Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y Gobierno Abierto

El Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y Gobierno Abierto

Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y Gobierno Abierto
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Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y Gobierno Abierto
Localización
Localidad Calle Villa Juárez 4, Colonia La Paz, Puebla, Pue. c.p. 72160 (Puebla_de_Zaragoza)
Información general
Jurisdicción Municipio de Puebla
Organización
Dirección Comisionado presidente
3 Comisionados ciudadanos
Secretario ejecutivo
Asesor jurídico
Historia
Fundación 2012
www.transparenciapuebla.org.mx/

Antecedentes editar

Las funciones de los comisionados ciudadanos pertenecientes al Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y Gobierno Abierto, se han ido transformando a lo largo del tiempo, como antecedente directo se puede mencionar a la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Gobierno Municipal de Puebla, la cual fue presidida por la Licenciada Blanca Lilia Ibarra Cadena en 2008, este mismo antecedente lo tiene el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla.

Posteriormente en el año 2012, se cambió la denominación a la Comisión, para poder incluir directamente a los ciudadanos como partícipes en las nuevas funciones del Comité, Así se ha otorgado el punto de vista ciudadano en la clasificación de la información de las Unidades de Acceso a la información Pública y se ha brindado apoyo para que la información que se pública, sea puesta a disposición utilizando un lenguaje ciudadano sin palabras técnicas o complejas y así se enriquezca el ejercicio del derecho a la información, la transparencia y la rendición de cuentas.

El 18 de septiembre de 2013, el Cabildo aprobó la inclusión del capítulo del Comité Ciudadano en el Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia, con ello, se les empezó a dar una presencia más activa y participativa a los comisionados ciudadanos que integraron el Comité, pues a partir de ese momento, no solo conocieron del monitoreo estadístico que guardan las solicitudes de información y la asistencia en línea, sino que además pudieron empezar a proponer actividades de capacitación dirigidas tanto a ciudadanos como a funcionarios, además de otras actividades vinculadas a sus atribuciones, entre ellas destacan las siguientes:

  • Jornadas de interactuación con la población;
  • Realizar entrevistas a los titulares de las Unidades Municipales de Transparencia y a los funcionarios municipales que tengan a su cargo la resolución de problemas urbanos de interés para los miembros del Comité;
  • Realizar estudios, investigaciones y libros relacionados con las materias que dan origen al Comité.

Todas estas actividades deberán ser acordes al presupuesto que sea aprobado para la realización de dichas actividades.

Desde 2015 el Comité solicitó que se incluyera en la página web del Comité, una sección histórica que englobara la información de los antiguos comisionados ciudadanos, sin embargo, con los distintos cambios de presidentes municipales y de Comités, además de la falta de espacio disponible dentro del servidor dedicado a ello, se perdió esta sección, siendo hasta el año 2021 cuando se realizó el presente compendio y se dejó asentado en acta que a partir ese año, antes de que finalice el cargo la persona titular de la presidencia del Comité, incorporará en el artículo publicado en Wikipedia, las actividades que realizó durante el periodo de su comisión, ya que es importante divulgar las propuestas que han generado los ciudadanos desde este Comité, .

Definición editar

El artículo 20 del Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto, señala que el Comité ciudadano es un órgano auxiliar de consulta para fomentar la cultura de transparencia, el ejercicio del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales a nivel municipal, salvaguardando los principios de legalidad, certeza juídica, imparcialidad, veracidad, transparencia y máxima publicidad.[1]

Evolución de sus denominaciones editar

2009 - Comité Ciudadano para la Transparencia.[2]

2014 - Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal.[3]

2019 - Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y Gobierno Abierto.[4]

2021 - Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto.[5]

Toma de Protesta editar

El artículo 34 del Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto dispone que las personas comisionadas se renovarán en pares una vez que hayan concluido el periodo para el que fueron designadas. Por ello, se debe publicar convocatorias públicas en el mes de abril del primer año de gestión de la Administración Municipal y en el mes de octubre del segundo año de gobierno.

Las personas comisionadas electas, entrarán en funciones una vez que el Cabildo les tome la protesta de ley; los ciudadanos que han formado parte de este Comité han dicho SÍ Protesto a lo siguiente:

“CIUDADANOS, protestan cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanan, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Ley Orgánica Municipal y el Código Reglamentario del Municipio de Puebla, el Reglamento Interior de la Coordinación de Transparencia y el Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y demás cuerpos normativos que rigen el actuar del Ayuntamiento y cumplir leal y patrióticamente el cargo de comisionados del Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y Gobierno Abierto, en todo momento por el bien de la prosperidad de la nación, entidad federativa y del municipio de Puebla”.


“De ser así, Que la ciudadanía se los reconozca y sí no, que se los demande." [6]

Atribuciones editar

El artículo 21 del Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto, señala que el Comité Ciudadano tendrá las siguientes atribuciones[7]​:

  1. Colaborar con la Coordinación, para emitir recomendaciones a las Dependencias, Entidades, Sujetos Obligados y cumplir con las obligaciones contenidas en la Ley, apegándose al principio de rendición de cuentas con visión ciudadana;
  2. Coadyuvar con la Coordinación, a fin de poner a disposición del público en lenguaje ciudadano la información pública y mantenerla actualizada, con excepción de la información que tenga el carácter de confidencial o reservada;
  3. Coadyuvar con la Coordinación, para promover la cultura de transparencia y acceso a la información pública en el Municipio;
  4. Emitir opinión a las Dependencias y Entidades a través de la Coordinación, respecto a la clasificación y desclasificación de la información pública;
  5. Celebrar sesiones ordinarias y extraordinarias;
  6. Promover estudios, estrategias, sistemas e investigaciones que aporten medios, métodos de control e indicadores para el fortalecimiento de la transparencia y mecanismos de rendición de cuentas en la Administración Pública Municipal;
  7. Proponer a la Coordinación, las modificaciones a la normatividad municipal en materia de transparencia;
  8. Sugerir a las Dependencias y Entidades, a través de la Coordinación, la implementación de sistemas tendientes a modernizar el manejo de información en materia de transparencia; así como la operación de los mismos;
  9. Coadyuvar con la Coordinación, en la revisión y aplicación de los criterios de clasificación y desclasificación, catálogo y custodia de la información pública, en términos de la normatividad aplicable, y
  10. Elaborar estudios y diagnósticos referentes a la conformación de indicadores de transparencia aplicados al Municipio por diversas entidades ciudadanas.

Estructura editar

El artículo 22 del Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto, señala que el Comité Ciudadano estará integrado por[8]​:

  1. Cuatro Ciudadanos (Comisionados o Comisionadas con derecho a voz y voto); siendo uno de ellos, la persona que ocupará la Presidencia del Comité Ciudadano;
  2. Una o un Secretario Ejecutivo (persona Titular de la Coordinación con derecho a voz pero no a voto), y
  3. Una o un Asesor Jurídico (representante de la Sindicatura Municipal con derecho a voz pero no a voto).

Funcionamiento editar

Personas Comisionadas editar

Persona titular de la presidencia del Comité editar

Será electa por voto directo de los demás comisionados y durará en el cargo un año y medio, no obstante ha habido situaciones en las que el encargo se ha prolongado debido a la ausencia de presentación de candidaturas durante los plazos establecidos en la convocatoria pública, provocando que se prorrogara el periodo de encargo de la presidencia.

Lista de asistencia a las sesiones del Comité editar

Secretaría Ejecutiva editar

El artículo 45 del Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto, loe otorga las siguientes facultades[9]​:

I. Emitir y enviar oportunamente las convocatorias a sesiones ordinarias o extraordinarias del Comité Ciudadano, incluyendo el orden del día de las sesiones del Comité Ciudadano con los asuntos a tratar;

II. Elaborar y someter el calendario de sesiones a la consideración del Comité Ciudadano;

III. Declarar cuórum legal para la celebración de las sesiones;

IV. Asegurarse de que los asuntos que no hayan sido contemplados en el orden del día de la sesión, se discutan en el punto de asuntos generales;

V. Elaborar las actas de sesión, ponerlas a disposición del Comité Ciudadano para su revisión, integrar las modificaciones solicitadas por los integrantes del Comité Ciudadano y recabar las firmas de los integrantes del Comité Ciudadano, así como de las constancias que sean necesarias derivadas de las funciones del Comité Ciudadano;

VI. Instrumentar las actas de cada sesión y llevar un libro con el registro cronológico de los acuerdos, guardar y conservar los documentos que se turnen o suscriba el Comité Ciudadano;

VII. Dar respuesta y trámite a los oficios y comunicados que se turnen al Comité Ciudadano, debiendo someter a consideración de la persona Titular de la Presidencia del Comité Ciudadano aquéllos que por su naturaleza e importancia lo requieran, y

VIII. Las demás que le solicite el Comité Ciudadano.

Persona Asesora Jurídica editar

Los artículos 46 y 47 del Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto, disponen que las características que debe reunir la persona asesora jurídica son las siguientes[9]​:

a) Ser representante de la Sindicatura Municipal;

b) Contar con Licenciatura en Derecho;

c) Ostentar un puesto de mando medio o superior.


También se especifican sus facultades:

I. Asistir a las sesiones que celebre el Comité Ciudadano;

II. Estudiar previamente los asuntos que serán analizados en las sesiones del Comité Ciudadano;

III. Firmar las actas y acuerdos que deriven de las sesiones del Comité;

IV. Emitir opinión jurídica de los acuerdos, actas y proyectos que se le presenten al Pleno del Comité Ciudadano;

V. Emitir opinión y recomendaciones a los proyectos de reglamentos, acuerdos, convenios y demás instrumentos jurídicos que se sometan a su consideración, a efecto de verificar su apego a las leyes y normas aplicables del Ayuntamiento;

VI. Proporcionar el apoyo técnico-jurídico a las personas integrantes del Comité Ciudadano, en las materias de transparencia y el acceso a la información pública y rendición de cuentas, y

VII. Las demás que le confiere este Reglamento.



Enlaces externos editar



Véase también editar

Referencias editar

  1. «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto. Artículo 20». Consultado el 29 de mayo de 2022. 
  2. «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia y del Comité Ciudadano para la Transparencia. Acuerdo del Honorable Cabildo del Municipio de Puebla, de fecha 14 de octubre de 2009.». Consultado el 29 de mayo de 2022. 
  3. «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal. Acuerdo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 30 de junio de 2014.». Consultado el 29 de mayo de 2022. 
  4. «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia Municipal y Gobierno Abierto. Acuerdo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 16 de diciembre de 2019.». Consultado el 29 de mayo de 2022. 
  5. «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia y Municipio Abierto del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto. Acuerdo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, de fecha 31 de diciembre de 2021.». Consultado el 29 de mayo de 2022. 
  6. «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto. Artículo 33». Consultado el 29 de mayo de 2022. 
  7. «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto. Artículo 21». Consultado el 29 de mayo de 2022. 
  8. «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto. Artículo 22». Consultado el 29 de mayo de 2022. 
  9. a b «Reglamento Interior de la Coordinación General de Transparencia del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla y del Comité Ciudadano para la Transparencia y Municipio Abierto. Artículos 46 y 47». Consultado el 29 de mayo de 2022.