Diferencia entre revisiones de «Indulgencia»

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[[Archivo:Ejemplo.jpg]][[Imagen:Indulgence3.png|thumb|320px|Ejemplar de una "Carta de Indulgencias" del 19 de Diciembre de 1521]]
 
elLa [[Indulgencia]] es un concepto de la [[Teología]] católica, estrechamente ligado a los conceptos de [[pecado]], [[penitencia]], [[remisión]] y de [[purgatorio]]. En su formulación actual consiste en la doctrina según la cual ciertas consecuencias del [[pecado]] (la pena temporal del mismo), pueden ser objeto de una remisión o "indulgencia" (del latín ''indulgentia'': bondad, benevolencia, gracia, remisión, favor) concedida por determinados representantes de la Iglesia y bajo ciertas condiciones. Esta institución remonta al [[cristianismo]] antiguo y tanto su práctica como formulación han evolucionado en el curso del tiempo. La doctrina protestante no la acepta por considerar que carece de fundamento bíblico. Por tal razón, a partir de la [[Reforma protestante|reforma]] fue objeto de desarrollos sólo en el ámbito de la [[Iglesia Católica]].
 
En la doctrina católica, la indulgencia, a diferencia de la [[penitencia]] o reconciliación, no perdona el [[pecado]] en sí mismo, sino que exime de las penas de carácter temporal que de otro modo los fieles deberían purgar, sea durante su vida terrenal, sea luego de la muerte en el [[purgatorio]]. La indulgencia no pertenece a la categoría de "[[Sacramento (religión)|sacramento]]", como es el caso de la [[penitencia]]. Puede ser concedida por el Papa, los obispos y cardenales, a quienes, por ejemplo, recen determinada oración, visiten determinado santuario, utilicen ciertos objetos de culto, realicen ciertos peregrinajes, o cumplan con otros rituales.