Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Secretaría de Estado de México

La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) es una de las diecinueve secretarías de Estado que junto con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal conforman el gabinete legal del presidente de México. Es el despacho del poder ejecutivo federal en el ámbito de desarrollo sustentable y el equilibrio ambiental.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Logotipo

Localización
País México
Coordenadas 19°26′11″N 99°10′46″O / 19.436388888889, -99.179444444444
Información general
Sigla SEMARNAT
Jurisdicción México
Tipo Secretaría de Estado
Sede Av. Ejército Nacional 223, col. Anáhuac, Bandera de Ciudad de México Ciudad de México[a]
Organización
Secretaria María Luisa Albores González
Entidad superior Presidente de México
Dependencias Comisión Nacional del Agua
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
Comisión Nacional Forestal
Presupuesto Crecimiento $40 795 855 575 (2021)[2]
Historia
Fundación 30 de noviembre de 2000[b]
Notas
  1. Actualmente está en proceso su cambio de sede a Mérida[1]
  2. Con su nombre actual
Sitio web oficial

Es la encargada de diseñar, planear, ejecutar y coordinar las políticas públicas en materia de recursos naturales, ecología, saneamiento ambiental, agua, pesca y sustentabilidad urbana. Lo anterior incluye la protección, restauración y conservación de los ecosistemas; asesorar al resto del gabinete para que, en el ámbito de sus responsabilidades, se conduzcan con apego al concepto de desarrollo sustentable; administrar y regular el uso de los recursos naturales en manos del gobierno (excepto hidrocarburos y minerales radioactivos); vigilar el cumplimiento de las leyes y normatividades ambientales en la industria, servicios públicos y comercio; proponer la formación, y administrar en su caso, las áreas naturales protegidas; establecer programas para la protección de la flora y la fauna; conducir las estrategias gubernamentales para el combate del cambio climático; establecer límites y vedas para la explotación de recursos naturales; fomentar el uso de energías renovables y tecnologías que armonicen el uso de los recursos naturales y el desarrollo económico; administrar, a través de la Comisión Nacional del Agua, todos los cuerpos de agua en el interior del territorio nacional; operar la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; y vigilar la conservación de los Patrimonios naturales de la Humanidad en México[3]​ (los patrimonios culturales e inmateriales son responsabilidad de la Secretaría de Cultura).

Logotipos editar

Historia editar

El primer organismo gubernamental en materia de medio ambiente en la historia del país fue la Subsecretaría para el Mejoramiento del Ambiente, creada en 1972, de la Secretaría de Salubridad y Asistencia (hoy Secretaría de Salud).[4]

 
José López Portillo creó el Departamento de Pesca.

Según Manuel Quijano Torres tras el inicio de la presidencia de José López Portillo ocurrió una de las reformas más importantes del gabinete de México ya que «se quiso introducir una mayor racionalidad a la estructura del gobierno federal» con la publicación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) el 29 de diciembre de 1976.[5]​ Las facultades medioambientales quedaron repartidas entre cinco dependencias federales: la Secretaría de Salubridad y Asistencia (hoy Secretaría de Salud), la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas (hoy Secretaría de Bienestar), la Secretaría de la Reforma Agraria (hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano) y más concretamente en materia de recursos naturales, en la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (hoy Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural).[4]​ En esa misma publicación también se creó una nueva dependencia: el Departamento de Pesca, que es el primer órgano antecesor de la actual secretaría que en aquel entonces se encargaba de la materia homónima y acuacultura.

Dos años más tarde fue creada la Comisión Intersecretarial de Saneamiento Ambiental conformada por los titulares de nueve secretarías de estado y dos departamentos de estado y cuyo objetivo era conducir la política de saneamiento ambiental, la prevención y control de la contaminación, la conservación del equilibrio ecológico y la restauración y mejoramiento del ambiente.[6]

Con Miguel de la Madrid en 1982 se profundizó el modelo organizativo del anterior sexenio: una reforma de la LOAPF transformó la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, en cuyo organigrama la Subsecretaría de Ecología se concentraba en la creación y seguimiento de las políticas ambientales. No obstante, lo relativo en recursos naturales seguía depositado en su mayoría en la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos. Asimismo, se elevó de rango el Departamento de Pesca a la Secretaría de Pesca, sin gran variación en sus facultades.[7]

 
Vicente Fox le dio su nombre y facultades actuales a la secretaría.

En 1994 con el presidente Ernesto Zedillo la Secretaría de Pesca adquirió la mayoría de las facultades que hoy posee. La Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos se transformó en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por lo que pasó de tener entre sus responsabilidades la agricultura, ganadería y agua (entre otros recursos naturales, menos los minerales, propiedad de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal) a únicamente agricultura y ganadería, así como el apoyo de la vida del campo junto con la Secretaría de la Reforma Agraria (hoy Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.[8]​ Mientras que la Secretaría de Pesca se transformó en Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, que unificó en un solo ministerio el manejo de los recursos naturales (incluidos de los minerales, pero no de los minerales radioactivos, encargado la ahora Secretaría de Energía) y el medio ambiente, así como la pesca.[9]

Con la administración de Vicente Fox fue cuando se concretó una separación entre los recursos naturales y las actividades del sector primario: la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca transfirió se deslindó de la pesca —única materia en la que en origen era responsable— para encargarse únicamente de los recursos naturales y se transformó en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, nombre que ostenta desde el 2000.[10]​ Mientras que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural se encargó de la pesca (a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, fundada en 2001), por lo que concentró la totalidad del sector agropecuario,[8]​ y se cambió el nombre a Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, nombre que mantuvo hasta 2018 cuando se simplificó a Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural pero sin cambiar sus responsabilidades.

Funciones editar

Conforme al artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a esta secretaría le corresponden las siguientes funciones:[3]

  • Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable.
  • Formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales; así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, agua y regulación ambiental del desarrollo urbano y de la actividad pesquera.
  • Administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que correspondan a la Federación, con excepción de los hidrocarburos y los minerales radioactivos.
  • Establecer normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de la calidad del medio ambiente; sobre los ecosistemas naturales; sobre el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y de la flora y fauna silvestre, terrestre y acuática; sobre descargas de aguas residuales, y en materia minera; y sobre materiales peligrosos y residuos sólidos y peligrosos.
  • Vigilar y estimular el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas relacionados con recursos naturales, medio ambiente, aguas, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática, y pesca.
  • Proponer el establecimiento de áreas naturales protegidas y promover su administración y vigilancia.
  • Organizar y administrar áreas naturales protegidas y supervisar las labores de conservación, protección y vigilancia de dichas áreas.
  • Ejercer la posesión y propiedad de la nación en las playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar.
  • Promover el ordenamiento ecológico del territorio nacional.
  • Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo, resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, así como sobre los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica.
  • Elaborar, promover y difundir las tecnologías y formas de uso requeridas para el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y sobre la calidad ambiental de los procesos productivos, de los servicios y del transporte.
  • Fomentar y realizar programas de restauración ecológica.
  • Evaluar la calidad del ambiente y establecer y promover el sistema de información ambiental, que incluirá los sistemas de monitoreo atmosférico, de suelos y de cuerpos de agua de jurisdicción federal, y los inventarios de recursos naturales y de población de fauna silvestre.
  • Desarrollar y promover metodologías y procedimientos de valuación económica del capital natural y de los bienes y servicios ambientales que este presta, y cooperar para desarrollar un sistema integrado de contabilidad ambiental y económica.
  • Conducir las políticas nacionales sobre cambio climático y sobre explotación de la capa de ozono.
  • Promover la participación social y de la comunidad científica en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental, y concertar acciones e inversiones para la protección y restauración del ambiente.
  • Llevar el registro y cuidar la conservación de los árboles históricos y notables del país.
  • Proponer, y en su caso resolver sobre el establecimiento y levantamiento de vedas forestales, de caza y pesca, y establecer el calendario cinegético y el de aves canoras y de ornato.
  • Imponer las restricciones sobre la circulación o tránsito por el territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del o destinadas al extranjero, y promover el establecimiento de medidas de regulación o restricción a su importación o exportación, cuando se requiera para su conservación y aprovechamiento.
  • Dirigir los estudios, trabajos y servicios meteorológicos, climatológicos, hidrológicos y geohidrológicos, así como el sistema meteorológico nacional.
  • Coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de recursos naturales; estimular que las instituciones de educación superior y los centros de investigación realicen programas de formación de especialistas, proporcionen conocimientos ambientales e impulsen la investigación científica y tecnológica en la materia; promover que los organismos de promoción de la cultura y los medios de comunicación social contribuyan a la formación de actitudes y valores de protección ambiental y de conservación de nuestro patrimonio natural; y fortalecer los contenidos ambientales de planes y programas de estudios y los materiales de enseñanza de los diversos niveles y modalidades de educación.
  • Organizar, dirigir y reglamentar los trabajos de hidrología en cuencas, cauces y álveos de aguas nacionales, tanto superficiales como subterráneos.
  • Administrar, controlar y reglamentar el aprovechamiento de cuencas hidráulicas, vasos, manantiales y aguas de propiedad nacional, y de las zonas federales correspondientes, con exclusión de los que se atribuya expresamente a otra dependencia; establecer y vigilar el cumplimiento de las condiciones particulares que deban satisfacer las descargas de aguas residuales, cuando sean de jurisdicción federal; autorizar, en su caso, el vertimiento de aguas residuales en el mar cuando provenga de fuentes móviles o plataformas fijas; en cuencas, cauces y demás depósitos de aguas de propiedad nacional; y promover y, en su caso, ejecutar y operar la infraestructura y los servicios necesarios para el mejoramiento de la calidad del agua en las cuencas.
  • Estudiar, proyectar, construir y conservar las obras de riego, desecación, drenaje, defensa y mejoramiento de terrenos y las de pequeña irrigación.
  • Regular y vigilar la conservación de las corrientes, lagos y lagunas de jurisdicción federal, en la protección de cuencas alimentadoras y las obras de corrección torrencial.
  • Manejar el sistema hidrológico del Valle de México.
  • Controlar los ríos y demás corrientes y ejecutar las obras de defensa contra inundaciones.
  • Organizar y manejar la explotación de los sistemas nacionales de riego.
  • Ejecutar las obras hidráulicas que deriven de tratados internacionales.
  • Intervenir en la dotación de agua a los centros de población e industrias; fomentar y apoyar técnicamente el desarrollo de los sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales que realicen las autoridades locales, así como programar, proyectar, construir, administrar, operar y conservar las obras y servicios de captación, potabilización, tratamiento de aguas residuales, conducción y suministro de aguas de jurisdicción federal.
  • Participar en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el cuidado del medio ambiente.
  • Elaborar y aplicar las políticas públicas encaminadas al cumplimiento de las acciones de mitigación y adaptación del cambio climático.
  • Otorgar contratos, concesiones, licencias, permisos, autorizaciones, asignaciones, y reconocer derechos en materia de aguas, forestal, ecológica, explotación de la flora y fauna silvestres, y sobre playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar.
  • Diseñar y operar la adopción de instrumentos económicos para la protección, restauración y conservación del medio ambiente.

Organigrama editar

Sector central editar

El Manual de Organización General de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales detalla el sector central a cargo del secretario de la siguiente forma:[11]

  • Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental
    • Dirección General de Estadística e Información Ambiental
    • Dirección General de Planeación y Evaluación
    • Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial
    • Dirección General de Políticas para el Cambio Climático
  • Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental
    • Dirección General de Energía y Actividades Extractivas
    • Dirección General de Fomento Ambiental Urbano y Turístico
    • Dirección General de Industria
    • Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables
  • Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental
    • Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
    • Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos
    • Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas
    • Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental
    • Dirección General de Vida Silvestre
    • Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes
  • Oficialía Mayor
    • Dirección General de Desarrollo Humano y Organización
    • Dirección General de Programación y Presupuesto
    • Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios
    • Dirección General de Informática y Telecomunicaciones
  • Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia
  • Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales

Órganos desconcentrados y organismos descentralizados editar

Tipo Dependencia Acrónimo
Órganos administrativos desconcentrados Comisión Nacional del Agua CONAGUA
Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático INECC
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente PROFEPA
Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas CONANP
Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente ASEA
Organismos públicos descentralizados Comisión Nacional Forestal CONAFOR
Instituto Mexicano de Tecnología del Agua IMTA
Comisiones intersecretariales Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad CONABIO

Lista de sus titulares editar

Actuales titulares del organigrama editar

Cargo Titular
Director general de la Comisión Nacional del Agua Germán Arturo Martínez Santoyo
Procuradora Federal de Protección al Ambiente Blanca Alicia Mendoza Vera
Directora general del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático María Amparo Martínez Arroyo
Director general de la Comisión Nacional Forestal Luis Meneses Murillo
Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas Roberto Aviña Carlín
Director general del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua Adrián Pedrozo Acuña
Secretaria técnica de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad* María Luisa Albores González
*: el secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales es ex officio secretario técnico de la comisión intersecretarial

Presupuesto editar

Propuesta por Cámara de Diputados
(legislatura)
Periodo Presupuesto aprobado
(pesos mexicanos)
Ref
Andrés Manuel López Obrador LXIV Legislatura 1 de enero de 2019-30 de diciembre de 2019   31 020 459 536 [12]
1 de enero de 2020-30 de diciembre de 2020   29 869 450 777 [13]
1 de enero de 2021-30 de diciembre de 2021   31 348 192 349 [14]
LXV Legislatura 1 de enero de 2022-30 de diciembre de 2022   40 795 855 575 [2]

Véase también editar

Referencias editar

  1. Martínez, Carla (3 de enero de 2022). «Avanza mudanza de Semarnat a Mérida; destina más de 170 mil pesos en traslado de equipo». Por esto!. Consultado el 5 de enero de 2020. 
  2. a b Cámara de Diputados (29 de noviembre de 2021). «Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022» (PDF). p. 39. Consultado el 17 de diciembre de 2021. 
  3. a b «Artículo 32 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal». Consultado el 13 de septiembre de 2022. «Texto vigente a la última reforma publicada el 3 de mayo de 2023». 
  4. a b «1970-1988. De la Subsecretaría de Mejoramiento del Ambiente hasta la Subsecretaría de Ecología». Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. Consultado el 7 de Lfebrero de 2016. 
  5. Quijano Torres, 2012, p. 374.
  6. Presidencia de la República. «Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial de Saneamiento Ambiental». Diario Oficial de la Federación. Consultado el 7 de febrero de 2016. 
  7. Congreso de la Unión (29 de diciembre de 1982). «Decreto de reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal». Diario Oficial de la Federación. Consultado el 7 de febrero de 2016. 
  8. a b Quijano Torres, 2021, p. 375.
  9. Congreso de la Unión (28 de diciembre de 1994). «Decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal». Diario Oficial de la Federación. Consultado el 7 de febrero de 2016. 
  10. Congreso de la Unión (30 de noviembre de 2000). «Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal». Diario Oficial de la Federación. Consultado el 7 de febrero de 2016. 
  11. «Manuel General de Organización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales». Diario Oficial de la Federación. Consultado el 23 de diciembre de 2020. 
  12. Cámara de Diputados (28 de diciembre de 2018). «Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020» (PDF). p. 42. Consultado el 17 de diciembre de 2021. 
  13. Cámara de Diputados (11 de diciembre de 2014). «Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020» (PDF). p. 45. Consultado el 17 de diciembre de 2021. 
  14. Cámara de Diputados (30 de noviembre de 2020). «Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021» (PDF). p. 39. Consultado el 17 de diciembre de 2021. 

Bibliografía editar

Enlaces externos editar