Inspector de policía (España)

funcionario de carrera del Cuerpo Nacional de Policía de España
(Redirigido desde «Inspectora de policía»)

Un inspector de policía es un funcionario de carrera del Cuerpo Nacional de Policía de España, perteneciente a la Escala Ejecutiva, escala que comparte con la categoría de inspector Jefe.

Contexto legal editar

La Ley orgánica 2/86 de 13 de marzo[1]​ en su artículo 17, establece que "la Escala Ejecutiva, con dos categorías (Inspector e Inspector Jefe), será de oposición libre y de promoción interna, en el porcentaje que reglamentariamente se determine, para la categoría inferior, y de promoción interna para la categoría superior.".

La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, en su artículo 17 nos indica que el Cuerpo Nacional de Policía se estructura en escalas y dentro de esta en categorías. En la Escala Ejecutiva, encontramos dos Categorías: Primera (Inspector Jefe) y Segunda (Inspector).

Las Escalas Superior y Ejecutiva se clasifican ambas en el Grupo A, subgrupo A1.

Las categorías de Inspector e Inspector Jefe no guardan equivalencia con los rangos militares al contar con procesos de selección y de formación diferenciados. El ingreso en el Escala Ejecutiva de la Policía Nacional requiere del Título Oficial de Grado Universitario previo a la oposición, a diferencia de otros Cuerpos policiales o Fuerzas Armadas.

Funciones editar

Según la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional,[2]​ corresponde a los Policías Nacionales, según su pertenencia a las distintas escalas, ordenadas jerárquicamente por categorías, el desempeño de diferentes funciones, siendo las asignadas a la Escala Ejecutiva, el mando de los servicios policiales.[3]

Distintivos editar

       
Divisa de Inspector Jefe

1986-2014

Divisa de Inspector

1986-2014

Divisa de Inspector Jefe

2014-actualidad

Divisa de Inspector

2014-actualidad

Acceso editar

Artículo 25 de la Ley de Personal de la Policía Nacional nos indica:

  • 1. El ingreso en la Policía Nacional se llevará a cabo conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, mediante la superación sucesiva por los aspirantes de las distintas fases que integren el proceso de selección. Dicho ingreso podrá efectuarse mediante el acceso a las categorías de Inspector y Policía, por el procedimiento de oposición libre, en los términos en que se determine reglamentariamente.
  • 2. El proceso de selección responderá, además de a los principios constitucionales anteriormente señalados, a los establecidos a continuación: a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases. b) Transparencia. c) Objetividad. d) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección. e) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. f) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.

Requisitos editar

Para poder participar en los procesos selectivos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a) Tener la nacionalidad española.
  • b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
  • c) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de la Administración General del Estado, de la administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • d) No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional. El catálogo de exclusiones médicas para el ingreso en la Policía Nacional se establecerá reglamentariamente.[4]
  • e) Prestar compromiso, mediante declaración del solicitante, de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.

Además de los requisitos establecidos en el apartado anterior, será necesario estar en posesión de algunas de las licenciaturas universitarias oficiales en derecho, criminología, química, biología, medicina, psicología o ingeniería en sistemas de información.[5]

En las convocatorias podrán exigir el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva con las funciones y las tareas a desempeñar.

Reglamentariamente se establecerán los porcentajes de vacantes que serán reservadas para el ingreso por oposición libre a la categoría de Inspector.

Pruebas editar

Para la promoción por antigüedad selectiva, establece:

  • Calificación previa: Consistente en la aplicación del correspondiente baremo, exclusivamente a efectos de puntuación y sin carácter eliminatorio, cualquiera que fuese la puntuación alcanzada.
  • Pruebas de aptitud: Que consistirán en la realización de los ejercicios que se determinen, dirigidos a comprobar la idoneidad del funcionario para el desempeño de las funciones correspondientes a la categoría a que se aspira.
  • Cursos de capacitación de carácter selectivo: Formación profesional en general y formación específica según el área policial a la aspira el alumno.

Una vez realizadas las pruebas, el Director General de la Policía nombrará a los aspirantes elegidos, Inspectores-alumnos, y tendrán que realizar dos cursos académicos en la Escuela de Policía de Ávila y superado ambos, un periodo de prácticas con una duración de 7 meses, siendo considerados funcionarios en prácticas durante es tiempo.

Cursos editar

El primer curso irá dirigido a la formación profesional en general, mientras que el segundo curso, se centrará en la formación específica de los alumnos de cada área policial.

El tercer año de formación o periodo de prácticas tiene como objetivo que los futuros Inspectores conozcan las distintas unidades policiales y las funciones que desarrollarán en cada una de ellas una vez que juren el cargo de Inspector.

Una vez que hayan aprobado los dos cursos selectivos y completado el periodo de prácticas, los alumnos serán nombrados Inspectores del Cuerpo Nacional de Policía por el Ministro del Interior.

Referencias editar

Enlaces externos editar