Anexo discusión:Presidentes del Perú

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Debe llamarse Presidentes y Jefes de Gobierno del Perú.

1. No confundir, Lo hago referencia a Perú como país y no Virreinato del Perú donde se tendría que poner a los virreyes.

2. Porque incluir Jefe de Gobierno del Perú porque ese era el antecedente de Presidentes del Perú el cual se permitirá demostrar a más personajes de nuestra Historia. Y crear un contenido en wikipedia solo para nombrar a los pocos jefes de gobierno de Perú no es razonable por eso solicito se cambie a "Presidentes y Jefes de Gobierno del Perú".

¿Lynch? editar

Habría que reconsiderar la inclusión de Patricio Lynch en este artículo, por más que sea una Adenda. Lynch no fue cabeza del estado peruano sino que fue el comandante del ejército de ocupación. Esto quiere decir que en ningún momento dejó de pertenecer al estado chileno. Es más, durante esas épocas el Perú tenía su propio presidente (Piérola fue desconocido para dar paso a García Calderón). Que haya gobernado el país en temas domésticos no lo convierte en "gobernante peruano", pienso yo. --Chalo() 18:04 9 mar 2010 (UTC)Responder

Correcciones editar

He empezado a corregir los datos de esta lista, basandome en la Enciclopedia Tauro del Pino, 3ra. edición, 2001. Comenzando con el período de 1827 a 1835, he corregido entre otros un error grueso, que mencionaba a Agustin Gamarra* como gobernante interino bajo la dictadura de Salaverry; omisiones graves como el mandato provisorio de Gamarra entre set.-dic.-1829, asi como la ausencia de Juan Ángel Bujanda y Juan José Salas entre los gobernantes interinos del periodo de Salaverry (y que por cierto carecen de articulos individuales).

Hay que aclarar, para los usuarios, que esta lista NO ES DE NOMBRES DE PRESIDENTES CORRELATIVOS, en el sentido que cada uno de los nombrados se suceden uno detras de otro, sino que los períodos plenos de un presidente o jefe supremo (nombres indicados en negrita), vienen seguidos de los gobernantes interinos que DENTRO DE CADA PERÍODO PRESIDENCIAL SE ALTERNARON, reemplazando al presidente por motivos de salud o ausencia (generalmente por guerras internacionales o debelando sublevaciones). Leyendo las fechas de cada mandato interino es fácil darse cuenta de ello. Hay que dejar bien en claro ello, pues algunos wikipedistas pensaban que era una lista consecutiva y en los cuadros de sucesión al pie de cada articulo de los presidentes y gobernantes colocaban erradamente los antecesores y sucesores.--Alvaro Arditi (discusión) 03:50 21 sep 2010 (UTC)Responder

Enlaces rotos editar

Elvisor (discusión) 22:08 25 may 2013 (UTC)Responder

Cambios en el artículo editar

Hago presente que, en aras de uniformizar este artículo con otros similares, he realizado los siguientes cambios: he puesto las imágenes en el cuerpo mismo de la lista de los presidentes, eliminando de esa manera la galería; he reducido las columnas de fechas en una sola y agregado fondos de colores en los recuadros. Todo lo demás ha quedado igual, incluyendo los datos, con algunas mejoras de redacción, así como correcciones y agregados, según las obras de Basadre y Tauro del Pino, que aparecen en la sección bibliografía. No creo, por tanto, que fuese necesario pedir “permiso” a alguien para realizar estos cambios, pues no son mayores; por lo demás, quienes crearon este artículo, hacía ya años, ya no están en actividad, o al menos eso me parece. Ciertamente, falta hacer más mejoras (como colocar más referencias puntuales, para complacer a aquellos que no simpatizan con las referencias globales), pero eso ya lo iré realizando paulatinamente; lo importante que esté hecho el armazón. En cuanto a la antigua galería de imágenes, por tener un carácter de síntesis, podría pasar a otro artículo (como al de Presidente del Perú o la Historia republicana del Perú).--Alvaro Arditi (discusión) 13:52 25 sep 2013 (UTC)Responder

  • El problema de unificar información y usar colores para denotar, por ejemplo, el modo como llegaron al mando, es que no es posible ahora usar esta información como fuente de datos para un análisis. Ha dejado de ser un dato abierto. La versión en inglés (con todos sus defectos) aún lo es.

Debe titularse Presidentes y no "gobernantes" editar

En primer lugar porque "gobernantes" es muy general y daría a entender que también se incluyen los gobernantes y virreyes del Perú, cuando no es así, el anexo solo se refiere a los mandatarios del periodo republicano.

Segundo, como es obvio, la gran mayoría usan el título de Presidentes, que fue el título del Ejecutivo que se adoptó al crearse la República, y que se ha mantenido desde entonces (no ha habido otro cambio, como en el caso de México donde hubo una etapa imperial), y solo unos cuantos, diría que contados con el dedos han usado otro título, como el de Jefe Supremo. Y es bien sabido que estos últimos gobernantes fueron de facto, es decir, impuestos a la fuerza o autoproclamados. De modo que hay que respetar lo oficialmente establecido, en un sentido más amplio, no modificando solo porque unos cuantos se salieron de la regla establecida.

Tercero, entiéndase que el anexo ha sido creado con el propósito exclusivo de dar una lista de presidentes de la República, pero como es obvio, no vamos a borrar a los que usaron otro título, sino que se mantienen allí, como referentes obligados.

Cuarto, no se pueden hacer cambios de ese calibre sin consultar la opinión del resto de los usuarios que han trabajado en la redacción del anexo.

Me faltaba dar otra razón: el uso similar que se ha dado en el caso de las listas de presidentes de los resto de países latinoamericanos, donde también hubo jefes de estado que usaron, eventualmente, otro título distintivo; por ejemplo en de Presidentes de la nación Argentina, sin embargo el consenso unánime es que predomine en el nombre del anexo el uso más numeroso y común del título.--Alvaro Arditi (discusión) 17:40 10 jun 2016 (UTC)Responder

Colores editar

Me gustaría sugerir un cambio en los colores. Es un proceso que se ha usado y se ha estado estandarizando en toda Wikipedia y consiste en no usar los colores de fondo pues además de ser muy invasivo en algunos dispositivos puede dificultar la lectura. Aunque en este caso ya que los colores significan el sistema de elección, creo que la mejor opción sería cambiarlos por tonos menos chillantes, como por ejemplo distintos tonos de gris. --Dereck Camacho (discusión) 04:38 29 nov 2016 (UTC)Responder

Antero Flores Araoz no es presidente editar

Voy a retirar a Antero Flórez Aráoz como presidente ya que si bien ha quedado a cargo de la PCM, eso no lo convierte en presidente de la república encargado. No hay que confundir. El Presidente del Consejo de Ministros no es parte de la línea de sucesión presidencial El cargo de presidente de la república por ahora está vacante.--Elelch (discusión) 15:24 16 nov 2020 (UTC)Responder

Antonio Arenas Merino, Antonio Gutiérrez de la Fuente, Luis La Puerta de Mendoza, José María Raygada, Juan Bautista de Lavalle y Zugasti; que ocuparon el cargo de Presidente del Consejo de Ministros, también forman parte de la lista; no fueron presidentes de la República, pero si se quedaron como encargados (como se puede apreciar en la lista, están diferenciados por un color plomo del Presidente titular).--WeskerRe55 (discusión) 19:28 16 nov 2020 (UTC)Responder
La Constitución de 1856 preveía en su artículo 86° que si faltaba el presidente y el vicepresidente, el gobierno quedaba encargado en efecto al consejo de ministros. La actual constitución (ni la anterior de 1979) prevén esa figura, así que el señor Araoz es solo el presidente del consejo de ministros y nada más. El cargo de la presidencia de la república está vacante.--Elelch (discusión) 19:36 16 nov 2020 (UTC)Responder

Presidentes del Perú editar

Se ha agregado una cronología de Presidentes, está basada en la obra del historiador Jorge Basadre, las constituciones, leyes y decretos, que en cada caso se ha referenciado de manera escrupulosa. La lista preexistente se ha renombrado como Presidentes y gobernantes interinos del Perú, debido a que incluye en ella Presidentes, Interinatos, Encargados de Gobierno, Presidentes de estados extintos entre otros, esta lista cumplirá su finalidad de explicar los interinatos y transiciones de gobierno.--jjrt (discusión) 11:40 14 dic 2020 (UTC)Responder

No estoy convencido que sea necesario dos cronologías. Eso hace confuso el anexo y creo que mejor que eso es mejorar el cuadro pre-existente añadiendo la información. Además, tal como lo pongo abajo, ese cuadro duplica información y añade información que confunde ya que los presidentes no tienen una nominación ordinal. Creo que se haría mejor mejorando el cuadro que duplicándolo. Chalo() 14:04 15 dic 2020 (UTC)Responder

Constitucionalidad de régimen de Manuel Merino. editar

He sacado el adjetivo de "constitucional" con relación a Manuel Merino debido a que, precisamente, la condición de "constitucional" de su régimen es una situación que está en discusión actualmente y no se ha definido. El Tribunal Constitucional no ha señalado que el mismo sea constitucional sino que simplemente se abstuvo y, legalmente, el silencio no importa aceptación. Considero que esta situación se zanjará tarde o temprano y, cuando ello suceda, añadiremos el adjetivo si corresponde. Por mientras, adelantarnos acá a calificar como "constitucional" algo que, de repente, termina no siéndolo nos pondría como fuente primaria (WP:FP). En todo caso, igual presento mi posición acá para iniciar el debate y que haya una decisión de consenso.Chalo() 04:08 15 dic 2020 (UTC)Responder

En el Derecho existe presunción de legalidad/constitucional. Toda sucesión legal de presidente se presume constitucional hasta que el TC se pronuncie.
En el caso de Manuel Merino, la sucesión se dio en el marco de una vacancia por incapacidad moral (Establecida en la constitución y reglamentada en el Reglemaneto del Congreso). El proceso se ajustó a dicho marco. Evidentemente dicho marco es impreciso o abierto, incluso discrecional para el congreso. Pero no por ello deja de ser "constitucional". En todo caso, se tendría que presentar una acción de inconstitucionalidad contra la Resolución del Congreso que declara la vacancia de Vizcarra. Hasta que ello suceda, todo se considera Constitucional.
Por normas de Wikipedia, los artículos deben ser neutrales y no inducir a opiniones de uno u otro sector. Todos los artículos de los Presidentes recientes llevan "Presidente Constitucional", hacer una diferencia sería tomar posición. No solo rompe la neutralidad, sino que sería inexacto, pues la vacancia se presume como constitucional. (así como la presunción de inocencia, hay presunción de legalidad hasta que la Justicia demuestre lo contrario). En todo caso, si se retira "Constitucional" por pensar que la vacancia fue "inconstitucional", el gobierno de Francisco Sagasti tampoco será "constitucional" porque sería a partir del mismo acto cuestionado. Por todo ello se debe mantener --Rodriro (discusión) 20:36 15 dic 2020 (UTC)Responder
Absuelvo traslado trasladando, precisamente, lo que comenté en tu página de discusión.
  1. La presunción de constitucionalidad es una presunción que existe sólo para el caso de las leyes. Las leyes se presumen constitucionales hasta que no sean declaradas inconstitucionales y ese es un principio con una evidente raíz práctica más que doctrinaria (busca que la gente cumpla la ley si o si y no la vaya cuestionando). En esa idea, los actos de poder distintos a las leyes no gozan de esa presunción. .
  2. Precisamente la constitucionalidad del proceso de vacancia, que no goza de ninguna presunción, es lo que está en discusión. Ello porque el derecho constitucional diferencia entre el debido proceso formal (respeto de procedimientos) y el debido proceso sustancial o de fondo que implica el respeto a diversas garantías como la presunción de inocencia, el balance de poderes, la motivación suficiente de todo acto de poder y el cumplimiento de los estándares de razonabilidad y proporcionalidad de toda decisión tanto jurídica como política. Ahora, eso no lo vamos a resolver en Wikipedia, lo que es claro es que el tema está controvertido y que eso lo debió resolver el TC y no lo hizo. Tarde o temprano se resolverá pero, hasta entonces ...
  3. Las decisiones del congreso distintas a las leyes no pueden ser materia de una acción de inconstitucionalidad. Esta procede sólo para leyes, ordenanzas municipales, ordenanzas regionales y otras normas con rango de ley. La decisión del congreso no es una ley ni tiene rango de ley. Por eso mismo no goza de la presunción que mencionas.
  4. En efecto los artículos de wikipedia deben ser neutrales y no ser fuente primaria. Eso obliga a no adjetivizar y también a no dar por zanjados temas controvertidos. Por eso me parece que lo adecuado es lo que se ha estado haciendo: señalar que ha sido presidente de la república y nota a referencia donde se deja constancia que su condición de constitucionalidad está controvertida. Yo no estoy diciendo que se descalifique a Merino o que se le borre de la lista ni mucho menos pero sí considero que afirmar que sea constitucional por defecto es caer en lo contrario a lo que es una enciclopedia porque ahí seríamos nosotros los que estamos afirmando que existe algo que, en la realidad, aún no está definido. Por lo demás, no todos los presidentes llevan "constitucional" (Ni Velasco ni Morales Bermúdez, para empezar, y tampoco Fujimori en el periodo 1992 a 1993). Es decir, cuando no lo ha sido, no lo ha sido. Y aún así lo fuera, eso no obliga a nada a nivel wiki ya que cada cosa se analiza en su contexto, no porque tal artículo tenga tal consideración todos los demás deben tenerla. En la enciclopedia tiene que ir diferente lo que esta diferente en la realidad.
  5. Por lo demás, el hecho de que el Congreso tomase una decisión en particular en violación de la constitución no hace que todas las demás decisiones que tomara o haya tomado sean inconstitucionales. Ejemplo: El Congreso emitió la ley de los peajes que fue declarada inconstitucional por el TC, eso no da pie a que digamos ¿por qué no declara también inconstitucional tal otra ley? Cada caso es distinto. Que la vacancia sea cuestionada no quiere decir que todos los demás actos y decisiones lo sean. Se discute sobre ese en particular. En este caso la controversia radica no en la capacidad del congreso de tomar tal o cual decisión sino, precisamente si la misma se encuentra acorde con los estándares constitucionales existentes para ello y ese tema no está definido aún en ningún foro.
  6. Finalmente, recordar que lo que estamos conversando no es si la decisión fue o no constitucional ya que eso no lo vamos a definir nosotros. Lo que debe quedar claro es que ese tema está aún en controversia y, mientras lo esté, nosotros no tenemos porque zanjar el tema. Hay que dejarlo abierto, cuando se defina (tarde o temprano), se pondrá el adjetivo pertinente y listo.
Saludos Chalo() 22:53 15 dic 2020 (UTC)Responder
De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional las Resoluciones del Congreso tienen rango de ley, por tanto la resolución 001-2020-2021-CR que Declara la permanente incapacidad moral y la consiguiente vacancia de la Presidencia pueden ser materia de un proceso de inconstitucionalidad. Así que mientras tanto, goza de presunción de constitucionalidad. Adicionalmente, la Doctrina establece -como puedes leer en los manuales de Brewer Carías o Linares Quintana- que la presunción de constitucionalidad también aplica a los actos de los poderes Ejecutivo y Legislativo. Saludos, --Rodriro (discusión) 23:13 15 dic 2020 (UTC)Responder
No, no es así. Primero, para darle seriedad a esto, si vamos a citar jurisprudencia del TC, pongamos acá el enlace a la sentencia. La afirmación vacía y genérica no ayuda a debatir. Por lo demás, se debe tener en cuenta que, por principios generales del derecho, las presunciones en general no se interpretan ni se obtienen por analogía. El razonamiento que aventuras ("si puede ser objeto de una AI entonces le cabe la presunción") es una analogía y, por eso mismo, no aplica para demostrar la existencia de una presunción.
Por lo demás, nuevamente, hay que recordar lo que es materia de discusión. Acá no viene al caso discutir si el tema es constitucional o no. Acá lo que estamos viendo es que el tema es controvertido. Esto es la wikipedia y la wikipedia tiene sus reglas para solucionar este tipo de problemas. Entonces, si consideras que la constitucionalidad de la vacancia no es un hecho controvertido, lo que tenemos que hacer no es estirar presunciones sino citar fuentes. Así solucionamos el tema. Ya hay ahí un par de fuentes que señalan que la constitucionalidad de la vacancia es controversial y yo añadiría esta y esta otra que demuestran que el tema quedó en el aire y no está definido. Entonces, si juntamos fuentes serias, fiables e independientes que digan que ese tema está zanjado, pues lo ponemos como zanjado. De otra forma, el debate se va a alargar innecesariamente. Saludos Chalo() 23:57 15 dic 2020 (UTC)Responder
La Sentencia 047-2004-AI/TC establece que el las Resoluciones del Congreso tienen rango de ley. En dicha Sentencia, el Tribunal enumera las resoluciones que tienen rango de ley "1) Modificaciones al Reglamento del Congreso 2) La agenda legislativa del período anual de sesiones, 3) Delegación de facultades legislativas a la comisión permanente, 4) Nombramiento de los magistrados del Tribunal Constitucional, 5) Declaración de la vacancia del Presidente de la República [...]"
En dicha sentencia, el TC ha establecido que "Se trata de actos parlamentarios que generalmente regulan casos de manera particular y concreto. Representan la excepción a la característica de generalidad de la ley. Tienen rango de ley porque el inciso 1.º del artículo 102.º de la Constitución y el artículo 4.º del Reglamento del Congreso le confieren implícitamente una jerarquía homóloga a la ley.". Posteriormente, en la Sentencia 00018-2009-AI se señaló nuevamente que las resoluciones del Congreso tienen rango y fuerza de ley.
Por ello, la Resolución del Congreso tiene rango y fuerza de ley y, por tanto, puede ser materia de proceso de inconstitucionalidad. La resolución de noviembre que contiene la declaración de la vacancia del Presidente de la República goza de presunción de Constitucionalidad hasta que en un proceso de inconstitucionalidad se demuestre lo contrario, como sucede con toda LEY. Saludos, --Rodriro (discusión) 00:18 16 dic 2020 (UTC)Responder
Estas mintiendo. La STC 18-2009 (que es la misma que te puse en tu discusión) no dice en ningún lado que la declaración de vacancia tiene rango y fuerza de ley. Desde ahí empezamos mal con tu argumentación.
La STC del 2004 (mucha agua ha corrido bajo el puente) dice sí que tienen rango de ley. Pero, como te expliqué en tu discusión, una cosa es tener rango de ley y otra es tener fuerza de ley y ser pasible de control mediante una acción de inconstitucionalidad. Pero la sentencia del 2009 no dice lo que tu señalas en ningún extremo. Lo que la sentencia afirma es que "no todas las resoluciones legislativas tienen fuerza de ley" y en ningún extremo dicen que son pasibles de control mediante una acción de inconstitucionalidad. Me parece que estas queriendo sacar agua de una piedra y se están viendo las costuras.
Además que la sentencia que mencionas es sobre una resolución legislativa que ve la aprobación de un tratado, nada que aplicar acá. Y por eso mismo, el gran salto que pegas para introducir mediante interpretación (contra todo método de aplicación jurídica) una categoría que no tiene nada que ver (presunción de constitucionalidad) y que debería estar expresa, hace agua. Pero, en todo caso, esto en wikipedia se soluciona fácil. Acá no tiene que ver lo que tú o yo pensamos. Acá es cuestión, nuevamente, de referencias. ¿Consideras que la declaración de vacancia tiene presunción de constitucionalidad? Pon la fuente acá. Así de simple. Porque, de lo contrario, estamos haciendo WP:FP. En la wiki no va lo que tú o yo pensamos sino lo que está adecuadamente referenciado. Sin referencias, el debate es sólo práctica y estamos aburriendo a los demás.
Por lo tanto, ¿queremos poner que lo de Merino fue constitucional? ¡Referencias! Ni tus interpretaciones ni las mías son enciclopédicas.
Eso se resume así: Hay montón de referencias que señalan que la constitucionalidad del régimen de Merino es algo controversial. Queremos cambiar eso, hay que poner referencias serias, fiables e independientes que digan que el régimen fue constitucional. Conseguimos las referencias y cambiamos. Lo demás es pipoca, como dirían los brasileños.
Saludos Chalo() 01:10 16 dic 2020 (UTC)Responder
1) Al retirar el término Constitucional, se está violando la neutralidad que se debe guardar en Wikipedia, porque el lector verá la diferencia entre los cargos Vizcarra-Merino-Sagasti.
2) La Sentencia del TC es clara sobre que la Vacancia tiene rango de ley, por tanto es revisadle en sede constitucional y puede ser sometida a un proceso de inconstitucionalidad. Mientras tanto, se presume como constitucional.
3) Así como has mostrado posiciones que cuestionan la constitucionalidad de la vacancia, constitucionalistas como Natale Amprimo en esta declaración y esta otra, Ernesto Álvarez Miranda (expresidente del TC) en esta declaración, han considerado que la vacancia fue válida.
4) Ante estas dos posiciones, El artículo de Wikipedia 'No puede tomar posición
--Rodriro (discusión) 02:15 16 dic 2020 (UTC)Responder
Contesto por puntos.
1. ¿Desde cuando acá no decir nada significa decir lo contrario? La modificación no es poner Presidente de constitucionalidad controvertida de la República es poner simplemente Presidente de la República. Que tú quieras leer ahí una violación de neutralidad es una intención tuya de hacerlo. La ausencia de adjetivo no implica un adjetivo en negativo, es simplemente evitar dar por sentado algo que esta controvertido. Y la diferencia entre Vizcarra-Merino-Sagasti no la inventamos nosotros en la wiki, está en la realidad. Nadie cuestiona la constitucionalidad de Vizcarra y Sagasti, ni una sola fuente o referencia sobre ello, en cambio, sobre Merino, es evidente la controversia.
2. Eso es una interpretación tuya. La STC no dice lo que tu concluyes y la presunción que mencionas también es una interpretación tuya de la que no ofreces referencia clara y contundente y que no se compadece con la doctrina constitucional. En todo caso, acá el caso se resuelve con fuentes y referencias porque WP:FP. Fuentes serias, fiables e independientes que digan que la resolución de vacancia tiene presunción de constitucionalidad y empezamos a contemplarlo.
3. En el artículo ahora hay 7 referencias que dicen que este tema es controvertido. Tu traes ahora 2 que dicen que no. El resultado es el mismo: no existe consenso y es claro que estamos ante un tema controvertido que es precisamente lo que vengo diciendo. Ahora, sobre Amprimo hay que decir que muy independiente no es ya que participó del proceso competencial ante el TC.
4. Precisamente porque Wikipedia no puede tomar posición es que el adjetivo no debe ir. Afirmar que es constitucional es tan contundente como afirmar que es inconstitucional. Como eso no está definido, la posición neutral es quitar el adjetivo de ahí hasta que ese tema se defina dónde tenga que definirse y cuando tenga que definirse. No lo tiene que definir Wikipedia, eso es claro. Chalo() 03:00 16 dic 2020 (UTC)Responder
Respuesta:
1. La neutralidad en Wikipedia implica uniformidad de criterios en las fichas de persona y de autoridades. Siempre se sigue el mismo criterio, así todos los presidentes (Desde 2001) son "Presidente Constitucional de la República" siguiendo los criterios de Wikipedia. La ausencia de "Constitucional" implica no seguir con el estándar.
2. La sentencia dice lo siguiente:
2.1.3.1.1. Fuentes normativas o formas normativas con rango de ley
2.1.3.1.1.2. Resoluciones legislativas
Se trata de actos parlamentarios que generalmente regulan casos de manera particular y concreto. Representan la excepción a la característica de generalidad de la ley. Tienen rango de ley porque el inciso 1.º del artículo 102.º de la Constitución y el artículo 4.º del Reglamento del Congreso le confieren implícitamente una jerarquía homóloga a la ley.
Con relación a las resoluciones legislativas de aprobación de las normas reglamentarias internas del Congreso, conviene anotar que una de sus características es que su numeración corresponde a cada año y que se les denomina resoluciones legislativas del Congreso. Estas, además de aprobar las normas reglamentarias internas, también se usan, debido a la práctica parlamentaria, para aprobar, entre otras cuestiones, los siguientes:
Modificaciones al Reglamento del Congreso.
La agenda legislativa del período anual de sesiones.
Delegación de facultades legislativas a la comisión permanente.
Nombramiento de los magistrados del Tribunal Constitucional.
Declaración de la vacancia del Presidente de la República, del Defensor del Pueblo y del Contralor General de la República
La sentencia 00047-2005-AI establece claramente que la Declaración de vacancia tiene rango de ley, por lo tanto, puede ser materia de control constitucional. Adicionalmente el Tribunal Constitucional, por ejemplo, ha resuelto procesos de inconstitucionalidad contra resoluciones del Congreso (Caso 0006-2018-AI), en otros casos contra resoluciones legislativas, el Tribunal Constitucional ha señalado que "mientras no sea declarada la inconstitucionalidad de dicha Resolución Legislativa, ésta produce plenos efectos" (3760-2004-AA/TC). Es decir, se puede seguir un proceso de inconstitucionalidad contra la Resolución que Declara la Vacancia, hay antecedentes
3. Si se trata de fuentes: has mencionado que Amprimo participó en el proceso competencial, pues de igual manera yo podría cuestionar las referencias que contengan a César Landa (que son 2 de las 7 citadas) pues también participó en el proceso competencial e intervino a favor del Gobierno (del que ha facturado desde 2018 hasta octubre de 2020 más de 1 millón de soles como consultor de PCM). O sea, se puede cuestionar su imparcialidad. En el caso de otra fuente (DW), cita "la abogada constitucionalista y periodista peruana Rosa María Palacios". Rosa María Palacios, a quien conozco personalmente, no es constitucionalista, nunca ha llevado un curso de postgrado en derecho constitucional y ella nunca se autodenominaría como tal. No pertenece a la Asociación de Derecho Constitucional y tampoco ejerce la abogacía desde el año 1989. Entonces, la referencia de DW podría ser cuestionada por basarse en una "constitucionalista" que no lo es (y, conociéndola, ella nunca pretendería que la llamen como tal). Por ello considero que no puedes criticar o decir que una fuente es mejor que otra o descalificar a Amprimo, porque de las 7 fuentes te he dado un rápido ejemplo de cuestionamiento.
Considero que se debe mantener "Constitucional" y no debes retirarlo sin que acá se haya decidido. Porque estarías tomando una decisión unilateral sin consultar con otros usuarios. La edición estable (hasta ayer) mantenía "Constitucional". Siguiendo los criterios de Wikipedia, no lo debes retirar sin consultar. Saludos, --Rodriro (discusión) 04:52 16 dic 2020 (UTC)Responder
1. No. En Wikipedia el punto de vista neutral es lo que dice WP:PVN (que es una política oficial y a la que tenemos que ceñirnos) y ahí no se habla de "uniformidad de criterios en fichas de personas y autoridades". Menos aún en fichas. Las fichas son para auxiliar al artículo y no para determinar qué debe decir el artículo. Por último, lo constitucional de un presidente no lo determinan las fichas de wikipedia, lo determinan las fuentes y referencias. Y si a uno no le toca, no le toca. La base de todo esto es el respeto a las políticas, no podemos ir desnaturalizándolas para sustentar nuestras particulares formas de ver las cosas.
2. Sí, la sentencia del 2004 dice eso. Y dónde está la fuente que sustenta tu conclusión de que la resolución legislativa es controlable por acción de inconstitucionalidad (acá necesitas una referencia, no una interpretación) y de que, por lo tanto, tiene una "presunción de constitucionalidad" (acá necesitas otra referencia, no una analogía). Ten en cuenta que un acto puede ser declarado inconstitucional pero eso no implica necesariamente que sea objeto de una acción de inconstitucionalidad. Un acto puede ser declarado inconstitucional en acciones de amparo, habeas corpus y otros procesos de la jurisdicción de la libertad. Quieres concluir demasiado con muy poco sustento. Por lo demás, sin referencias, el tema no avanza. Y podemos citar todas las sentencias del TC que dicen que las resoluciones legislativas tienen rango de ley pero eso no sustenta el resto de tu razonamiento. Al final las fuentes dicen lo que dicen, no lo que queremos que digan.
3. Ok, eliminemos a Amprimo y a Landa entonces. ¿Qué hacemos con El Comercio, la Facultad de Derecho de la PUCP, France 24? Saquemos a Palacios también que da igual si es o no es. Y si me apuras googleo un poco y encuentro todas estas además: BBC hablando de "golpe" legislativo, ideele hablando de quebrantamiento del orden constitucional, El País diciendo que la vacancia es considerada ilegítima por la sociedad civil, La OEA pidiendo que el TC resuelva sobre la legitimidad y legalidad de todo esto, Radio y Tv Española rebotando a la OEA, Human Rights Watch señalando que la vacancia es una grave amenaza para el estado de derecho, El Centro de Investigación de la Universidad del Pacífico diciendo que el TC tenía que definir y seguimos sin respuesta, Profesor de la PUCP llamando al régimen como proyecto autoritario, ABC mostrando precisamente que el TC debía resolver la controversia, https://www.eleconomistaamerica.pe/politica-eAm-pe/noticias/10886706/11/20/Comunidad-internacional-muestra-preocupacion-por-situacion-del-Peru.html el Economista haciendo recopilación de países que consideraban que lo constitucional de esto estaba controvertido y debía ser aclarado]. Y eso sólo en dos páginas de google. Por cierto, ninguna de las fuentes habla de "presuncion de constitucionalidad de la vacancia". A lo que voy: el universo de fuentes que dicen que esto es un tema controvertido es enorme y, por una o dos que cuestionemos, no se cambia la contundencia de la realidad.
Entonces, volviendo a las políticas, esto es una cuestión de referencias. Esta largamente referenciado (mañana incluiré todas estas en los artículos) que la constitucionalidad de esto es algo controvertido (que es lo que vengo diciendo desde el inicio). Muy pocas fuentes hablan de que el tema fue constitucionalidad y ninguna señala que esto no sea una controversia.
Y para dejar en claro, yo no estoy diciendo que una fuente es mejor que otra. Yo lo que digo es que Amprimo no me parece independiente. Pero la fuente esta ahí y si quieres la puedes poner en el artículo con lo que se sustentaría, precisamente, que este es un tema controvertido.
Sobre la decisión unilateral, te cuento que la modificación de constitucional (búscalo en la historia del artículo) yo la puse desde noviembre mismo y sustenté ese cambio. Fueron otros wikipedistas (no sé quienes) los que añadieron el adjetivo sin explicar nada. Es a ellos a los que debes apuntar en la idea de "cambios sin consultar" porque el cambio sin consultar fue nombrar "constitucional" a algo que no se sabe si lo fue. Y lo que hago al regresar a la versión inicial es, precisamente, poner el punto 0 desde donde se inicia el debate. El hecho de que una edición que viola políticas esté buen tiempo en un artículo no la hace legítima. Chalo() 05:30 16 dic 2020 (UTC)Responder
Por cierto, participando en el debate y todo, introduciste sin explicación ninguna el término en el artículo Manuel Merino de Lama. No me digas a mi luego que soy yo el que está introduciendo cambios. Chalo() 05:33 16 dic 2020 (UTC)Responder
Acá puedes ver cómo el TC admite un proceso de inconstitucionalidad contra una Resolución Legislativa. Por ende, hasta que la Resolución Legislativa que declara la vacancia no sea declarada como inconstitucional, se presume su constitucionalidad. Del mismo modo puedes ver la Sentencia que consigna "Demanda de inconstitucionalidad contra la Resolución Legislativa 007-2017-2018-CR"
Respecto al artículo Manuel Merino, la edición estable desde la quincena de noviembre consigna "Presidente Constitucional", no lo debes modificar sin consultar. Saludos --Rodriro (discusión) 05:58 16 dic 2020 (UTC)Responder
Nuevamente, la presunción es algo que tu sacas de tu propia forma de entender esto. No tienes ni una sola fuente fiable, seria e independiente que lo sustente.
Por cierto, ¿has visto WP:PVN? Ahí hay algo que nos sirve para este tema:
La verdad: Wikipedia no es una fuente primaria, por lo que no podemos decidir cómo son realmente las cosas, o cómo deberían ser. Nuestra tarea es exponer el conocimiento que se tiene sobre ellas. Si algo está bajo debate, se describe el debate. Chalo() 06:03 16 dic 2020 (UTC)Responder
Podrías revisar un poco de Doctrina: por ejemplo el Tratado de interpretación constitucional: principios, métodos y enfoques para la aplicación de las constituciones de Segundo V. Linares Quintana (1992) en el cual menciona que "se presume la constitucionalidad de todos los actos de los Poderes Públicos" (pp. 585-590) o a Allan Brewer-Carías (1977) en El control de la constitucionalidad de los actos estatales en el que menciona que los "actos de los Poderes del Estado se amparan en el principio de presunción de constitucionalidad" (pp. 190-194). Saludos--Rodriro (discusión) 06:11 16 dic 2020 (UTC)Responder

Y muchos otros libros más, quizás. Pero, yendo nuevamente a lo que es el centro del tema. Lo que hay que revisar es WP:FP, WP:VER, WP:REF y WP:PVN. ¿Tú crees que la resolución de la vacancia es constitucional? La respuesta es una sóla: referencialo con un sustento de tu afirmación, no de las premisas con la que quieres tú hacer una conclusión propia. Eso es Fuente Primaria y no se hace en la wiki. Al final de cuentas acá lo que importa no es lo que tú o yo creamos, lo que termina valiendo son las fuentes y referencias. ¿Tienes fuentes que muestren que el tema está zanjado? Sácalas y sustenta con ellas. A fin de cuentas, lo que va a estar acá no es lo que tú o yo entandamos de las STC o las doctrinas. Eso es precisamente la definición de Fuente Primaria y la wikipedia no es lugar para eso. Ya me estoy repitiendo demasiado En fin, yo creo que ya he escrito demasiado y acá se necesitan dos cosas: a) más personas para el consenso y b) que referencies tus conclusiones. Y te dejo esa tarea abierta porque, por el contrario, la posición que sustento ya está referenciada en exceso. Chalo() 14:05 16 dic 2020 (UTC)Responder

Conforme a la RESOLUCIÓN DEL CONGRESO 001-2020-2021-CR Artículo 2. ... Declárase la vacancia de la Presidencia de la República y, en consecuencia, la aplicación del régimen de sucesión establecido en el artículo 115 de la Constitución Política del Perú., es una Resolución ejecutada que se fundamenta en la aplicación de la constitución, el único ente legal que puede afirmar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de esta Resolución es el Tribunal Constitucional, a la fecha no ha emitido pronunciamiento, ergo hasta que el TC diga lo contrario es Constitucional. --jjrt (discusión) 16:47 16 dic 2020 (UTC)Responder
Toda la parte que pones luego de las itálicas es conclusión tuya y no está referenciada. No existe ninguna referencia que diga que, mientras el TC no diga nada, la vacancia es constitucional. El mismo Eloy Espinoza-Saldaña ha dicho que es equivocado entender que porque el TC no dijo nada entonces se entiende constitucionalidad automática. Esta última afirmación sí está referenciada en el artículo y te repito acá el enlace.
Nuevamente, revisemos las políticas. WP:VER exige que toda afirmación tiene que estar referenciada. Si hay suficientes referencias que sustenten lo que tú concluyes, se acaba la discusión. Hasta ahora hay muchas interpretaciones pero no hay ni una sola referencia. Chalo() 17:00 16 dic 2020 (UTC)Responder
Sobre entendí que se sabía cuales son las funciones del TC, pero como no es así, aqui lo pongo:
La labor del Tribunal Constitucional es simple: defiende la constitución y se asegura que el país la cumpla a rajatabla.
Es decir, si se presenta alguna acción de inconstitucionalidad contra una ley, el TC se encarga de revisarla y decidir, en única instancia, si cumple o no con la carta magna.
Dicha atribución es definida por el artículo 202 de la Constitución, que además establece que evalúa en última y definitiva instancia las resoluciones denegatorias los procesos de hábeas corpus, amparo, hápeas data y cumplimiento".
Por último, el TC también debe conocer los conflictos de competencia, o de atribuciones asignadas por la Constitución. son las funciones del Tribunal Constitucional?
Aclarada las funciones, siendo objetivos: ¿se ha presentado alguna acción de inconstitucionalidad? (Ojo la anterior ya fué dictaminada). El TC es única, última y definitiva instancia. Según se nadie en Wikipedia representa al TC, ni el mismo Eloy Espinoza, ni los opinologos, etcc. Independientemente si su razonamiento es valido o la cantidad de partidarios que tengan.--jjrt (discusión) 17:28 16 dic 2020 (UTC)Responder
Ya, nuevamente, mucha condescendencia gratuita y mucho razonamiento propio pero ni una sola fuente que sustente que hoy por hoy no existe controversia sobre la constitucionalidad de la vacancia y el régimen. Ni una sola fuente que diga que ese es un tema zanjado o que deje sin piso a todas las demás referencias que dan cuenta que el tema es controvertido aún. Y sin referencias, no estamos hablando de nada.
Algunos errores: la "anterior" no ha sido ni dictaminada (declararon sustracción de la materia) ni ha sido una acción de inconstitucionalidad (fue un conflicto competencial). Para querer escuelear, hay que tener claros los temas. Por lo demás, precisamente porque nadie representa en la wiki al TC es que cada afirmación tiene que ir referenciada. Es así de simple. Yo digo y sustento que el tema es controvertido y ahí he puesto montaña de referencias. Los que dicen que el tema no es controvertido, tienen que ofrecer referencia seria, fiable e independiente que lo sustente. No hay más qué discutir.. Chalo() 17:52 16 dic 2020 (UTC)Responder
Es claro que existe controversia en la opinion pública sobre el tema, sin embargo eso no cambiará la situación legal actual, debido a que:
- La única, última y definitiva instancia es el TC. Pase y vea mi cita anterior.
- Para que el TC se pronuncie se debe presentar, acción de inconstitucionalidad o conflictos de competencia. Y a la fecha no se ha presentado. Pase y vea mi cita anterior.
Hasta la fecha legalmente es Constitucional, no importa cuantas fuentes cites.
Claro que sí. Y aunque quieres utilizar la falacia del absurdo, te mostraré que precisamente porque existen referencias es que existe un artículo como Tierra plana que está largamente referenciado. Chalo() 20:38 16 dic 2020 (UTC)Responder
Comentarios finales
1) La Resolución del Congreso que declara la vacancia puede ser materia de acción de inconstitucionalidad, como lo demuestra la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (EXP 00006-2018-AI - Demanda de inconstitucionalidad contra Resolución Legislativa)
2) Los actos del Congreso (el procedimiento parlamentario y la vacancia) gozan de Presunción de Constitucionalidad, siguiendo la doctrina (he citado las posiciones de Segundo V. Linares Quintana y Allan Brewer-Carías).
3) Mientras el Tribunal Constitucional no se pronuncie sobre la Resolución del Congreso, es constitucional, debido a que es el que conoce en instancia única, la acción de inconstitucionalidad (Artículo 202 de la Constitución).
4) Constitucionalistas como Natale Amprimo, Carlos Hakansson, Ernesto Álvarez (ex presidente del TC) han considerado que el proceso de vacancia fue constitucional, mientras otros han considerado que no lo fue. Ante ello, se debe entender que en atención a la Presunción de Constitucionalidad de los Actos del Congreso, se debe considerar al procedimiento como Constitucional, hasta que se demuestre lo contrario mediante Sentencia del Tribunal Constitucional. --Rodriro (discusión) 20:20 16 dic 2020 (UTC)Responder
Pero en tu punto 4 me estas dando la razón. Unos dicen que sí, otros dicen que no. Ergo: es un tema controvertido. Y no tienes ni una sola fuente seria, fiable e independiente que respalde tu argumento de que esa resolución legislativa tiene una "presunción de constitucionalidad". Ni siquiera los abogados que mencionas hablan de eso. Es líquido que ese argumento es tuyo (WP:FP y no una afirmación referenciada y enciclopédica.
Por lo menos, en lo que estamos todos de acuerdo, es que en la wiki no van ni tus razonamientos ni los mios sino los que esta adecuadamente referenciado. Pero en dos días no has puesto ni una sola referencia que respalde lo que afirmes. En fin. Chalo() 20:28 16 dic 2020 (UTC)Responder
1) El expresidente del Tribunal Constitucional y Decano de la Facultad de Derecho de la USMP Ernesto Álvarez ha sostenido sobre la Vacancia que "La declaratoria de improcedencia de la demanda significa que el acto administrativo y político sustentado en la Constitución, ha sido convalidado, porque hay que tener en cuenta que toda ley y acto político se considera constitucional cuando goza de la presunción de constitucionalidad y mientras no se señale lo contrario. Es decir, la vacancia de Vizcarra ha quedado constitucionalizada, porque en el TC no existen pronunciamientos en contra." en esta entrevista y también ha sostenido que las "decisiones de la única Cámara que tenemos gozan de presunción de constitucionalidad que el TC no pudo arrebatar" en esta columna
2) El constitucionalista Patricio Ato del Avellanal Carrera (profesor de Derecho Constitucional en la PUCP) ha sostenido sobre la Vacancia ' Nuestro sistema permite que lo sucedido sea constitucionalmente posible. Todo lo que desarrolla se reviste de una presunción de constitucionalidad que puede cuestionarse judicialmente En esta entrevista
3) Miguel Pérez Arrollo sostiene Debemos recordar, en este sentido, que dicho proceso de vacancia fue legitimado últimamente por el TC, por el hecho de la sustracción de la materia con que resolvió una pretensión competencial del ejecutivo contra el accionar del parlamento. Ello por abstracción jurídica y presunción de legalidad. El TC podía avocarse a discutir lo contrario, sobre la aplicación extensiva de las normas sobre demandas de inconstitucionalidad, pero no lo hizo. En este artículo
4) El abogado Alejandro Muñante, abogado y columnista de Gaceta Jurídica sostiene que la vacancia "Es constitucional porque en nuestro ordenamiento jurídico se encuentra vigente el principio de "presunción de constitucionalidad", el cual quiere decir, que toda norma (ley que declara la vacancia) se presume constitucional hasta que la autoridad jurisdiccional competente declare su inconstitucionalidad"
Son 5 fuentes que mencionan la presunción de constitucionalidad de la vacancia, al que le podemos añadir más si deseas (como una entrevista televisiva a Juan Carlos Ruíz Mollenda en la que mencionó lo mismo). --Rodriro (discusión) 21:23 16 dic 2020 (UTC)Responder
Perfecto, las fuentes están perfectas porque de esa manera terminan sustentando mas lo que inició todo: que el tema está controvertido. Incluso aquella que no citas y que de Muñante que lo hace en facebook y sabemos que eso no es una fuente ni seria ni fiable ni independiente. Y sería necesario que saques más fuentes para pretender sostener que lo que tu señalas (que esta sentada la constitucionalidad) es algo contundente. Hasta el momento no parece ser el caso.
Señalado eso, tenemos suficientes referencias para establecer que calificar de "constitucional" algo que está tan contradicho requiere, por lo menos una aclaración. Más allá que seguiría violando el Punto de Vista Neutral.
Entonces, hay dos caminos. O lo dejamos como sugerí "Presidente de la República" a la espera que, cuando esto se arregle se ponga lo que corresponda o lo ponemos como "Presidente Constitucional de la República" y añadimos la indicación clara - con todas las referencias que aplique - que la constitucionalidad de ese régimen está cuestionada y es materia de controversia. Porque no te olvides que esto es una enclopedia y en una enciclopedia con punto de vista neutral tiene que ir la información referenciada. Esas dos son las únicas opciones que no violan políticas de wikipedia.
Te dejaría a tí que elijas cual se va a dar. Chalo() 21:54 16 dic 2020 (UTC)Responder
Considero que se debe dejar "Presidente Constitucional de la República" y se podría poner una llamada y una nota al pie con lo que dices "que la constitucionalidad ha sido respaldada por un sector y cuestionada por otro sector". La llamada se hace con una letra y en la nota al pie se puede colocar un texto que podría ser: Entre los constitucionalistas hay opinioness que consideran que el proceso de vacancia fue constitucional y, por tanto, la asunción de Merino se ajustó a lo establecido por la constitución (Ernesto Álvarez, Amprimo, Ruiz Mollenda, Patricio Ato, Domingo García Belaunde, Hakansson, etc). Por otro lado, otros constitucionalistas y abogados han cuestionado el procedimiento parlamentario (y las referencias de El Comercio, PUCP, Alonso Gurmendi, César Landa etc)
Sin embargo, déjame hacer una aclaración: la constitucionalidad de la Resolución del Congreso (de vacancia de Vizcarra y de sucesión constitucional) no está (al momento) siendo materia de controversia judicial, pues recuerda que el Tribunal Constitucional es el que conoce en instancia definitiva el proceso de inconstitucionalidad (y no hay ningún proceso sobre la Resolución del Congreso). Por ello, no cabe el "es materia de controversia", pues no hay un proceso judicial. Controversias entre autores pueden haber muchas, y debe mencionarse eso: es una controversia entre constitucionalistas o entre sectores de la sociedad civil.
También considero que se debe retirar esas referencias que ponen a Rosa María Palacios como constitucionalista, he tenido oportunidad de conversar con ella y no está de acuerdo en que la denominen como tal. Por lo tanto, la referencia está invalidada por su propio autor citado.
Saludos, --Rodriro (discusión) 22:11 16 dic 2020 (UTC)Responder
Listo, me parece que el consenso está logrado y estamos cumpliendo bien con las políticas. Saludos. Chalo() 14:08 17 dic 2020 (UTC)Responder

Números de los presidentes editar

Es claro que en el Perú no utilizamos el ordinal para los presidentes (42° presidente, 53° presidente, 30° presidente). Ello porque ni oficial ni historiográficamente se ha hecho y si empezamos acá a hacerlo estamos cayendo en ser fuente primaria. Además que, en el siglo XIX hubo momentos con dos o tres presidentes simultáneos sin contar casos como, por ejemplo Luna Pizarro que ocupó el puesto varias veces (¿se le numera una vez, se le numera varias veces?)

Lo digo porque se han añadido numeraciones de Vizcarra en adelante que he revertido. Y creo que lo mismo debería hacerse con la columna de numeración que está en el cuadro porque conlleva a error y porque eso no es algo que esté sustentado en la historiografía. Nuevamente estaríamos actuando como fuente primaria. Sé que le da orden al cuadro pero me parece que ello no justifica que estemos dando lugar a una información errónea como sería creer que el título de Nicolás de Piérola fue el de "23° presidente del Perú".

Presento mi posición para iniciar el debate y que haya una decisión de consenso.Chalo() 04:08 15 dic 2020 (UTC)Responder

Preámbulo: El trabajo desarrollado responde a reforzar la identidad que con lleva el cargo de Presidente del Perú, en respuesta a la turbulenta semana vivida en noviembre 2020 que se saldó con dos lamentables víctimas, en aquella semana la identidad de dicho cargo ha sido puesto a prueba dejando claro su debilidad, más allá de la legalidad que la sustenta. Por otra parte, exhorto a respetar el trabajo que se desarrollan en general los colaboradores de Wikipedia y las criticas constructivas.
Entrando en materia, en aras de ser objetivo responderé de manera concisa:
  • Existe ordinalidad, aqui algunos ejemplos: "primer presidente del Perú" (Basadre, Jorge (4 de diciembre de 2014). «Tomo I». Historia de la República del Perú. Producciones Cantabria S.A.C. p. 56. ISBN 978-612-306-353-5. )"segundo presidente de la República" (Basadre, Jorge (4 de diciembre de 2014). «Tomo I». Historia de la República del Perú. Producciones Cantabria S.A.C. p. 298. ISBN 978-612-306-353-5. ). Se trata además de una práctica ampliamente usada en Wikipedia, en anexos de otros paises.
  • Este Anexo es de Presidentes del Perú, en la actual cronología de Presidentes solo están listados aquellas personas reconocidas por la legalidad y/o legitimidad, historiadores y páginas oficiales de gobierno como Presidentes del Perú.
  • Luna Pizarro nunca fue Presidente del Perú,
  • Respecto de los dos o tres presidentes simultáneos, sería objetivo mencionar a que caso refieres.
|---------> --jjrt (discusión) 03:15 16 dic 2020 (UTC)Responder
Varias Cosas
  1. Wikipedia es un trabajo comunitario que se rige por políticas. Es una enciclopedia libre en la que todos pueden colaborar respetando las políticas. En esa idea, el trabajo de un wikipedista se tiene que someter a las políticas y al consenso. Si un aporte no va conforme a eso, se tiene que adecuar, no es cuestión de respeto, es cuestión de mantener las políticas.
  2. Fuentes que digan que la ordinalidad en la nomenclatura de los presidentes del Perú es usada. No me refiero a primero o segundo sino, por ejemplo, quien habla del "vigésimo quinto presidente del Perú". Basadre no hace eso y en ninguna fuente tenemos esa práctica. Eso me lleva a pensar que no estamos recopilando información referenciada sino que estamos introduciendo una nueva forma de ver las cosas y eso va contra WP:FP.
  3. En los paises en que se utiliza la numeración ordinal (cómo Estados Unidos según veo) es porque esa numeración sí es una práctica oficial y está correctamente referenciada. Así, Biden es nombrado oficialmente como el 46° (creo) presidente y así. Esa práctica no está en el Perú, repito no hay una sóla fuente que se refiera a Sagasti como el 62° presidente del Perú. Pero además, el cumplimiento de las políticas debe darse en cada caso. Que un artículo en particular tenga una determinada información no implica necesariamente que todos los demás artículos deban hacerlo.
  4. No comprendo mucho la distinción que haces entre una cronología y otra.
  5. No fue presidente pero fue jefe de gobierno en un par de oportunidades. Tal vez no sea el mejor ejemplo. Hablemos entonces de Ramón Castilla. (¿se le enumera una vez, se le enumera varias veces, existen fuentes que digan que se le enumera ordinalmente?)
  6. Vivanco y Nieto. O Vivanco y Castilla. Elías, Castilla y Figuerola por ahí nomas. Castilla y Echenique. Iglesias y Montero.
Finalmente, aprecio el trabajo que consiste en separar gobernadores de presidente pero me queda la impresión que eso es un trabajo original tuyo que introduce una nueva forma de ver la lista de gobernantes del país. Pero por eso mismo, creo que no encaja con esta política. Wikipedia no es el sitio donde haya que introducir nuevas formas de ver la información. Chalo() 04:52 16 dic 2020 (UTC)Responder
En conciso:
1. Así como la Constitución del Perú su interpretación y aplicación debe ser de buena fe, sin cometer tropelías.
2. Los conocimientos han sido recopilados. Se sigue la metodología de Jorge Basadre, denomina a José Bernardo de Tagle "segundo presidente" pese a que tiene dos mandatos consecutivos (1823 - 18 nov 1823) (18 nov 1823 - 1824).
3. Los usos y costumbres dan derecho, algunos ejemplos de práctica ampliamente usada: Anexo:Presidentes de Panamá, Anexo:Presidente de Costa Rica, Anexo:Presidentes de Guatemala, Anexo:Presidentes de Brasil, Anexo:Presidentes de la República Dominicana
4. Cuando un presidente se ausenta (viaje, enfermedad, etc), queda un encargado del gobierno, este encargado gobernante no se convierte en Presidente. Mercedes Araoz encargada del despacho presidencial.
5. Aplica 2 y 3.
6. En cada caso:
- Vivanco y Nieto (1843-1844): Basadre solo considera a Vivanco.
- Vivanco y Castilla (1843-1844): Basadre solo considera a Vivanco.
- Echenique (periodo finaliza 5 de enero 1855) y Castilla (inicia 05.01.1855)
Este Anexo es de Presidentes, tu conclusión final está fuera de lugar.--jjrt (discusión) 11:41 16 dic 2020 (UTC)Responder
La Wikipedia no es lugar para interpretar la constitución. Acá las cosas trabajan con referencias y las tropelías son, precisamente, hacer las cosas contra las políticas.
¿Quién ha recopilado los conocimientos? ¿Quién ha determinado que personaje entra a la cronología y quien no? ¿La fuente? Si la recopilación la has hecho tú, es fuente primaria y no va.
Que Basadre haya dicho que Torre Tagle fue el segundo presidente no es ningún método y menos aún ha establecido la numeración ordinal de los presidente. Dejemos de forzar las fuentes. Las cosas dicen lo que dicen, no lo que se quiere que se diga para sustentar una acción en particular.
La Wikipedia se rige por sus políticas, no por usos y costumbres. Lo que sirve en Panamá, Costa Rica y Guatemala y otros no necesariamente sirve en todos lados.
No puedes sustentar el papel de Luna García con una noticia sobre Mercedes Aráoz. Hay más de 150 años al medio.
¿En qué fuente seria, confiable e independiente te basas? Que Basadre diga que el presidente era uno u otro no da pie a que afirmes que es el "décimo sexto" o el "vigésimo primero".
La conclusión es más simple que esa: El anexo no por ser anexo deja de necesitar estar referenciado y lo que hay que referenciar acá son dos cosas: fuente donde se ponga que los presidentes del Perú se nombran de manera ordinal y fuente que haya hecho la separación entre presidentes y gobernantes que estas realizando. Sin ellas, esto sigue siendo Fuente Primaria Chalo() 14:14 16 dic 2020 (UTC)Responder
Breve y objetivo:
  • Aquí pretenden interpretar la constitución debatiendo la Constitucionalidad de régimen de Manuel Merino.
  • Como dice literalmente en el texto introductorio de Anexo:Presidentes_del_Perú#Presidentes_del_Perú la lista es tomada de Basadre, de las secciones "Linea de tiempo" y ademas está referenciado. Como ni tu ni yo le podemos enmendar la plana a Basadre y el millar de libros impresos, queda cerrado el tema de quienes integran la lista.
  • Respecto de la ordinalidad, bajo los argumentos ya expuestos, la metodología y su aceptado uso en Wikipedia en otros paises con exactamente igual circunstancia, si existiera política que sea aplicable, debe ser aplicable de manera general.--jjrt (discusión) 15:52 16 dic 2020 (UTC)Responder
  1. Precisamente lo que yo defiendo en el tema de mas arriba es que Wikipedia no es el sitio donde interpretar la constitución. Acá funcionamos con referencias. Si se quiere interpretar la constitución: que se publique un artículo en un foro adecuado, no en la wiki.
  2. Basadre no es la tarjeta que va a servir para todo. Basadre no ha hecho el cuadro que pretendes poner ahí, Basadre no ha defendido que los presidentes del Perú deben nombrase ordinalmente y sí existiera algún libro impreso (no son necesario millares) que lo sustente no tendrías problemas en referenciar esas cosas sin tener que inventar temas como la supuesta "metodología" de Wikipedia. Wikipedia funciona con políticas no viene creando metodologías, chequéalas.
  3. Te paso una guía mas: Wikipedia:Qué es un anexo bueno. Al duplicar la información introduciendo una nueva cronología interpretando a Basadre y usando la supuesta metodología de Wikipedia, el anexo no está bien construido, deja de ser cómodo y fácil de leer. A la par que introduce información que no está referenciada. Nuevamente, busquemos una sóla fuente -una sóla- que diga que Piérola es el "23° presidente del Perú".
  4. Al igual que en el caso anterior, acá yo ya escribí mucho. Sería mejor llamar la atención de la comunidad en el Café para ver cómo se consensúa estos temas. Chalo() 16:13 16 dic 2020 (UTC)Responder
Quiero aportar mi opinión y esta vez concuerdo con el usuario jjrt, colocar el numero de presidente que es no es inventar, es decir simplemente en que orden es cada presidente y esto no aplica solo aquí. Por ejemplo yo puedo decir que Daniel Olivares es el segundo portavoz del Partido Morado en el Congreso de la República del Perú solo para diferenciar y hacer comprender mejor el orden que tiene en este caso con Francisco Sagasti. Y esto como vemos no es exclusivo de Perú sino de España, Estados Unidos y cantidad de países. Justamente yo antes estaba investigando y me resultaba dificil obtener la info de que número de presidente es Vizcarra y la obtuve de wikipedia en inglés. Creo que es bueno colocarlo en wikipedia:en español ya que aporta datos extra incluso. Eso es lo que veo. :) Hugener (discusión) 17:29 16 dic 2020 (UTC)Responder
Pero es que el problema no es que esa info sea o no sea útil sino si está adecuadamente referenciada. En el Perú no se enumeran los presidentes como tampoco se enumeran los congresos (nadie dice primer congreso, segundo congreso, etc. como nadie dice el quinto presidente, el sexto presidente, el vigésimo cuarto presidente).
Entonces, en la medida en que ese uso no se deriva directamente de una fuente, estamos cayendo en fuente primaria. Existen infinidad de datos o conclusiones que pueden ser útiles pero Wikipedia no es el sitio donde ponemos esas cosas porque es una enciclopedia, no una fuente primaria. WP:FP y WP:VER. Chalo() 20:37 16 dic 2020 (UTC)Responder
Enumerar me parece interesante para ordenar, sin embargo la historia del Perú puede ser compleja, pues existieron presidencias paralelas, como ennumerar eso? concuerdo en que se necesita de una fuente primaria, y esta no debe ser wikipedia. --Fernando6718 (discusión) 23:51 16 dic 2020 (UTC)Responder
Coincido con Fernando6718 (disc. · contr. · bloq.), no se puede enumerar presidentes. Por ejemplo: En 1844 Figuerola gobernaba en Lima y Castilla se autoproclamó Presidente en Arequipa (con junta de gobierno incluida). Así como este hay otros casos. Saludos, --Rodriro (discusión) 23:31 25 dic 2020 (UTC)Responder

  Propuesta desestimada. Parece ser que el consenso mayoritario en este tema se decanta por la no numeración del orden de presidentes (al que me sumo), ya que no existe ni la costumbre (algo institucionalizado en los Estados Unidos en la presidencia, o en España por el número de legislatura) ni las fuentes adecuadas oficiales (Normas legales o la Constitución) como para utilizar (o inventar) un número ordinal determinado para cada presidencia. Dado, además, que existen problemas de cogobiernos y autoproclamaciones, no es útil una numeración. No debemos, por tanto, caer en crear una columna que recoja este dato, ni mucho menos acomodar una argumentación para utilizarlo: un nº de orden es, por tanto, inviable. He retirado la columna y creo que se deberían de retirar de las fichas de los presidentes (que parece que han sido enlazadas a este Anexo colocándoles la "supuesta" numeración. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   12:29 23 ene 2021 (UTC)Responder

Hola MACS, como se puede verificar en el listado anexo que corresponde unicamente a Presidentes, no existen problemas cogobiernos y autoproclamaciones que muestren complejidad en una numeración. Adicionalmente, la ordinalidad corresponde a un uso ampliamente aceptado en Wikipedia en anexos de otros paises con exactamente igual circunstancia que el de Perú, el numerar y ordenar no lo inventó ningún pais en particular. Saludos. jjrt (discusión) 22:21 23 ene 2021 (UTC)Responder

Pero vamos a ver. La numeración es una cuestión fáctica ya que no existe la costumbre ni la legislación que enumere a los presidentes. Si nosotros numeramos pasa que se puede generar confusión al usuario lector, y realmente tampoco aporta mucho. Veo que, aparte de mi comentario hay más a favor de no numerar con lo que la negativa, de momento, es mayoritaria. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   19:42 26 ene 2021 (UTC)Responder

Ya que están hablando de este tema, quiero dar mi opinión al respecto y pienso que enumerar a los presidentes no es algo que nos estemos inventando o no tengamos referencias para ser una fuente primaria, simplemente es ordenarlos cronológicamente de acuerdo en que ocuparon el cargo, además sirve de mucho no solo en esto sino también para saber quien fue el primer, cuarto, etc. imaginemos secretario general del APRA que no podemos ubicar la info facilmente al no haber ni poder sacar anexos al respecto ya que se colocaría como sin relevancia enciclopédica. Hugener (discusión) 19:56 26 ene 2021 (UTC)Responder
Ordenados cronológicamente están. Pero numerarlos significa una estabilidad, lo cual no es real en la historia del cargo. Aparte de caer en fuenteprimarismo porque no tenemos bibliografía para ello. El ejemplo que pones del APRA es algo confuso... MACS >>> (click en el sobre para responderme)   20:12 26 ene 2021 (UTC)Responder
No creo la verdad que sea una fuente primaria, te doy un ejemplo: Hay una referencia que nació en 16 de agosto de 2002. Entonces suponer que tiene 18 años sería también fuente primaria ya que no dice exactamente eso. Lo mismo pasa con estos datos, ya lo ordenamos y esa es la conclusión de como están ordenados. El caso del APRA lo dije por el motivo que no solo los presidentes deben ser enumerados sino otros cargos también. Hugener (discusión) 20:20 26 ene 2021 (UTC)Responder

Concuerdo con la opinion de Hugener, en este caso estamos numerando lo que ya está organizado, entiendo es un desproposito exigir una bibliografia para un dato de esa naturaleza. Como menciona Hugener, si tenemos de dato que una persona nació el 16 de agosto de 2002 y sabemos que no ha fallecido, podemos afirmar sin necesidad de fuente alguna que la persona tiene 18 años.jjrt (discusión) 02:21 27 ene 2021 (UTC)Responder

Desde que el tema fue reabierto hemos participado y argumentando nuestras posturas, finalmente sobre las 2 últimas posiciones postuladas no ha existido oposición, con lo cual se puede concluir que el tema está zanjado y se restablecerá la numeración. Saludos. jjrt (discusión) 05:59 31 ene 2021 (UTC)Responder
Nada más lejos de la realidad. La numeración no es costumbre, con lo cuál no es viable y solo sería confundir. MACS >>>   07:31 3 may 2022 (UTC)Responder

Se debe crear un nuevo articulo editar

Considero que deberia crearse un nuevo articulo "Gobernantes del Perú", para abarcar a todos los gobernantes, y este articulo enfocarse solo a los cargos presidenciales, el hecho que este articulo contenga dos listas duplicadas llega a ser confuso, mejor crear un nuevo articulo, tomo como ejemplo el caso de Argentina que tiene dos artículos: Anexo:Presidentes de la Nación Argentina Anexo:Gobernantes de Argentina --Fernando6718 (discusión) 23:41 16 dic 2020 (UTC)Responder

Me auno a este pedido, esto evitaría cualquier confusión, este anexo se enfocaría especificamente en los Presidente.--jjrt (discusión) 11:22 24 dic 2020 (UTC)Responder
Pues sería buena idea siempre y cuando exista la fuente previa. ¿Es algo establecido en la historiografía peruana el hacer ese cambio entre quienes son los presidentes y quienes los gobernantes? Es posible que algún autor haya hecho menciones aisladas que pueden entenderse como que sí pero esto es una enciclopedia y no una revista de divulgación de historia. Si vamos a hacer dos anexos donde sólo basta uno, por lo menos que sea de algo enciclopédico y que esté referenciado con varias fuentes. Que si no vamos a terminar haciendo "anexo de la visión de tal historiador de cómo se cuentan los presidentes del Perú". Por que no estaremos pensando que vamos a dejar esa determinación a la buena intención de los wikipedistas porque estaremos haciendo, precisamente, lo que wikipedia no puede hacer por WP:FC.Chalo() 13:31 24 dic 2020 (UTC)Responder
¿Que historiador o fuente creible ha dictaminado/escrito que todos los que se mencionan en el apartado Anexo:Presidentes_del_Perú#Presidentes_y_gobernantes_interinos_del_Perú son Presidentes? Si no existe una fuente que los nombre a todos ellos como tal, podemos concluir que no lo son y no tienen cabida en este apartado que es sobre Presidentes. Como algúno ardorosamente escribe Wikipedia no es WP:FP.--jjrt (discusión) 14:21 24 dic 2020 (UTC)Responder
Perfecto. Traslademos todo al anexo de gobernantes, dejemos sólo un cuadro porque dos es absurdo y nos evitamos todo el problema, condensemos en ese cuadro la información referenciada que se tiene y punto. Eso es precisamente es a lo que se iba y de lo que vengo escribiendo hace tiempo. Y, desde dónde yo lo veo, gracias al ardor en escribir, se ve luz al final del túnel. Si no fuera por eso, seguiríamos teniendo un anexo destruido con opiniones personales puestas como información enciclopédica, con datos duplicados, pesadísimo para cargar y complicadísimo para entender. Por ahí va el camino. Chalo() 13:17 25 dic 2020 (UTC)Responder
Ya le comenté hace un tiempo al usuario en cuestión de la inviabilidad de tener dos listas, y la necesidad de fusión (ya sea por duplicidad de datos, o por hacer inmanejable en un solo Anexo). Así que veo que no es solo cosa mía. De momento creo que lo mejor será ocultar una de las dos listas hasta mejorar-fusionar-independizar una de ellas. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   16:24 25 dic 2020 (UTC)Responder

Argumentaré objetivamente mi posición:

PD: MACS Lamento no haber respondido al mensaje, aún no tenía formada opinión sobre lo mas pertinente al respecto.
--jjrt (discusión) 02:29 26 dic 2020 (UTC)Responder


1. Falacia de autoridad. Basadre es importantísimo pero no es palabra santa en el sentido de que sea la única referencia que importa o, peor aún, en el sentido de que si no lo dice Basadre entonces no existe.
2. ¿En realidad estás diciendo que no existen referencias de que Luna Pizarro se encargó del gobierno del país en algún momento? Sería útil que definas adecuadamente la idea que quieres comunicar porque esa no tiene ni pies ni cabeza. Chalo() 13:59 28 dic 2020 (UTC)Responder


1. Respecto de Anexo:Presidentes_del_Perú#Presidentes_del_Perú, he hecho hincapié en la fuente-autor para dejar claro que se trata de una fuente fiable, y no una opinión personal.
2. Sobre Francisco Xavier de Luna Pizarro, coloqué una reseña de su biografía para que se tenga claro sobre lo más resaltante de su historia, su trabajo principalmente estuvo abocado al ámbito legislativo. Por otra parte, en ninguno de sus Tomos Basadre lo denomina presidente, lo que es más tampoco relata que Francisco Xavier de Luna Pizarro hubiera recibido la encargatura del Poder Ejecutivo o la hubiere tomado de facto, ni en 1822 ni en 1833, como está consignado en Anexo:Presidentes_del_Perú#Presidentes_y_gobernantes_interinos_del_Perú, en dicho cuadro tampoco se tiene fuente/referencia para corroborar este punto.
Consulté otros libros sobre Francisco Xavier de Luna Pizarro y esto he hallado:
  • Historia del Perú Contemporánea, Carlos Contreras y Marcos Cueto, V Edición (en este libro se lo menciona 2 veces):
- Pag. 49 "Fue en torno a la Constitución de Cádiz y a las elecciones que debieron realizarse para la formación de los Ayuntamientos, las diputaciones provinciales y la designación de los representantes peruanos a las Cortes (un tema que amerita mayor estudio) que se sacudieron las conciencias de hombres como Faustino Sánchez Carrión, Francisco Luna Pizarro y los propios rebeldes del Cuzco ya mencionados."
- Pag. 104 "Francisco de Luna Pizarro, sacerdote que fungía como la eminencia gris del Congreso".
  • Nación y Sociedad en la Historia del Perú, Peter F. Klarén, I Edición (nombrado una vez):
- pag. 166: "...y el sacerdote Francisco Javier Luna Pizarro, sacerdote que fungía como la eminencia gris del Congreso, donde promovía la posición liberal, según la cual al Perú le convenía un gobierno republicano con división de poderes."
Por lo pronto, a falta de fuentes fiables sobre lo consignado en Anexo:Presidentes_del_Perú#Presidentes_y_gobernantes_interinos_del_Perú respecto que Francisco Xavier de Luna Pizarro se hubiera ocupado de Encargado Interino del Poder Ejecutivo (1822) y Encargado interino del Ejecutivo (1833), se trataría de WP:FP.
Como ya he argumentado objetivamente con anterioridad la lista Anexo:Presidentes_del_Perú#Presidentes_del_Perú debería permanecer en el presente Anexo y separar Anexo:Presidentes_del_Perú#Presidentes_y_gobernantes_interinos_del_Perú en una Anexo de Gobernantes del Perú con alguna anotación que advierta que requiere revisión y fuentes fiables (son varios los personajes incluidos que no tienen referencia)
--jjrt (discusión) 06:56 29 dic 2020 (UTC)Responder
Sobre "Francisco de Luna Pizarro no se trataría de una WP:FP, puesto ya se encuentra en este listado de gobernantes de la pagina web del Congreso http://www.congreso.gob.pe/biblioteca/presidentes/1821-1850/ --WeskerRe55 (discusión) 02:04 9 ene 2021 (UTC)Responder

Claro que está allí, pero no por ser Presidente de la República del Perú, si no por ser Presidente del Congreso. Que en ningún caso existe evidencia que ubiera ocupado de alguna manera las funciones del Poder Ejecutivo, he citado arriba algunos libros fiables y biografia.--jjrt (discusión) 02:11 9 ene 2021 (UTC)Responder

Pero si esta considerado como un "gobernante" más en el listado citado, así que ¿para que omitir? No se trata de una WP:FP, Francisco de Luna Pizarro esta incluido en el listado de la Web del Congreso, entonces su inclusión en el nuevo articulo Gobernantes del Perú es correcto. --WeskerRe55 (discusión) 02:20 9 ene 2021 (UTC)Responder
Por ello Francisco de Luna Pizarro y otros personajes más que hubieren sido borrados del listado de gobernantes deben ser restaurados al estar reconocidos por aquel listado, incluso tu mismo reconoces más arriba que "gobernaron interinamente" --WeskerRe55 (discusión) 02:26 9 ene 2021 (UTC)Responder
Entiendo tu punto de haber ubicado una fuente que podría respaldar el argumento, sin embargo, hay que tomar esa lista con mucha cautela, ya que el mismo congreso en la extensa Biografia de Luna Pizarro, no menciona este evento[12]
Por otra parte, esta lista está dedicado exclusivamente a Presidente de la República del Peru, para Gobernantes si cabe el caso existe el Anexo:Gobernantes del Perú--jjrt (discusión) 02:28 9 ene 2021 (UTC)Responder
Claro, tengo entendido que se creó un nuevo articulo de Gobernantes, y mi reclamo es para que se restaure la mención de Luna Pizarro y de cualquier otro personaje que hubiere sido borrado de la lista que fué movida, pues no se encuentra en el nuevo articulo de Gobernantes, saludos --WeskerRe55 (discusión) 02:34 9 ene 2021 (UTC)Responder

Dado que luego de una minusciosa revisión del caso de Luna Pizarro, al no encontra una fuente fiable que confirme que hubiere ocupado la encargatura del Poder Ejecutivo, respetando WP:FP lo retiré de esa lista y fué el único. Sin embargo, el tema está abierto, el único requisito para agregarlo como corresponde es que sea sustentado por una fuente fiable. Copiaré esta discusión al Anexo:Gobernantes del Perú y seguiremos allá.

¿Silencio equivale a consentimiento? editar

En ninguna parte de las políticas de wikipedia se señala que el silencio equivale a consentimiento? No inventemos reglas para favorecer posiciones particulares. Chalo() 00:50 7 ene 2021 (UTC)Responder

Está escrito literalemente en Wikipedia: Wikipedia:Consenso#Alcanzando_el_consenso, te exhorto a evitar una guerra de ediciones.--jjrt (discusión) 00:55 7 ene 2021 (UTC)Responder
Bueno, admito error. Revertiré lo mio y que decida el foro. Chalo() 01:20 7 ene 2021 (UTC)Responder

Inviabilidad de dos listados editar

Tener dos tablas de presidentes o gobernantes es inviable porque muchos datos se repiten y no sería un Anexo útil. De hecho aquí podemos encontrar buenas directrices, entre las que figura que debe ser manejable, y este no lo es. Así que vuelvo a ocultar la nueva lista hasta que se solucione esta situación. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   06:27 7 ene 2021 (UTC)Responder

Hola MACS, como escribí en la reversión anterior dado que la discusió9n anterior quedo zanjada, estoy trabajando las remodelaciones y separación en breve la publicaré.--jjrt (discusión) 06:41 7 ene 2021 (UTC)Responder

Bueno. Esperemos a ver si queda mejor de lo que está ahora. Saludos y ánimo MACS >>> (click en el sobre para responderme)   07:40 7 ene 2021 (UTC)Responder

Los siete Presidentes editar

Este hecho en efecto es mencionado por Basadre, evento fijado durante la Confederación Perú-Boliviana, sin embargo la orientación en la que lo hace es más como una situación anecdótica sin mayor precisión cronológica, una circunstancia efimera enmarcado entre sucesos y de hecho no forma parte de la sección Línea de Tiempo. El periodista José Luis Vargas Sifuentes[13], hace mención a este evento, malinterpretando el sentido del texto que situa el anécdotico momento entre sucesos:
La guerra continuó sin que se produjeran, de inmediato, acontecimientos decisivos. Una columna desprendida del ejército de Santa Cruz, fue batida por los chilenos en el pueblecito de Matucana (18 de setiembre). El norte se pronunció por la Restauración salvo, un instante, el departamento de Huaylas que proclamó al general Francisco de Vidal. En ese preciso momento, el Perú tuvo siete presidentes simultáneos:
1 Santa Cruz, protector de la Confederación.
2 Gamarra, presidente de la República peruana resurrecta.
3 Orbegoso, presidente del Estado Norte.
4 Riva-Agüero, nombrado por Santa Cruz para ese mismo cargo al saber la defección de Orbegoso.
5 Pío Tristán, presidente del Estado Sur.
6 Nieto, que por entonces hacía correrías por el norte, con despachos de jefe supremo expedidos por Orbegoso y que , mal recibido en Piura y abandonado por sus tropas, tuvo que seguir a Guayaquil.
7 Vidal, este aceptó, por fin, eliminado Orbegoso, un lugar en el ejército de la Restauración.
Cuando Salaverry perdió la Batalla de Socabaya, entró de facto la vigencia del pacto Orbegoso-Santa Cruz (15 de junio de 1835), posteriormente instaurado con la "legal" escisión de la República del Perú y conformación de la Confederación Perú-Boliviana que fenece de facto con la Batalla de Yungay. Este preambulo sirve para clarificar que durante esos sucesos la República del Perú, dejó de existir y fué posteriomente Restaurada, por lo cual lo es prudente retirar de este anexo a todos quienes detentaron cargos en ese periodo y colocar la referencia en la lista de Para el listado de los gobernantes durante este periodo: Gobernantes de la Confederación Perú-Boliviana.--jjrt (discusión) 04:44 8 ene 2021 (UTC)Responder

Pero si fueron personajes que ejercieron el cargo de "presidente" en el territorio del Perú, excepto Santa Cruz que tenia el cargo de "Protector", aun así presidió la Confederación como el Jefe de Estado. Esta es una etapa importante en la Historia del Perú, por lo tanto no debería borrarse. --Fernando6718 (discusión) 01:37 9 ene 2021 (UTC)Responder

Si bien fueron presidentes y/o gobernantes, ninguno detentó el cargo de Presidente de la República del Perú, la evidencia de ello son los nombres de los cargos y que durante dichos sucesos la República del Perú dejó de existir (de facto y luego refrendadas por congresos constituyentes y constituciones), que posteriormente Gamarra tuvo que ocupar casí un año en reorganizar y restaurar la legalidad de la República del Perú. En adición a lo mencionado, este Anexo está dedicado exclusiva y excluyentemente a los Presidente de la República del Perú (indicado así en el texto introductorio del presente anexo), para otros eventos excepcionales como este caso, existe el Anexo:Gobernantes del Perú que se ajusta de mejor manera a este propósito. No se trata de eliminar si no de organizarlos de manera idónea, para tal efecto dejé el link para que quien desee leer sobre el tema se dirija facilmente a el. --jjrt (discusión) 02:02 9 ene 2021 (UTC)Responder

En el caso de Orbegoso si detentó el cargo de Presidente del Perú, declarando la secesión del Perú de la Confederación, justificando su cargo como una continuación de su nombramiento como presidente provisorio del 21 de diciembre de 1833, si bien apenas tenia el control del Norte, reclamaba el Sur también como parte de la República del Perú; ahora bien en el caso de Gamarra tampoco tenia el control de todo el territorio cuando se proclamo como presidente provisorio en 1838, por lo tanto es una etapa interesante que merece ser retratada en la lista, omitirla seria un error. --Fernando6718 (discusión) 02:12 9 ene 2021 (UTC)Responder

Conforme a los hechos: Si bien Orbegoso declara independiente de la Condederación al Nor-Perú (30 de julio 1838), apenas 2 meses luego la anexiona nuevamente a la Confederación. Esta efímera independencia solo abarca el Norte del Perú, lo cual no equivale ni factica ni legalmente a la República del Perú, dado ello lo mas prudente sería ubicarlo en el Anexo:Gobernantes del Perú, actualmente no lo está.
Un punto aparte, tenemos la reflexión de Basadre: LA PATÉTICA FIGURA DE ORBEGOSO.- Orbegoso había significado

  1. inicialmente una reacción contra el caudillaje militar y autoritario gamarrista con fervoroso sentido popular y liberal.
  2. Se sintió atraído más tarde a las ideas de algunos federalistas del sur; y, en una angustiada situación frente al poder creciente de Salaverry en el norte y frente al inminente regreso de Gamarra, pidió la alianza de Santa Cruz y facilitó su intervención.
  3. Secuaz prominente de ella, vio recortada su potestad de presidente de la República del Perú y quedó reducido a ser presidente del Estado Nor-Peruano.
  4. Pero en una cuarta etapa dio acogida, con Nieto, al sentimiento patriótico nor-peruano sublevándose contra la Confederación, para intentar una solución en la guerra, que fuera a la vez antichilena y antiboliviana.
  5. Una quinta actitud había sido la transacción con Santa Cruz para combatir a los chilenos.
  6. Una sexta actitud, el retiro a Guayaquil.--jjrt (discusión) 03:31 9 ene 2021 (UTC)Responder
Verificando el mapa, el control de Gamarra en 1838 cuando es proclamado presidente provisorio, su control del territorio igualmente es mínimo, lo cual no equivale ni fáctica ni legalmente a la República del Perú... Pero es considerado presidente desde 1838, lo cual no niego, simplmente Ornegoso también fue presidente del Perú tras romper relaciones con la Confederación, y a pesar de tener poco control del territorio, solo del Norte (reclamaba la totalidad de la Republica del Perú), entonces no tendría por que ser desconocido, y tampoco los demás "presidentes" que a pesar de ser gobernantes de otras entidades, fueron entidades conformadas por parte del territorio del Perú y es una parte importante de la historia nacional.
Además en los cuadrantes previos a el cambio de "7 presidentes", se daba a entender como un enfrentamiento directo entre Gamarra (Ejercito Unido Restaurador) VS. Santa Cruz (Confederación), cuando quienes comandaron a los restauradores eran Manuel Blanco Encalada y posteriormente Manuel Bulnes. Siendo entonces mas ideal cuadrantes de los "Los 7 Presidentes durante la guerra por el establecimiento y disolución de la Confederación Perú-Boliviana" --Fernando6718 (discusión) 05:14 9 ene 2021 (UTC)Responder
 
Una serie de secuelas en la cual se muestra la disolución de la Confederación Perú-Boliviana; los diferentes colores representan las áreas de control.
     Confederación Perú-Boliviana      Territorio controlado por los restauradores      Primer Gobierno Provisional del Perú      República Peruana del Norte (Control de Orbegoso)      Segundo Gobierno Provisional del Perú (Control de Gamarra)      Gobierno Provisional de Bolivia      Nueva República Peruana      Nueva República de Bolivia      Territorio controlado por el Ejército Unido durante la restauración                      Línea fronteriza de facto después de la disolución      Territorio en disputa entre la Confederación Perú-Boliviana y la Confederación Argentina antes de la disolución      Territorio en disputa entre Bolivia y la Confederación Argentina después de la disolución

--Fernando6718 (discusión) 04:50 9 ene 2021 (UTC)Responder

Tienes razón en ese punto, la fecha aclara cuando se aclama de facto al Presidente de la futura victoria de Restauración, sin embargo tambien se presta a una mal interpretación sobre su mandato, propongo 2 opciones a colocar en la celda de inicio de mandato de Gamarra:

  1. Historia de la República del Perú (2014) Tomo I Pag 44:
    FRANCISCO JAVIER DE LUNA PIZARRO (1780-1855) Al arzobispo de Lima puede verdaderamente considerársele un hombre polifacético. Además de primer presidente del Congreso Constituyente, el religioso arequipeño fue abogado, filósofo, diputado por su departamento natal, senador y arzobispo de Lima desde 1846. Luna Pizarro recibió la primera tonsura en 1791, en el seminario Conciliar san Jerónimo. En 1816 se incorporó al Cabildo Metropolitano de Lima, donde llegó a ejercer la secretaría en 1822. Un año antes, integró la junta patriótica. Ese mismo año le fue concedida la Orden del sol y pasó a integrar la sociedad Patriótica.
  2. Historia de la República del Perú (2014) Tomo I Pag 119:
    HIPÓLITO UNANUE (1755-1833) El médico Hipólito Unanue fue uno de los próceres más importantes de la causa separatista. En 1821 dejó las filas realistas y suscribió el Acta de la independencia de nuestro país. Entre 1822 y 1823 presidió el Congreso Constituyente. Asimismo, fue nombrado por Bolívar ministro de Gobierno y de Relaciones Exteriores en varias oportunidades.
  3. * Proclamado en Cabildo Abierto: 24 de agosto 1838
    * Efectiva de facto luego de la victoria en la Batalla de Yungay: 20 de enero de 1839
  4. *Proclamado: 24 de agosto 1838
    *Efectiva de facto luego de la victoria en la Batalla de Yungay: 20 de enero de 1839

-->--jjrt (discusión) 05:38 9 ene 2021 (UTC)Responder

Respecto de la imagen, como habras notado estuvo colocado mas a termino decorativo, si esa es la objeción en lugar de las fotos de Gamarra y Santa Cruz, propongo colocar la bandera portada por los bandos en Guerra.--jjrt (discusión) 06:28 9 ene 2021 (UTC)Responder

Discusión zanjada se puso en efectivo la propuesta.jjrt (discusión) 00:31 2 feb 2021 (UTC)Responder
A favor, la presidencia de Orbegoso como Presidente del Perú (secesionado de la Confederación) debe agregarse, puesto que no es lo mismo esa presidencia, que su presidencia sobre el Estado Nor Peruano de la Confederación Bodoque9903 (discusión) 19:31 24 jun 2021 (UTC)Responder
Si bien tienes razon que los otros gobernantes que no tienen el titulo de Presidente del Perú, esta menor en el artículo de gobernates, no debe omitirse la efimera presidencia de Orbegoso, cuando proclamó la independencia de la Confederación, pues graficar ese aspecto es importante, pues resulta algo curioso en la historia, y omitirlo es omitir una etapa de la historia.--Fernando6718 (discusión) 18:02 20 jul 2021 (UTC)Responder

Peticion Para hacer 2 Cambios editar

1.- Borrar las Banderas que aparecen al costado del Nombre" : primero que todo, todos los presidentes son Peruanos, PPK y Sagasti han nacido en Peru por ende son Peruanos, si un presidente tiene 2 nacionalidades, (ya sea porque tiene padre extranjero o se nacionalizo) eso sale en el articulo de cada presidente, asi que es inecesario ponerlo aqui, ademas de en ningun otro articulo de Presidentes de cualquier pais (Anexo:Gobernantes de México o Anexo:Presidentes de Colombia) tiene banderas al costado del nombre.

2.- Agrandar las Imagenes de los Presidentes a tamaño "120x": Las imagenes actuales estan muy pequeñas, en otros articulos como (Anexo:Gobernantes de México o Anexo:Presidentes de Colombia), las imagenes de los presidentes sale mas grande, dando un mejor aspecto ala pagina.

Por Mucho tiempo este articulo de Presidentes del Peru, estuvo sin banderas al costado y tenia las imagenes grandes. --ToxicFree(ToxicFree) 10:09 24 ene 2020 (UTC)Responder

Por mí   de acuerdo a lo de agrandar el tamaño de las imágenes, además, en algunos casos, habría que buscar alguna con mejor calidad. En cuanto a las banderas, no es cierto que todos los presidentes hayan sido peruanos, con lo cual   no emito una opinión favorable al retiro de las banderitas a la espera de otras argumentaciones que no sean "en otros anexos no lo tienen" (porque se discute sobre este Anexo). MACS >>> (click en el sobre para responderme)   09:12 24 ene 2021 (UTC)Responder
En mi opinión estoy   muy a favor de agradar las imágenes a 120x ya que a mi punto de vista, se ve mejor y de más calidad. Por el otro lado el quitar las banderitas estoy   muy en contra ya que así permite ver de donde fue o su nacionalidad del presidente, además yo pediría quitar los nombres de las naciones al lado de las banderas si no es peruano completamente, ya que esta wiki es Wikipedia:En Español, no Wikipedia:Perú. Hugener (discusión) 04:36 27 ene 2021 (UTC)Responder
  a favor Agrandar las imagenes quedaran bien, entiendo el consenso sobre el particular es mayoritario. jjrt (discusión) 07:13 28 ene 2021 (UTC)Responder
A favor de retirar las banderas de las nacionalidades, es innnecesario, considerando que articulos similares no cuentan con ese patrón Bodoque9903 (discusión) 15:05 5 mar 2021 (UTC)Responder

  a favor A favor de retirar las banderas, completamente innnecesario, ningun articulo similar cuenta con banderas, con mi voto somos 3 que estamos a favor (Yo, bodoque9903 y toxicfree) vs 2 votos encontra (Jjrt y Hugener), y el usuaruo (MACS) que no emite opinion favorable, considerandose una abstension. Con 3 votos a favor, 2 en contra y 1 abstencion, gana el retiro de las banderas, paso a retirarlas Esteban17x (discusión) 14:59 5 jun 2021 (UTC)Responder

Restaurar la sección de partido politico editar

Agregé la sección el partido politico, pues en la anterior lista que fue retirada (y actualmente se encuentra en Anexo:Gobernantes del Perú), la cual ya contenia partidos politicos, ademas en otros artículos de presidentes como Anexo:Presidentes de Chile Anexo:Presidentes de Brasil se encuentra dicha sección. --Htz67 (discusión) 14:43 5 mar 2021 (UTC)Responder

  En contra ya que existe esa categorización de partidos políticos con los colores respectivos, además eliminaste información en el artículo, ver el historial. Hugener (discusión) 14:48 5 mar 2021 (UTC)Responder
Pero es mas práctico, por que volver al inicio para ver a que partido pertenerceció tal presidente, hace complicado la navegacion, por lo que es más práctico que se mencione al lado de la ficha de cada presidente, ademas solo se trata de una restauranción, de un modelo que fue movido por la cuestion de la division de tablas. Htz67 (discusión) 14:51 5 mar 2021 (UTC)Responder
Más bien deberia quitarse "la seccion de partidos" de la lista de Anexo:Gobernantes del Perú#República del Perú, pòr que satura esa lista, siendo mas pertinente que esa seccion sea aclarada en este anexo. Htz67 (discusión) 14:54 5 mar 2021 (UTC)Responder

  En contra Ya existe la categoria de partidos con un distintivo color para cada uno.--jjrt (discusión) 01:31 7 mar 2021 (UTC)Responder

República Peruana editar

Hola a todos. Es conveniente mencionar que el nombre oficial del país fue República Peruana hasta 1979. Es anacrónico denominar a los gobernantes anteriores a esa fecha como Presidente Constitucional de la República del Perú. Antes de hacer cambios amplios, creo que es mejor consultarlo aquí. Saludos. --Luisedwin2105 (discusión) 17:11 9 jun 2021 (UTC)Responder

Gracias por el alcance pero, ¿puedes aportar alguna referencia para proceder a apoyar la moción? Gracias! MACS >>> (click en el sobre para responderme)   13:44 15 jun 2021 (UTC)Responder
Normalmente los presidentes eran posesionados como "Presidente de la República", aunque si se utilizaba "República Peruana" como se peude observar en algunos documentos https://www.congreso.gob.pe/participacion/museo/congreso/mensajes/ley_proclamandolo_presidente_republica_19_diciembre_1829 https://www.congreso.gob.pe/Docs/biblioteca/files/pdf-presidentes/54.pdf --131.0.198.123 (discusión) 22:08 17 jun 2021 (UTC)Responder
En los documentos de posiesión generalmente solo indican "Presidente de la República", por ejemplo en el caso de Prado indica "JEFE SUPREMO PROVISORIO DE LA REPÚBLICA" https://www.congreso.gob.pe/participacion/museo/congreso/mensajes/decreto_asumiendo_mando_28_noviembre_1865 no especifica Republica del Perú o República Peruana, pero siendo que el pais tenia ese nombre hasta 1979, seria talvez conveniente mencionar como República Peruana.--Fernando6718 (discusión) 19:33 30 jun 2021 (UTC)Responder
  A favor que se aplique el cambio sugerido por el usuario Luisedwin2105 (disc. · contr. · bloq.)--Bodoque9903 (discusión) 02:32 31 jul 2021 (UTC)Responder

Primer presidente editar

Últimamente se han realizado ediciones donde se pone a La Mar como un presidente anterior al gobierno de Riva-Agüero. Les recuerdo que existe el Anexo:Gobernantes del Perú para poner esa información. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   13:47 15 jun 2021 (UTC)Responder

Específicamente, quien está haciendo ese agregado de José de La Mar, es una IP, Usuario:181.64.223.182. Y no precisamente bajo la premisa de que fue un gobierno anterior a Riva Agüero (que sería correcta), sino porque según su opinión fue “el primero en usar el título de Presidente del Perú” (algo evidentemente equivocado).
No existe ninguna duda que el primero que ostentó el título de “Presidente de la República del Perú” fue José de la Riva Agüero, ya que en ninguno de los gobiernos independientes anteriores a él (protectorado de San Martín y Junta Gubernativa) hubo alguien que usó ese título. San Martín fue “Protector” (1821-1822), y La Mar, que encabezaba la Junta Gubernativa de 1822-1823, fue “presidente de la Suprema Junta de Gobierno”. Ni tampoco usó la banda bicolor. Parece increíble tener que estar señalando a cada rato la diferencia entre un sistema de gobierno colegiado, como es el de una Junta, con el gobierno de un único jefe de Estado.
Al parecer, la confusión del usuario anónimo nace de lo que aparece en la entradilla de La Mar, al que se describe como el “primer presidente constitucional del Perú”. Ya he hecho las precisiones necesarias allí y lo repito aquí: a La Mar se le considera el primer presidente CONSTITUCIONAL de la República, ya que fue el primero en ser elegido en elecciones, en 1827, realizadas cuando ya el Perú estaba libre de toda influencia extranjera. En cambio, Riva Agüero fue un gobernante DE FACTO, nacido de un golpe de estado. Y no hay que confundir ese gobierno constitucional de La Mar, que va de 1827 a 1829, con su primer gobierno de 1822 a 1823 en que fue cabeza de una Junta.
Ahora bien, el usuario anónimo tiene que tener en cuenta que en el presente anexo se ha llegado a un consenso de solo mencionar a los jefes de Estado a partir de Riva Agüero, de modo que no figuran ni San Martín ni la Junta encabezada por La Mar en 1822-1823, anteriores a él; así como se ha establecido prescindir de todos los gobernantes interinos, y de los “extranjeros” como el del protector de la Confederación Andrés de Santa Cruz. No se si en realidad se trate de un consenso, pues lo común que sucede es que solo un par usuarios impongan su criterio, muchas veces solo por hablar más alto o con énfasis, más que por algún argumento razonable en sí.
Existe, efectivamente otro anexo: Anexo:Gobernantes del Perú donde se incluyen a todos los gobernantes del Perú, incluyendo los que ejercieron de manera interina. Dicho sea de paso, el usuario que subió esa entrada (Jjrt) debería dejar claramente patente que él no fue quien redactó ese anexo en su totalidad, y no solo limitarse a decir que la parte republicana ha sido tomada del presente anexo. La parte de los gobernantes del Perú colonial lo ha copiado de Anexo:Virreyes y gobernadores del Perú colonial, del que yo soy principal redactor, así como lo fui del presente anexo de presidentes previo a su reducción.--Alvaro Arditi (discusión) 16:49 15 jun 2021 (UTC)Responder
José de la Riva Agüero fue el PRIMER PRESIDENTE DEL PERÚ. No el primer gobernante del Perú independiente, sino el primero en usar ese título. Referencia:
Jorge Basadre, el historiador más importante de la época republicana. Un capítulo del primer tomo de su obra Historia de la República del Perú lo titula así: EL PRIMER PRESIDENTE DEL PERÚ. Allí relata la elección de Riva Agüero bajo presión del ejército, en el Congreso. Luego expone su biografía empezando así: “El primer presidente del Perú, José de la Riva-Agüero y Sánchez Boquete, nació en Lima el 3 de mayo de 1793...”
Basadre, Jorge (2005). Historia de la República del Perú. 1.º periodo: La época fundacional de la República (1822-1842) 1 (9.ª edición). Lima: Empresa Editora El Comercio S. A. pp. 55-56. ISBN 9972-205-63-0. 
Impresionante, los argumentos con que el usuario anónimo (que en realidad debe ser algún usuario retirado o expulsado, o tal vez títere de alguien) quiere contradecir algo que está meridianamente claro y contundente: que si el título era justo o injusto, porque no fue elegido en elecciones populares, o que no se ajusta a la definición de la RAE (!). Eso no tiene nada que ver, Riva Agüero fue el primero en usar ese título, ese es el hecho concreto, no nos compete interpretar la historia con criterios morales (como lo hacen por desgracia, muchos por aquí). Además, Riva Agüero fue ratificado con los votos del Congreso, es decir, aunque su gobierno emanó de un golpe de estado, guardó las formas y trató de legitimarse, no es que haya sido un gobierno al margen de la ley.
Menciona también como prueba la imagen de José de La Mar con la banda presidencial: esa imagen hace alusión a su gobierno de 1827 a 1829 (cuatro años DESPUÉS de Riva Agüero), cuando ejerció como PRESIDENTE CONSTITUCIONAL. No a cuando encabezó la Junta Gubernativa en 1822, antes del gobierno de Riva Agüero.
O sea, que pretende este usuario, que en tantos años de la existencia del artículo de Riva Agüero en la wikipedia, nadie se dio cuenta del “error” y él como un predestinado viene aquí a enmendar a todo el mundo.--Alvaro Arditi (discusión) 04:31 18 jun 2021 (UTC)Responder
@Alvaro Arditi: Confirmo la referencia en Basadre, Jorge (1998). Historia de la República del Perú (1822-1933) (Octava edición). Lima: La República y Universidad Ricardo Palma. p. 13. . MACS >>> (click en el sobre para responderme)   16:47 18 jun 2021 (UTC)Responder

Es necesario remarcarlo una vez más: está plenamente aceptado dentro de la historiografía peruana, que José de la Riva Agüero fue el PRIMER PRESIDENTE DEL PERÚ. Eso no está en discusión en los círculos académicos. Si quieren lanzar sus teorías alternativas y conspirativas, para eso están las redes sociales, no wikipedia, que es una enciclopedia. Pero tal vez los que no son de Perú al ver la persistencia de un usuario de querer contradecir ello pueda entrarles la duda y creer que se trata de un asunto polémico que merece “discutirse hasta la saciedad” como suelen decir. Por eso, aparte de la ya citada referencia de Basadre, mencionaré otras referencias importantes como ejemplos:

Es impresionante cómo persiste dicho individuo en seguir lanzando su bulo e incluso cada vez haciendo las más alucinantes interpretaciones: ahora dice que la Junta Gubernativa “le dio” el título de “presidente de la República” a La Mar en 1822. Absolutamente falso, es obvio que la Junta Gubernativa no tenía la facultad de crear ese cargo, que solo se podía establecer por medio de una Constitución, QUE AÚN NO HABÍA SIDO APROBADA. La Junta de 1822 fue creada por el Congreso Constituyente de 1822, como un gobierno transitorio hasta que se aprobara la Constitución, que sería la que definiría el sistema de gobierno. Dicho congreso se hallaba TODAVÍA debatiendo la primera Constitución del Perú. Esa es la razón por la que al gobierno de dicha Junta no se le define todavía como “constitucional” porque aún no regía una Constitución. Por eso, cuando el Congreso, presionado por el ejército, nombró en 1823 a Riva Agüero PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA (sin el agregado de “constitucional”), fue un decisión extraordinaria, sin carácter constitucional.

El primer presidente de la República plenamente constitucional sería José de La Mar, pero eso se dio POSTERIORMENTE, en 1827 (y dicho sea de paso, hay un error en el presente anexo cuando se pone a Torre Tagle como “presidente constitucional”, pero eso habrá que tratarlo aparte). Todo indica que el usuario ha tenido un cortocircuito mental y confunde el primer gobierno de La Mar, como cabeza de una Junta Gubernativa en 1822, con su segundo gobierno como presidente constitucional en 1827.

¿Todo esto que digo será demasiado confuso acaso? En todo caso, limiténse solo a las referencias y nada más.--Alvaro Arditi (discusión) 15:29 20 jun 2021 (UTC)Responder

Sección de Vicepresidente editar

¿Por que borrar sección de vicepresidente? Si bien el articulo habla de los datos del Presidente, la sección del vicepresidente indica quien o quienes son los vicepresidentes que acompañaron al presidente es su gobieno. Y esta sección podria decirse que llega a ser una regla, si revisamos el artículo de presidentes de otros paises. Presidentes de BrasilPresidentes de los Estados UnidosPresidentes de Argentina --Fernando6718 (discusión) 21:23 20 jul 2021 (UTC)Responder

  En contra ya tiene su propio artículo. Innecesario repetir información. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   21:41 20 jul 2021 (UTC)Responder
Estimado MiguelAlanCS (disc. · contr. · bloq.), si se revisa el historial esta tabla, ya incluia esta sección desde hace tiempo, fue recientemente que el usuario Esteban17x la elimino de manera arbitraria (sin recurrir a discución), por lo que yo solo la restaure, por que tampoco considero que se estaria repitiendo información, solo se estaria mencionando quien o quienes fueron los vicepresidentes, en el articulo de Vicepresidente de Perú, si se detalla la información de manera más precisa, incluso en dicho artìculo de Vicepresidente de Perú, hay una sección que indica quien fue el Presidente.
Presidente Origen Inicio Final Título Organización Politica Motivo Vicepresidente
  Pedro Pablo Kuczynski Lima 28 de julio 2016 23 de marzo 2018 Presidente Constitucional de la República del Perú PPK Elecciones Martín Vizcarra

Mercedes Aráoz

--Fernando6718 (discusión) 00:44 21 jul 2021 (UTC)Responder

  a favor de restaurar el diseño que incluye la mención del Vicepresidente--Bodoque9903 (discusión) 02:33 22 jul 2021 (UTC)Responder
  Hecho Cambio de posición. Está bien así, hay que recordar que los presidentes se presentan a las elecciones con una fórmula presidencial. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   12:34 12 ago 2021 (UTC)Responder

Presidencia de Orbegoso (1836) editar

Tras una derrota de Salaverry, el 8 de enero de 1836, Orbegoso ocupa Lima, y recupera de facto la presidencia, mientrar Salaverry se va rumbo al sur, donde posteriormente es vencido en la Batalla de Socabaya. Orbegoso funge como "presidente provisorio" incluso promulga algunos decretos asi como las contituciones previas que dan curso a la Confederación, en las cuales se lo menciona o firma como Presidente provisorio del Perú (no debiendose confundir el cargo de presidente del Estado Nor Peruano). --Fernando6718 (discusión) 18:23 30 jul 2021 (UTC)Responder

https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/constituciones_ordenado/CONSTIT_1836/Cnp1836.pdf — El comentario anterior sin firmar es obra de Fernando6718 (disc.contribsbloq). 18:23 30 jul 2021 (UTC)Responder
  En contra En 1839, como consecuencia de los actos cometidos por Orbegoso en contra de la República ese periodo de gobierno quedo proscrito legalmente: el 15 de junio de 1835 celebró un pacto que permitió la invasión extranjera del territorio peruano, conviniendo en la reunión de dos Asambleas que dividiesen en dos secciones la República. Que siendo intransmisible la suprema autoridad que le confió la nación, se desnudo de ella para entregarla al invasor D. Andrés Santa Cruz, como lo acredita la carta autógrafa que le dirigió en Vilque el 8 de julio de 1835. Por estas y otras razones, se declaró a Orbegoso traidor a la patria, privandolo para siempre del goce de los derechos políticos y de todos lo honores y empleos que ha obtenido en la República. DECRETO DESTITUYENDO LOS DERECHOS POLÍTICOS DEL GENERAL LUIS JOSÉ ORBEGOSO, 21 DE SETIEMBRE DE 1839 jjrt (discusión) 19:20 30 jul 2021 (UTC)Responder
Estimado jjrt, tu opinion llega a ser subjetiva, puesto que el presente articulo habla de las presidencias del Perú, si los actos de Orbegoso fueron "buenos o malos" no tienen reelevancia, ademas de recaer en una falacia de hombre de paja, puesto que lo que mencionas data de 1839, sin embargo la presidencia de Orbegoso a la que hace mencion en la discución se trata de 1836, asi tambien existe las ferencias necesarias que acreditan que fungio como Presidente Provisorio, tras recuperar la presidencia.--Fernando6718 (discusión) 20:05 30 jul 2021 (UTC)Responder
Fernando6718, no se trata de mi opinión sobre si fue buena o mala la actuación de Orbegoso, sino de un Decreto que a causa de los actos cometidos por Orbegoso mencionados en mi parrafo previo (del 15 de junio de 1835 en adelante), entre varios puntos dictaminó: "Artículo 1. Luis José Orbegoso queda privado para siempre del goce de los derechos políticos y de todos lo honores y empleos que ha obtenido en la República". Link al decreto: DECRETO DESTITUYENDO LOS DERECHOS POLÍTICOS DEL GENERAL LUIS JOSÉ ORBEGOSO, 21 DE SETIEMBRE DE 1839
Es un decreto del 21 DE SETIEMBRE DE 1839 que declara la muerte politica de Orbegoso, sin emabrgo es posterior al gobierno y presidencia de Orbegoso de 1836, eso no conlleva que se lo borre de la historia.--Fernando6718 (discusión) 20:29 30 jul 2021 (UTC)Responder

¿Se está sugiriendo una damnatio memoriae? MACS >>> (click en el sobre para responderme)   22:16 30 jul 2021 (UTC)Responder

  A favor de que se mantenga la ficha del expresidente de Orbegoso, ¿Para que aplicar una damnatio memoriae? ¿omitir de la lista a un personaje solo por que se considera que realizó traición a la patria? no tiene sentido.--Bodoque9903 (discusión) 02:29 31 jul 2021 (UTC)Responder
Al no exisitr mas dicuciones, ni argumentos en contra, creo que la discución queda sanjada.--Fernando6718 (discusión) 15:10 13 ago 2021 (UTC)Responder
Y aparte de que es un absurdo colosal asumir las decisiones arbitrarias de un gobierno represivo como si fuesen una verdad histórica incontrovertible, hay que señalar que años después de su destierro, Orbegoso regresó al Perú y el gobierno de Vivanco -1844- le rehabilitó y le devolvió su grado y sus honores. De modo que totalmente de acuerdo que se mencione a Orbegoso en la lista de presidentes, faltaba más.--Alvaro Arditi (discusión) 15:51 13 ago 2021 (UTC)Responder

Mantenimiento editar

El añadir escudos es algo totalmente innecesario y en cuanto tenga un momento procederé a retirarlos. aparte también hay que eliminar los wikienlaces de las fechas, ya que es un residuo de ediciones antiguas que está en desuso. No abarrotemos los códigos. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   12:33 12 ago 2021 (UTC)Responder

Deacuerdo con eliminar los enlaces de fechas, en cuanto a los escudos no estoy a favor, ni en contra----Fernando6718 (discusión) 15:07 13 ago 2021 (UTC)Responder

Sección Origen de Presidentes editar

Hay que llegar a un consenso, si se tomara en cuenta la ciudad de origen o la provincia.--Fernando6718 (discusión) 15:08 13 ago 2021 (UTC)Responder

Creo que hay que ser los más específico posible. Se debe poner la entidad administrativa menor que se sepa y que se tenga refenrencia donde nació cada presidente. MACS >>> (click en el sobre para responderme)   06:16 21 oct 2021 (UTC)Responder

Poner apellidos completos y fotos o retratos oficiales editar

Poner apellidos completos y fotos con su banda presidencial. Jairo Magno Ortiz (discusión) 23:28 1 may 2022 (UTC)Responder

Simón Bolivar editar

Simón Bolivar que acaso no fue presidente también mediante la constitución vitalicia? Bodoque9903 (discusión) 13:04 17 dic 2022 (UTC)Responder

Simón Bolivar no llego a jurar como Presidente Vitalicito y la constitución Constitución Política del Perú de 1826, fue declarada nula y sin efecto por el Congreso General Constituyente del Perú.LEY DISPONIENDO QUE EL EJECUTIVO COMUNIQUE A BOLÍVAR LA ABOLICIÓN DE LA CONSTITUCIÓN VITALICIA Y LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, 22 DE JUNIO DE 1827 jjrt (discusión) 14:08 17 dic 2022 (UTC)Responder

Jefe Supremo deberia estar en esta lista? editar

¿el cargo denominado como Jefe Supremo deberia estar en esta lista? ya existe un articulo de Anexo:Gobernantes del Perú, en el cual se encuentran todos los gobernates del Perú, pero a lo que veo en esta lsita de presiednetes algunos cargos como Jefe Supremo o Director Supremo estan presentes en esta lista, asi tambien otros personajes que ocuparon el cargo de Jefe supremo u otros titulo no se encuentra en esta lista, lo cual resulta confuso. WeskerRe55 (discusión) 13:32 17 dic 2022 (UTC)Responder

Andrés de Santa Cruz editar

Andrés de Santa Cruz fue Presidente del Consejo de Gobierno del 28 de junio de 1826 al 28 de enero de 1827 (lo cual no corresponde en esta lista), sin embargo fue Presidente de la Junta de Gobierno desde el 28 de enero de 1827 al 9 de junio de 1827, elgido por el Congreso tras la caida del gobierno de Bolivariano, en esta lista esta considerada tambien a otros personajes que ocuparon el cargo de Presidente de la Junta de Gobierno, asi que corresponde ser parte de este listado. Fernando6718 (discusión) 15:52 18 dic 2022 (UTC)Responder

Hola @Fernando6718, te escribí explicando y fundamentando el motivo del retiro de Andrés de Santa Cruz del listado con las correspondientes fuentes de respaldo:
1.- El 29 junio de 1826, Andrés de Santa Cruz fué nombrado por Simon Bolivar como PRESIDENTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO. Fuente: Decreto públicado en la página web del Congreso de la República del Perú.
2.- El 4 Junio de 1827, Andrés de Santa Cruz dió un mensaje a los legisladores como PRESIDENTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO. Fuente: Mensaje al congreso públicado en la página web del Congreso de la República del Perú.
Entonces en base a las fuentes fiables indicadas previamente, durante el periodo que mencionas Andrés de Santa Cruz se desempeño como PRESIDENTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO.
Por lo expuesto corresponde retirar a Andrés de Santa Cruz del listado.
La sección «Andrés de Santa Cruz» no se encuentra
--jjrt (discusión) 20:16 19 dic 2022 (UTC)Responder

Agregar fila de vacío de poder entre el Gobierno de Merino y Sagasti editar

Hola, Estuve revisando varios artículos en general sobre presidentes de ciertos países (como por ejemplo de Corea del Sur, Ecuador, entre otros) y he notado que se coloca una fila adicional cuando ocurre un vacío de poder. Lo cual tiene mucho sentido ya que no debería quedar un espacio en blanco si hay ciertos días donde hubo la ausencia de un presidente.

Es por ello que en mi última edición agregué una fila donde se menciona que el 16 de noviembre de 2020 Perú no tuvo presidente, lo cual es algo cierto y fuera de discusión. Sin embargo otro wikipedista parece no estar de acuerdo con colocar dicha fila. Con el fin de evitar una guerra de ediciones y colaborar entre todos, abro debate por este medio para decidir si se mantiene mi edición o no. Muchas gracias a todos! LordEdurod97 (discusión) 22:46 16 mar 2023 (UTC)Responder

  En contra Se altera el cuadro para poner una linea grande solo para que diga que no hubo presidente por 1 dia, solo basta con una nota como dice el otro usuario. Godman12 (discusión) 18:12 17 mar 2023 (UTC)Responder
  En contra ya explique los motivos en el historial, con 2 votos a favor y 1 en contra, paso a retirar la linea.
Esteban17x (discusión) 00:49 18 mar 2023 (UTC)Responder
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