Delegación apostólica

embajada de facto de la Santa Sede
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La Delegación apostólica es el nombre dado por el motu proprio Sollicitudo omnium Ecclesiarum a la representación de la Santa Sede entre las iglesias locales,[1]​ cuando la Santa Sede no tiene relaciones diplomáticas con el estado.

Historia editar

Históricamente, el delegado apostólico y por extensión, la Delegación Apostólica, es el nombre de la representación diplomática de la Santa Sede en aquellos países que no cuentan con relaciones diplomáticas de la Santa Sede. Debido a este hecho, el delegado apostólico no tiene relaciones con las autoridades políticas o estatales, y así cuida de las relaciones con las diócesis locales y sus obispos.

Durante siglos fue visto como una forma menor de nunciatura apostólica por el hecho que en algunos países le reconocen al delegado apostólico privilegios casi diplomáticos. Incluso entonces, se hizo hincapié en que los delegados apostólicos comparten el mismo rango eclesiástico con los nuncios.

Pablo VI con el motu proprio Sollicitudo omnium Ecclesiarum de 1969 fijó las competencias de los delegados apostólicos y de los nuncios.[2]

El Código de Derecho Canónico de 1983 modificó parcialmente el punto de vista: no distingue entre los nuncios y los delegados, sino que simplemente habla de enviados papales, mejorando así la función eclesial de los nuncios.[3]​ El motu proprio de Pablo VI aún sigue en vigor.

Hubo delegados apostólicos en Reino Unido y Estados Unidos hasta que estos dos estados, de composición mayoritariamente no católica, establecieron relaciones formales con la Santa Sede, respectivamente, en 1982 y 1984.

Características editar

El delegado apostólico es el representante del Papa en la iglesia local de un estado o territorio, y se distingue del nuncio apostólico por el hecho de que este es más bien el representante papal en el gobierno local.

En los territorios de las delegaciones el delegado tiene preferencia respecto a los arzobispos (también metropolitanos) y los obispos, pero no respecto a los cardenales y los primados de las Iglesias Orientales.[4]

Lista de las delegaciones apostólicas editar

Las delegaciones apostólicas son actualmente 13:

Referencias editar

  1. Sollicitudo omnium Ecclesiarum - De muneribus Legatorum Romani Pontificis, Litterae Apostolicae Motu Proprio datae, Die 24 m. Iunii a. 1969, Paulus PP.VI
  2. Vatican
  3. Código de Derecho Canónico
  4. Sollicitudo omnium Ecclesiarum. "Intra suae legationis fines, Legatus Romani Pontificis praecedit Archiepiscopos et Episcopos, non autem Sacri Collegii Membra, neque Patriarches Ecclesiarum Orientalium, vel in proprio territorio degentes, vel alibi sacra proprio ritu peragentes".
  5. Comprende a Arabia Saudita y Omán, únicos dos Estados de la región que no mantienen relaciones diplomáticas bilaterales con la Santa Sede.
  6. Comprende los territorios no indipendientes carentes de un representante pontificio.
  7. Una representación diplomática específica en Puerto Rico no ha sido instituida oficialmente, y como tal no se encuentra en la lista de las representaciones de la Santa Sede del Anuario Pontificio. Sin embargo, el nuncio apostólico en República Dominicana es el encargado a título personal de representar a la Santa Sede en calidad de delegado apostólico.
  8. Comprende a Tuvalu, único Estado de la región en no mantener relaciones diplomáticas bilaterales con la Santa Sede, y los territorios no indipendientes carentes de un representante pontificio.

Véase también editar

Enlaces externos editar

Fuentes editar