La causal salud es una de las autorizaciones legales al aborto, que consiste en una permisión para interrumpir voluntariamente el embarazo cuando existe un riesgo para la salud de las mujeres asociado con la continuación de la gestación. Actualmente se encuentra consagrada[1]​ en los códigos penales y en la regulación de muchos países en América Latina y el resto del mundo.

Características editar

Aunque algunos países han elaborado listados de situaciones que dan lugar a la aplicación de la causal salud, se entiende que ésta se aplica cuando existe riesgo para la salud de las mujeres en las dimensiones reconocidas por los instrumentos de derechos humanos, como la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS)[2]​ y el Protocolo de San Salvador.[3]​ En concreto, la causal salud se aplica cuando la persona está amenazada física, mental o socialmente.

En cuanto a las situaciones que dan lugar a la aplicación de la causal, basta que se presente riesgo de afectación de la salud de la mujer. Según la OMS esto significa que exista posibilidad o probabilidad de que el daño ocurra, sin que sea necesario que se presente el daño.[4]

Consecuencias jurídicas editar

A pesar de que se trata de una excepción legal al delito de aborto, en muchos países las mujeres se encuentran con numerosas barreras para acceder a los servicios de interrupción voluntaria del embarazo.

Algunos Estados y prestadores de servicios de salud han sido condenados por obstaculizar e impedir el acceso de las mujeres a servicios de interrupción voluntaria del embarazo existiendo riesgo para su salud. Dichas situaciones se han presentado en Perú (K vs Perú),[5]Argentina (Caso OMV),[6]Colombia (Sentencia T-009 de 2009),[7]Irlanda (Caso AG vs X),[8]​ y Polonia (Caso Tysiac vs Polonia).[9]

Actualmente en América Latina se desarrollan varias discusiones relacionadas con la causal salud, tanto sobre las consecuencias de la prohibición[10]​ como relacionadas con los alcances de su aplicación.

Referencias editar

  1. Nosotrasenred.org. Mapa del aborto en el mundo. Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  2. Organización Mundial de la Salud. Constitución de la OMS. Firmada el 22 de julio de 1946 por los representantes de 61 Estados y entró en vigor el 7 de abril de 1948. Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  3. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Adoptado en San Salvador, El Salvador, el 17 de noviembre de 1988, en el XVIII período ordinario de sesiones de la AG. Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  4. Ceidas.org (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última). Informe sobre la Salud en el Mundo 2002. Organización Mundial de la Salud (OMS)] Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  5. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Dictamen. Comunicación No. 1153/2003. Karen Noelia Llantoy v Perú. 17 de octubre a 3 de noviembre de 2005. Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  6. Scba.gov.ar . Sentencia del 21-02-2007. Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  7. Corte Constitucional de Colombia. Sentencia T-009/09. "Interrupción voluntaria del embarazo". Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  8. Jhuccp.org . The Attorney General v. X and others. Publicado en 1992, Inc. Council of Law Reporting for Ireland. Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  9. The European Court of Human Rights. Case of Tysiąc v. Poland. Estrasburgo. 20 de marzo de 2007. Consultado el 17 de noviembre de 2007.
  10. Omct.org Informe Alternativo Presentado al Comité Contra la Tortura. Nicaragua. 42º período de sesiones. Mayo de 2009. Consultado el 17 de noviembre de 2007.

Véase también editar

Enlaces externos editar