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Del mismo según las cifras de DANE del censo del 2005, la composición [[entográfica|Entografía]] del municipio es:
 
* [[Mestizos]] & [[Blancos]] (9899.5%)
* [[Afrocolombianos]] (10,5 %)
* [[Aborígenes Indígenas]] (0,5 %)Zipasgo Inga Chibcha Guanentá.
 
INDÍGENAS GUANES COMUNIDAD DEL PUEBLO DE LOS GUANENTÁ. ZIPASGO INGA CHIBCHA GUANENTÁ EN SANTANDER Y NORTE DEL PAIS AUN PERVIVE EN EL SIGLO XXI
La madre lengua Chibcha, ha dado múltiples pueblos uno y de los más importantes para la libertad de América fué, ha sido y es la Comunidad del Pueblo Indígena Guane o Guanentá, ancestros ubicados como aborígenes en el centro, norte y corazón del país denominado por los usurpadores como Colombia y en la actualidad es una República Pluri étnica y Multicultural, responsable de ejercer el Estado Social de Derecho de los Pueblos que la habitan y perviven en este territorio.
Inicialmente la posición de Nuestros Ancestros Guanentá proviene en nombre del Cacique Autoridad Tradicional Guanentá del cual es nombrada nuestro Pueblo, líder que se opuso a las violaciones y genocidio cometido por los Españoles, Alemanes y del Papado de turno quienes bajo el derecho internacional de la época (Bulas Papales), se les prohibía ingresar al territorio sin el permiso de los soberanos aborígenes y de quienes solo se les autorizaba crear una pequeña capillanía para dar vivienda al denominado pastor de la fé, pero ese era el caballo de Troya de este imperio usurpador, ingresar la iglesia para así poder iniciar el proceso de titulación, usurpación, y procesos legales de deudas con la corona por no pagar los diezmos de familias que nunca habían conocido esta religión, además se pudo conocer las jerarquías, lenguas, usos y costumbres para iniciar la persecución, prohibir con pena de muerte cumplimiento de la jerarquía ancestral, cazar a nuestros guaches-guechas o guerreros o diplomáticos y aberrantemente asesinar a cada jerarca y médico tradicional o curaca, acusándolo de brujería, y pos si fuera poco violar, profanar nuestras pacha mamas, cortar los miembros de cada guerrero en manos, orejas, nariz y labios para que nunca más se le viera hermoso, pues nuestro pueblo siempre lo ha sido y será.
Nuestro pueblo conocedor de muchos dialectos y territorios es vivo ejemplo de tolerancia, pues compartía comunicación con sus vecinos en reciprocidad, principio que nunca conoció el invasor y no conoce en la actualidad el sistema dominante de quien se heredó la muerte.
Producto de esta situación los Pueblos Guanentá o mal llamado Guanes, iniciaron un proceso de construcción y rescate de territorio, que en el año de 1819 se marco como la independencia inconclusa solo para los criollos (Hijos de padre y madre españoles nacidos en territorio aborigen denominado América), libertad mediocre, pues nunca se cumplieron los compromisos y creó una patria para los hijos de los esclavizadores denominados criollos, de quienes de hereda el sistema de manejo de las leyes y la inequidad. Entrega de la Finca a Bolívar ahora departamento de Bolívar, la Finca a Santander ahora Departamento de Santander, la Finca a Nariño ahora denominada Departamento de Nariño, la Finca a Córdoba ahora denominado Departamento de Córdoba, la Finca de Sucre ahora denominado Departamento de Sucre, es decir Bolívar decretó en la independencia a los reales herederos los indios serán entregadas sus tierras y territorios ¿Cuáles Tierras quedaron acaso?, todo el país fue repartido a los inversionistas y a los criollos(Hijos de padre y madre españoles nacidos en territorio aborigen denominado América) denominados libertadores.
Posteriormente viendo que aunque no se cumplieron los compromisos, quedaron en la letra alguna visibilización legal desde la colonia denominadas derecho Propio, Derecho adquirido o derecho de origen. El régimen dominante observó que el derecho de la madre tierra y el gobierno indígena era inalienable e imprescriptible, este Gobierno de turno decide con ayuda del régimen asesinar a cada indígena no asimilado y que se encontrara en su proyecto de dominio, usurparle el territorio ancestral, para lo cual se pagó al ejército nacional y al privado para cometer el genocidio más grande en el país( Entre los años de 1866 y 1918, los distintos gobiernos aprobaron leyes y ordenanzas“ sobre reducción y civilización de indígenas”. La creación de éstas fue decisiva para la extinción sistemática de la etnia Yareguíes, pues en este período se reflejó esta preocupación plasmada en la aprobación de seis leyes sobre “civilización y reducción de indígenas”: Ley X de 1866, Ley 40 de 1868, Ley XVII de 1869, Ley 14 de 1874, Ley 89 de 1890 y Ley 64 de 1914; además, cinco ordenanzas de la Asamblea Departamental de Santander sobre “reducción y catequización de indígenas”: Nº 8 de 1890, Nº 15 de 1892, Nº 42 de 1911, Nº 43 de 1914 y N° 56 de 1918). financiado desde 1880 a 1930 para entregar las concesiones de tagua, quina, caucho, maderas y caminos para un genocida denominado el empresario Geo Von Lenguerke, alemán, quien influyó legalmente en el Departamento de Santander, para asimilar o menguar a nuestros pueblos, Personaje agraciado por la Asamblea Departamental recibe apoyo en tropas del ejército de la República de Colombia, y de las Compañías Franciscanas y Jesuitas para asimilar a la Comunidad de los Pueblos Yarigüies, Opones, Carares, Uwas, Barís, Yukpas y Guanentá, entre otros, para así enunciar baldíos de la nación, que niegan a las Comunidades de pueblos indígenas aborígenes en el territorio, la existencia y herencia por derecho de origen de las tierras (ámbito territorial, o resguardo o campo de concentración) y legalmente denominarlas solares, baldíos a nombre de la nación transfiriéndolos a las familias dominantes de turno herederas de las anteriores castas de genocidas entregándose los baldíos a estos transformados criollos y ahora denominados empresarios.
En ese periodo de tiempo al ver los huérfanos y las mujeres violadas o diezmadas y con apellido adquirido en encomienda o concesión por el usurpador del territorio, se inicia el proceso del desarrollo con el señor Wilches, Mares, Barco dejando enteramente el botín a empresas de explotación de hidrocarburos y biodiversidad (devoradores de la vida) quienes se valieron de la seguridad privada para garantizar que indios o indígenas o aborígenes nunca existieron, tal función la complemento la iglesia Compañías Franciscanas, Jesuitas y demás que con financiación del Gobierno de Turno iniciaron procesos de educación quitar el analfabetismo es decir eliminar el último rastro de lengua ancestral y entregar un nuevo tabú, el ancestros, los usos y costumbres, el gobierno propio y los mayores de quienes se les denominaba por estos patirrajados, brujos, ladrones, incluyendo en la fe negar el pasado enumerándolo como lejano a los hijos de quienes acababan de eliminar, introduciendo un concepto de genocidio étnico y cultura la palabra MEZTIZO, es decir que si se nacía cerca a una iglesia, a una escuela por simple lógica ya no se era indígena y aquel que se negase a perder sus usos y costumbres al llegar a los caseríos se le podía encarcelar, iniciar un proceso de inquisición y cruce de cuentas por deudas de diezmos y pago de alcabala a los reyes de España y después al gobierno de criollos, es decir ser indígena era un delito de cárcel y de muerte pero lo peor de olvido.
Posteriormente la Comunidad del Pueblo Guanentá, sufre un cambio la creación de la Constitución Política de Colombia, en el año de 1991 pero con grandes marcas de la herencia criolla, negar el concepto real del territorio como derecho adquirido dejándolo como ámbito territorial, dar participación irrisoria de la comunidades de los pueblos por dos curules para senadores pues no representan el sentir de los más de 102 etnias de Colombia, negándole el ejercicio de un parlamento propio de los pueblos indígenas y teniendo herramientas solo para maquinarias políticas que aprovecharon las coyunturas existentes.
Producto de este proceso las comunidades de los Pueblos visibilizan los procesos en usos y costumbre del sistema de gobierno propio, apoyados legalmente en el derecho internacional por medio del Convenio 169 de Pueblos Indígenas y Tribales ratificado por Colombia con la ley 21 de 1991, del cual favorece el ejercicio de la autonomía, territorio, usos y costumbres, en el que se hace visible que el derecho de las comunidades de los pueblos indígenas no puede ser letra muerta, visibilizando el derecho de origen el derecho adquirido desde antes de la creación de la Carta Magna es decir que la tierra y territorios son de las Comunidades de Pueblos Indígenas sin fronteras políticas y lo que importa es la pervivencia del pueblo, la vida y la reciprocidad con la vida en Pacha Mama.
Como padre y madre está la Comunidad del Pueblo Indígena Inga de Aponte en Nariño, que hace cumplir la profecía de unir los dos imperios el Chibcha y el Inga como un solo pensamiento, sentimiento, cosmovisión y Pueblo, como parte de las múltiples comunidades existentes en Colombia y nuestra América Territorio Ancestral.
En esta dirección se inician las mingas de los pueblos indígenas en diferentes países y territorios indígenas de los cuales quedará un gran mensaje (Las Comunidades de los Pueblos siempre han existido son el ancestro, y perviven en el territorio como lo más valioso que tienen los ciudadanos de cada Estado.
EL SUSCRITO ZIPA EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL DERECHO ANCESTRAL Y EN EL ARTICULO 246 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991, LEY 21 DE 1991, LEY 89 DE 1890, DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, DE CONFORMIDAD CON LOS PRINCIPIOS ESTABLECIDOS EN EL MANDO INTEGRAL DE VIDA DEL ZIPASGO INGA – CHIBCHA – GUANENTÁ.
ESCRITURAS DE MARZO DEL AÑO 1700 – RESOLUCIÓN 013 DE JULIO 22 DE 2003, Personería Jurídica del Ministerio de Interior y de Justicia 814001646-5, como Unidad de Gobierno Acuerdo en Consejo Territorial Número 001 de 30 de Octubre de 2008.
HERNANDO CHINDOY CHINDOY
FREDDY JANAMEJOY MAVISOY
QUERUBIN JANAMEJOY JANAMEJOY
DIEGO FERNANDO DUARTE CASTRO
HERNANDO SANTACRUS
VLADIMIR DÍAZ ESTEBAN.
ALEXANDER DUARTE CASTRO
Autoridades Tradicionales Zipas y Zipanes en Minga de Pensamiento
Parcialidad Indígena Zipasgo Inga-Chibcha-Guanentá, Bucaramanga, Santander E-mail nukanchipa@hotmail.com;freddyjm2981@hotmail.com; zipasgo_inga_chibcha_guanenta@hotmail.com Resguardo Indígena del Pueblo Inga
 
== Arquitectura ==