Diferencia entre revisiones de «Movimiento de 1968 en México»

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Línea 59:
En noviembre de 2006 el juez José Mattar, responsable del Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal, ordenó la detención de Luís Echeverría. Se ordenó su arresto domiciliario, debido a su avanzada edad. En julio, un tribunal federal concedió un amparo contra el auto de formal prisión, y se ordenó levantar el arresto domiciliario.
El titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal, Jesús Guadalupe Luna Altamirano, exoneró a Echeverría al considerar que no existía ninguna prueba que lo inculpara como responsable de los hechos ocurridos cuando fue secretario de Gobernación; si bien determinó que hubo genocidio planeado y ejecutado.
 
Se cree que la totalidad de los archivos Pertenecientes a estos Delitos Seran abiertos hasta el año [[2028]] Si no es que mas tarde debido a que altos mandos del gobierno esperan el fallecimiento de varios de los lideres asi como de varios funcionarios sobrevivientes de aquella epoca esto para evitar las protestas masivas que se podrian haber dado debido a la supuesta delicadeza de la situacion asi como la especulacion por parte de altos funcionarios de las administraciones desde 1970 hasta nuestros dias
 
== Referencias ==