Anexo:Software libre en la Administración Pública

El Estado requiere un software que cumpla determinados requisitos[1]​ y varios de los mismos llevan a utilizar exclusivamente software libre. Como ejemplos se tiene a Alemania, Argentina, Brasil, Cuba, Chile, China, Ecuador, España, Francia, México, República Dominicana y Venezuela, entre otros.

América Latina editar

Argentina editar

  • La provincia de Santa Fe cuenta desde el año 2004 con la ley 12.360 que dispone el uso preferente de software libre por la administración pública, en 2010 fue modificada por la ley 13.139, la cual establece plazos de migración y el uso obligatorio y exclusivo de Software libre en todo estamento público[2]​. Si bien fue votada por todos los miembros de la cámara de diputados, hasta el día de hoy no fue reglamentada por el Poder Ejecutivo Provincial. En el año 2017 Richard Stallman solicitó la reglamentación urgente de la ley 13.139[3]​. También se puede destacar en el proyecto Munix, de la ciudad de Rosario. Este proyecto (actualmente con 300 puestos de trabajos migrados) reemplaza el software propietario en las estaciones de trabajo obsoletas por software libre, reutilizando dichas estaciones de trabajo como clientes ligeros. Este proyecto se lleva a cabo utilizando Debian y está basado en Linux Terminal Server Project. Las actividades se enmarcan en el proyecto Munix.[4]
  • La Provincia de Río Negro, el 8/3/2012 el Parlamento aprobó la Ley 4747/12 que establece el empleo obligatorio del sistema de software libre en los tres Poderes del Estado, entes descentralizados y empresas con participación estatal.[5]
  • Desde el Centro Nacional de Investigación y Desarrollo de Tecnologías Libres ―un área del Programa Conectar Igualdad a cargo de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)―, el Estado nacional desarrolló una distribución GNU/Linux con fines educativos denominada Huayra, que venía instalada en las netbooks entregadas a todos los alumnos de escuelas públicas.

Bolivia editar

  • cuyo Parlamento promulgó el 8 de agosto de 2011 la nueva Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (Ley 164) que indica en su artículo 77 que "Los Órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral en todos sus niveles, promoverán y priorizarán la utilización del software libre y estándares abiertos (...)",[6]​ abriendo el camino a una migración total del Estado. Para este fin se elaborará un Plan de Implementación. El presidente Evo Morales Ayma, el día lunes 8 de agosto de 2011, reglamentó la Ley N.º 164 de Telecomunicaciones y TIC para el Desarrollo de Tecnologías de Información y Comunicación.[7][8]

Brasil editar

  • El gobierno nacional de Lula Da Silva fue el primer ejecutivo a escala mundial en llevar a cabo un despliegue masivo de software libre en la administración pública, siendo el estado de Río Grande del Sur el primero en aprobar una ley a favor del uso del software libre.[cita requerida]

Chile editar

  • El Ministerio de Educación y la Universidad de la Frontera (ubicada en Temuco) crearon EduLinux, una distribución que hoy está en más de 1500 escuelas chilenas y funcionando en más de un 90% de las bibliotecas escolares chilenas.[cita requerida] Actualmente las Fuerzas Armadas chilenas están planificando la creación de una distribución militar que interconecte a las ramas de la defensa chilena. El gobierno de ese país aprobó el uso del software libre en la administración pública, anulando así un contrato previo con Microsoft para el mantenimiento de las redes y de los equipos en escuelas y bibliotecas chilenas.[cita requerida]

Colombia editar

  • Bogotá (la capital del país) cuenta con una política pública de promoción del software libre. El concejo de la ciudad aprobó el acuerdo 279 de 2007, el cual presenta 6 puntos[9]​.

Costa Rica editar

  • En Costa Rica disponen de la Red Costarricense de Software Libre , una agrupación sin ánimo de lucro fundada en 2007 que impulsa la utilización, el estudio y el desarrollo de esta tecnología. Sin embargo, pese a que se presentaron proyectos de ley con el propósito de ahorrar gastos del Estado en software, lo único que se ha oficializado es una directriz para priorizar la implementación de software libre en la Administración pública, pero sin obligatoriedad.[10]

Cuba editar

  • El gobierno central estableció una indicación oficial para introducir de manera progresiva el software libre y en particular el GNU/Linux y en el que la red de Salud Pública, Infomed, fue pionera en su uso.[cita requerida]

Ecuador editar

  • El gobierno central decidió el uso de software libre como política de gobierno y el 10 de abril de 2008 emitió el decreto 1014 que establece como política pública para las Entidades de la Administración Pública Central la utilización de Software Libre en sus sistemas y equipamientos informáticos, Decreto.[11][12][13]​ Adicionalmente ha desarrollado una forja para todo el software público (MINKA).

México editar

  • El Fondo de Información y documentación para la industria Infotec se encuentra desarrollando un sistema operativo GNU/Linux llamado Beakos GNU/Linux para proporcionar al sector gubernamental y a las empresas una solución robusta de software libre. México también ha contribuido significativamente al desarrollo del software libre, tal es el caso de la aportación de Miguel de Icaza, uno de los fundadores del entorno de escritorio GNOME y creador del Proyecto Mono entre otros. Miguel de Icaza y sus fuertes críticas hacia la presunta apatía del gobierno de su país (México,) en relación con la forma en la que se insertaba a México en la vida digital, tuvo mucho eco en la comunidad tecnóloga en el país.[cita requerida] Propuso un modelo de desarrollo basado en código abierto tanto para el acceso a la red de la comunidad en general, como de desarrollo de aplicaciones gubernamentales. En lugar de esta propuesta, el gobierno de su país decidió pagar a Microsoft para dotar de la infraestructura de software de este proyecto.[cita requerida]
  • El Software Libre es impulsado en universidades y centros de investigación. Ejemplo de ello es la Delta Metropolitana, red de supercomputadoras que están en varios puntos de la Ciudad de México, en el CINESTAV, el IPN, la UAM, y la UNAM la cual utiliza software libre para consolidar sus recursos, hacer investigación, y generar conocimiento.

Paraguay editar

  • Luego de más de más de 10 años de esfuerzos e implementaciones aisladas (servidores en general, inserción en algunos equipos personales, leyes ministeriales, etc), donde en 2011 se desarrolla el panel gubernamental Plan Maestro-Plan Director TIC que con plantea a los organismos del Poder Ejecutivo incluyendo al área corporativa y ciudadanía, la unificación de procesos de desarrollo e implantación de nuevas arquitecturas, la creación de herramientas comunes, formación real en TIC y transferencia de conocimiento. El plan plantea el inicio de la actualización general desde 2012.[14][15]

Perú editar

  • En Perú se propuso el proyecto de ley sobre software libre número 1609, diciembre de 2001. Fue propuesto por el congresista Edgar Villanueva Núñez en diciembre de 2001, el cual promueve el uso del software libre en la administración pública.[16]
  • En 2004, la comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó el dictamen.[17]​ Además, en el II Congreso Nacional, se enfocó en la administración pública de gobiernos regionales.[18]
  • TumiX, distribución del tipo LiveCD, está desarrollada por iniciativa del grupo de usuarios de software libre Somos Libres. Desde el 2008 se lanzó en la región Lambayeque una Ordenanza Regional de uso del software libre de manera exclusiva en todos los equipamientos y sistemas informáticos de todas las dependencias del Gobierno Regional.[cita requerida]

República Dominicana editar

  • Promociona el uso y proliferación del software libre en el campo educativo y científico. Dispone de varias ONG; La Fundación de Código Libre (FCLD), con dos sedes, una en la capital de Santo Domingo y la otra en la ciudad de Santiago.[19]​ Esta fundación impulsa un anteproyecto de ley que busca que en el estado y la educación de este país tan solo se use software libre. y la Fundación SLD (Software Libre Dominicano)[20]​ Que tiene como misión financiar todo tipo de proyectos que puedan fortalecer, directa o indirectamente, la difusión, el uso y desarrollo de software libre de calidad en la República Dominicana.

Uruguay editar

  • En Uruguay, a partir de 2003 (Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración Carpeta N.º 3565 de 2003 Repartido N.º 1510 de noviembre de 2003) se estudió una "Ley de software libre y formatos abiertos en el Estado". La primera versión planteaba el uso de formatos abiertos en todo el Estado y software libre en la educación, con una segunda versión presentada en el 2006, que ya planteaba dar preferencia al uso de software libre en todos los organismos del Estado.[21]​ Luego dicha versión con modificaciones, fue la que recibió media sanción en la Cámara de Diputados el 19 de diciembre de 2012,[22][23]​ la cual fue apoyada por la comunidad de software libre uruguaya.[24]​ Finalmente, la ley fue aprobada en diciembre de 2013[25]​ estableciéndose en ella que:[26]
    1. El Estado deberá preferir la inversión y desarrollo en software libre sobre el que no lo es, salvo cuando este no cumpla las necesidades técnicas requeridas.
    2. En caso de que el Estado decida invertir en software privativo, deberá justificar las razones del gasto y argumentar su elección.
    3. El Estado deberá distribuir y aceptar toda información en al menos un formato abierto, estándar y libre.
    4. El intercambio de información a través de Internet deberá ser posible en al menos un programa con licencia libre.
  • Ha sido el primer país en el mundo en implementar como estrategia de país el proyecto OLPC mediante su Plan Ceibal,[27]​ que brinda un Laptop XO con una distribución de linux Sugar. El 18 de diciembre de 2013 el parlamento aprobó una ley que hace obligatoria la utilización de formatos abiertos y estándar en el Estado, además de priorizar la utilización y contratación de desarrollos en software libre cuando el Estado requiera una solución informática.

Venezuela editar

  • El Decreto presidencial 3390 de fecha 23 de diciembre de 2004 y publicado en la Gaceta Oficial de Venezuela N.º 38095 del 28 de diciembre de 2004, establece textualmente en su artículo 1 que los entes públicos emplearán prioritariamente Software Libre en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos,[28]​ por lo que dichas organizaciones deben iniciar procesos de migración gradual y progresiva de estos hacia el software libre.
  • Actualmente Venezuela tiene la distribución Canaima GNU/Linux basada en Debian estable, que se usa en proyectos como Canaima Educativo, para la producción de computadores de escritorio de Venezolana de Industrias Tecnológicas (VIT), así como implementación en órganos de la Administración Pública Nacional (APN).[29]
  • El 10 de octubre de 2013 el Poder Ejecutivo deroga el decreto 3.390 y promulga la Ley de Infogobierno y le otorga rango, valor y fuerza de ley al uso del software libre en la administración pública nacional (APN),[30][31]​ además de anclar su uso y razón de ser al concepto de "conocimiento público".[32][33]​ El artículo 34 de la Ley de Infogobierno especifica los siguiente:
"El desarrollo, adquisición, implementación y uso de las tecnologías de información por el Poder Público, tiene como base el conocimiento libre. En las actuaciones que se realicen con el uso de las tecnologías de información, sólo empleará programas informáticos en software libre y estándares abiertos para garantizar al Poder Público el control sobre las tecnologías de información empleadas y el acceso de las personas a los servicios prestados.
Los programas informáticos que se empleen para la gestión de los servicios públicos prestados por el Poder Popular, a través de las tecnologías de información, deben ser en software libre y con estándares abiertos."


Asia editar

China editar

Europa editar

Alemania editar

España editar

  • El Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica: establece que se han de mejorar los sistemas ya implantados antes que desarrollar nuevos, facilitar el código de las aplicaciones en directorios libres para fomentar la colaboración y la eficiencia y que, de nuevo, el CENATIC estimule proyectos de software libre para la reutilización y la interoperabilidad, es decir, que todos los ámbitos del sistema administrativo tengan la libertad utilizar el mismo software compartido si les resulta ventajoso.[42]

Pendiente incorporar información de los artículos 157 y 258 de la ley 40/2015 de 1 de octubre.

Francia editar

  • Proyecto de Ley número 2000-117, propuesto por Laffitte, Trégouet y Cabanel: abogaba por el uso obligatorio de software libre en la Administración.[43]
  • Desde septiembre de 2012, una circular del primer ministro (jefe de gobierno) fija las pautas de la utilización del software libre en la Administración Francesa.[44]​ Esta iniciativa de coordinación interministerial parte de "una larga práctica en el uso de software libre [que] permitió el desarrollo de capacidades y la capitalización de numerosas experiencias positivas en la administración". Entre esas experiencias, en 2006, la Asamblea Nacional decidió migrar sus sistemas a una distribución basada en GNU/Linux.[45]

Italia editar

  • El parlamento decidió en el año 2007 migrar sus sistemas a SuSE Linux.[46]

Rusia editar

  • En enero del 2008 decidió migrar el sistema informático de todas las escuelas a una alternativa libre hasta el 2009[47]​ y todo el gobierno para el 2014.

Oceanía editar

Australia editar

  • El gobierno contribuye con el desarrollo del Kroupware y ordenando por decreto que en todas las escuelas se dedique una parte horaria a enseñar qué es GNU/Linux.[cita requerida]

Véase también editar

Referencias editar

  1. Software libre en la administración pública: Desafíos y oportunidades
  2. «Boletín Oficial del martes 23 de noviembre de 2010 - Ley Provincial 13139-2010». Consultado el 30 de mayo de 2015. 
  3. Andrés, Gonzalo. «Richard Stallman dejó su huella en Santa Fe | Pausa». www.pausa.com.ar. Consultado el 12 de octubre de 2017. 
  4. «Municipalidad de Rosario - Munix Software libre e innovación tecnológica». www.rosario.gov.ar. Consultado el 22 de septiembre de 2016. 
  5. http://unterseccionalroca.org.ar/imagenes/documentos/leg/Ley%204747%20(software%20libre).pdf
  6. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia: Ley 164
  7. Software Libre de Argentina (7 de noviembre de 2013). «El Software Libre en Bolivia es Ley Reglamentada». Estado. Archivado desde el original el 25 de octubre de 2016. Consultado el 14 de diciembre de 2013. 
  8. Software Libre de Argentina (17 de noviembre de 2013). «Dcreto Supremo N° 1793». Estado. Archivado desde el original el 14 de diciembre de 2013. Consultado el 14 de diciembre de 2013. 
  9. Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. «Acuerdo 279 de 2007 "Por el cual se dictan los lineamientos para la Política de Promoción y Uso del Software libre en el Sector Central, el Sector Descentralizado y el Sector de las Localidades del Distrito Capital"». Consultado el 3 de febrero de 2017. 
  10. «Políticas de software libre en Latinoamérica». 30 de abril de 2015. Consultado el 3 de octubre de 2016. 
  11. Descargar Decreto 1014 Ecuador
  12. Alan Lorenzo (11 de abril de 2008). «Ecuador migra a software libre vía Decreto». Consultado el 14 de diciembre de 2013. 
  13. David Ochoa (16 de abril de 2012). «Una ley para promover el software libre». Consultado el 14 de diciembre de 2013. 
  14. http://www.ticpy.org/
  15. http://www.atyha.net/
  16. Carlos Jiménez Romera (29 de junio de 2002). «Software libre y administración pública». Consultado el 2 de abril de 2018. 
  17. «Aprueban utilización de software libre». La República. 15 de junio de 2004. Archivado desde el original el 26 de junio de 2004. Consultado el 1 de enero de 2024. 
  18. «Realizarán II Congreso Nacional de Software Libre». RPP. 3 de junio de 2004. Archivado desde el original el 15 de junio de 2004. Consultado el 27 de abril de 2022. 
  19. MediaExperto.com. «Codigo Libre – Manuales, Cursos, Noticias, Servicios y mas». www.codigolibre.org. Consultado el 20 de septiembre de 2016. 
  20. «Bienvenido a la Fundación SLD (Software Libre Dominicano)». www.fsld.org. Consultado el 20 de septiembre de 2016. 
  21. «Repartido 779 de setiembre/2006». Parlamento del Uruguay. Archivado desde el original el 31 de diciembre de 2015. Consultado el 21 de enero de 2016. 
  22. «Proyecto de ley "Software libre y formatos abiertos en el Estado"». CESoL (Centro de Estudios de Software). Archivado desde el original el 31 de diciembre de 2015. Consultado el 21 de enero de 2016. 
  23. Proyecto de ley "Software libre y formatos abiertos en el Estado" Archivado el 23 de marzo de 2016 en Wayback Machine., fuente: Poder Legislativo - Cámara de Representantes - Uruguay.
  24. Comunicado de la comunidad sobre "Ley de Software Libre y Formatos Abiertos en el Estado" Archivado el 17 de marzo de 2013 en Wayback Machine., 13 de marzo de 2013.
  25. «Ley 19.179: SOFTWARE LIBRE Y FORMATOS ABIERTOS EN EL ESTADO». Parlamento del Uruguay. Archivado desde el original el 25 de octubre de 2016. Consultado el 24 de octubre de 2016. 
  26. Uruguay pone el ejemplo con la ley de software libre y formatos abiertos
  27. «http://www.ceibal.edu.uy». www.ceibal.edu.uy. Consultado el 20 de septiembre de 2016. 
  28. Chávez Frías, Hugo (23 de diciembre de 2014). «Decreto N° 3.390, mediante el cual se dispone que la Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus Sistemas, Proyectos y Servicios Informáticos.» (pdf). Centro Nacional de Tecnologías de Información. Archivado desde el original el 7 de noviembre de 2017. Consultado el 21 de noviembre de 2018. «Artículo 1. La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.» 
  29. «Bienvenido a Canaima — CANAIMA GNU/Linux». 
  30. «LEY DE INFOGOBIERNO (sic)» (pdf). Centro Nacional de Tecnologías de Información. 10 de octubre de 2013. Archivado desde el original el 26 de enero de 2018. Consultado el 21 de noviembre de 2018. 
  31. «Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela AÑO CLXCI ‒ MES I (...) Número 40.274» (pdf). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 17 de octubre de 2013. Consultado el 21 de noviembre de 2018. 
  32. «Entra en vigencia Ley de Infogobierno» (html). Asociación Civil "Espacio Público". 18 de agosto de 2014. Archivado desde el original el 21 de noviembre de 2018. Consultado el 21 de noviembre de 2018. «De esta manera, se fomentará un intercambio de datos entre las instituciones, se publicará la información pública y ésta será proporcionada libremente a las personas. Igualmente se promueve que los entes públicos publiquen información pública en sus portales web, los cuales deben ser accesibles, sencillos, expeditos, confiables, pertinentes y auditables, y contendrán información completa, actual, oportuna y veraz.» 
  33. «Entra en vigencia Ley de Infogobierno sobre el uso de tecnologías libres» (html). Diario El Universal. 17 de agosto de 2014. Archivado desde el original el 20 de agosto de 2014. Consultado el 21 de noviembre de 2018. «La nueva Ley establece que todo programa informático que se desarrolle, adquiera o implemente en el Poder Público deberá ser software libre y con estándares abiertos, salvo las excepciones expresamente establecidas y previa autorización del ente competente, a fin de promover el desarrollo nacional y garantizar la soberanía tecnológica.» 
  34. «China, Japón y Corea del Sur se alían para promover Linux frente a Windows». www.elmundo.es. Consultado el 20 de septiembre de 2016. 
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  39. «CENATIC». www.cenatic.es. Consultado el 22 de septiembre de 2016. 
  40. Luna, Raúl (8 de enero de 2019). «¿Por qué uso software libre… y te recomiendo que también lo hagas?» (html). Centro Nacional de Desarrollo Curricular en Sistemas no Propietarios. Archivado desde el original el 4 de abril de 2019. Consultado el 3 de abril de 2019. 
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  43. Chris., DiBona,; Danese., Cooper,; Mark., Stone, (2006). Open sources 2.0 : the continuing evolution (1st ed edición). O'Reilly. p. 176. ISBN 0596008023. OCLC 63135238. 
  44. Publicación oficial, copia de la versión firmada por el Primer Ministro Jean-Marc Ayrault: Orientations pour l'usage des logiciels libres dans l'administration, versión pdf accesible: [1]
  45. Francia migra a Ubuntu
  46. «Italy's Lazio region adopts law on open source and open data | Joinup». joinup.ec.europa.eu. Consultado el 20 de septiembre de 2016. 
  47. Mundinteractivos. «'Software' libre para todas las escuelas de Rusia a raíz de un litigio con Microsoft | elmundo.es». www.elmundo.es. Consultado el 20 de septiembre de 2016. 

Enlaces externos editar