Catamnesis

proceso de atención tras el juicio clínico inicial

Catamnesis (del griego kata, después de, y mnasthai, acordarse) es el término empleado en medicina para referirse a los datos obtenidos de un paciente, después de determinar el juicio clínico, que permiten seguir la evolución de su enfermedad y establecer o modificar su pronóstico y tratamiento médico.[1]

Información sanitaria editar

A partir del motivo de consulta que refiere el paciente, el médico realiza un reconocimiento clínico para averiguar el estado de salud de una persona. Para ello es necesario desarrollar una entrevista clínica, que comprende un examen médico sistematizado consistente en una anamnesis, una exploración física y, a veces, una serie de pruebas complementarias.[2]​ Este método permite alcanzar el juicio clínico, que se fundamenta en la evaluación del conjunto de síntomas y signos de un paciente, junto con los datos proporcionados por las pruebas complementarias, para que el médico determine el diagnóstico, el pronóstico y el tratamiento más adecuados.[3][4]

En medicina los registros sanitarios son una herramienta esencial para ofrecer una atención clínica de calidad. Toda la información socio-sanitaria recogida se registra en la historia clínica, en la actualidad en la historia clínica electrónica. El historial médico proporciona información relevante para determinar los problemas de salud de cada paciente. También sirve para elaborar informes médicos, y certificados sobre el estado de salud de una persona. Y es la fuente para producir otros registros como las recetas médicas,[5]​ las bajas laborales[6]​ o los partes de lesiones; y es la base de los estudios de investigación clínica, de la docencia sanitaria y de la epidemiología.[7]

Todo este proceso de elaboración y registro de información sanitaria de cada paciente facilita la catamnesis, entendida como el conjunto de datos que se pueden suministrar a un enfermo, una vez concluido su estudio y tratamiento, para facilitar su seguimiento médico y evaluación de su episodio de atención.[8][9][10][11][12]

Normativa editar

Aunque la legislación que regula este proceso de atención varía entre los países,[13]​ en general, la normativa intenta regular derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, estableciendo las definiciones, derechos y obligaciones en lo que respecta a las historias clínicas, sobre el uso del consentimiento informado, así como a recibir un informe de alta al finalizar su estancia hospitalaria y al informe de consulta externa.[14][15][16][17]

Véase también editar

Referencias editar

  1. Medicopedia. Diccionario Médico Interactivo.
  2. Díaz Portillo I. Técnica de la entrevista psicodinámica. México: Editorial Pax; 1986. ISBN 9789688603505
  3. Real Academia Nacional de Medicina. Diccionario de Términos Médicos. Madrid: Panamericana; 2012.
  4. Godoy Ávila A. Toma de decisiones y juicio clínico: una aproximación psicológica. Madrid: Ediciones Pirámide; 1996. ISBN 9788436810080
  5. Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación. BOE. 2011/01/20; (17):6306-29.
  6. Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). BOE. 29/06/1994; (154): artículos 128 a 133.
  7. Equipo CESCA. Los sistemas de registro en la atención primaria de salud. Madrid: Ed. Díaz de Santos; 1987. ISBN 84-86251-67-2
  8. Medciclopedia
  9. Diccionario Terminológico de Ciencias Médicas (13ª ed, 3ª reimpresión). Barcelona: Masson; 1998.
  10. Diccionario Médico Roche. Barcelona: Doyma; 1993.
  11. Diccionario médico-biológico, histórico y etimológico. Archivado el 26 de septiembre de 2010 en Wayback Machine.
  12. Diccionario Enciclopédico Ilustrado de Medicina Dorland (8ª ed en español). México: Interamericana; 1986.
  13. [Tullio AA. Diccionario Médico Legal. Buenos Aires: Abeledo-Perrot; 1999.] ISBN 950-2011-72-4
  14. Ley 26.529 de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina. 21/08/2009.
  15. Resolución 1995 de 8 de julio de 1999 por la cual se establecen normas para el manejo de la Historia Clínica. Ministerio de Salud de Columbia. Diario Oficial 43655 de agosto 5 de 1999.
  16. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. BOE. 15/11/2002; (274):40126-32.
  17. Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico. Diario Oficial de la Federación. 15/10/2012.