silveira Mendonça Ministro de Guerra
Francisco Vilela Barbosa Ministro de Marina
José Egídio Álvares de Almeida Consejero
Antônio Luís Pereira da Cunha Consejero
Manuel Jacinto Nogueira da Gama Consejero
José Joaquim Carneiro de Campos Consejero

Consejo de Estado (1842 a 1889) editar

El tercer Consejo de Estado actuó en el periodo 1842-1850.[4]

Consejero Cargo Gabinete
Pedro de Araújo Lima
Francisco Cordero de Silva Torres
José Antônio de Silva Maia
Caetano Maria Lopes Gamma
Manuel Alves Blanco
Honório Hermeto Cordero de Silva Torres
Caetano Lima y Silva
José Cesário de Miranda Ribeiro
José Carlos Pereira de Almeida Torres
Antônio de Arrábida
José de Costa Carvalho
Miguel Calmon du Pin y Almeida
Francisco de Paula Sousa y Melo
Antônio Paulino Limpio de Abreu
Manuel Antônio Galvão
José Clemente Pereira
Cândido José de Araújo Viana
Antônio Francisco de Paula Holanda Cavalcanti de Albuquerque
Joaquim José Rodrigues Torres
Paulino José Suenes de Sousa
Eusébio de Queirós Coutinho Matoso de la Cámara
João Paulo de Santos Barreto
Miguel de Sousa Melo y Alvim
Francisco Jê Acaiaba de Montezuma
José Antônio Pimenta Bueno
Bernardo de Sousa Franco
Cândido Batista de Olivo
Luís Pedreira de Couto Ferraz
José Tomás Nabuco de Araújo Hijo
Francisco de Sales Torres Hombre
Domiciano Leche Ribeiro
Carlos Carneiro de Campos
Francisco de Paula Negreiros de Saião Lobato
João Severiano Maciel de la Costa
José Luís de Carvalho y Melo
Clemente Ferreira Francia
Mariano José Pereira de Fonseca
João Gomes de la Silveira Mendonça
Manuel Vieira Tosta
José Ildefonso de Sousa Ramos

Referencias editar

Enlaces externos editar