Diferencia entre revisiones de «Pelagianismo»

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== Pelagio y Celestio ==
 
Una influencia de largo alcance, sobre el posterior desarrollo del pelagianismo, tuvo la amistad que Pelagio contrajo en Roma con Celestio, un abogado de noble ascendencia (probablemente italiana). Eunuco por nacimiento, pero dotado con buenos talentos, Celestio había sido ganado para el ascetismo debido a su entusiasmo por la vida monástica y, en su condición de monje lego, él se esforzó por convertir las máximas prácticas, aprendidas de Pelagio, en principios teóricos que fueron propagados en Roma con éxito. S. Agustín, mientras califica a Pelagio de misterioso, mendaz y peligroso, llama a Celestio (De peccat. orig., XV) no sólo “increíblemente locuaz”, sino también persona de ánimo abierto, obstinado y desenvuelto en las relaciones sociales. Aun cuando sus secretas o abiertas intrigas no pasaron desapercibidas, los dos amigos —Pelagio y Celestio— no fueron molestados por los círculos oficiales romanos. Pero las cosas cambiaron cuando, en el 411, dejaron el hospitalario suelo de la metrópoli, al ser saqueada por Alarico (410), y se embarcaron al África del Norte. Cuando desembarcaron en la costa, cerca de Hipona, [[San Agustín de Hipona|Agustín]], el Obispo de la ciudad, estaba ausente, encontrándose muy ocupado en calmar las disputas donatistas en África. Más tarde se encontraría con Pelagio en Cartago varias veces, pero sin entrar en estrecha relación con él. Después de una breve estadía en África del Norte, Pelagio viajó a Palestina, mientras Celestio trató de ser ordenado presbítero en Cartago. Pero su plan fue frustrado por el diácono Paulino de Milán, quien envió al Obispo Aurelio un memorial en el que las seis tesis de Celestio —quizá extraídas de su obra ahora perdida "Contra traducem peccati"— fueron marcadas como heréticas. Las tesis eran las siguientes:
Una influencia de largo alcance, sobre el posterior desarrollo del pelagianismo, tuvo la amistad que
 
* Aun si Adán no hubiera pecado, habría muerto.
* El pecado de Adán lo perjudicó sólo a él, no a la humanidad entera.
* Los niños recién nacidos se encuentran en el mismo estado que Adán antes de la caída.
* La humanidad entera ni murió a través del pecado o de la muerte de Adán, ni resucitó a través de la resurrección de Cristo.
* La ley mosaica es tan buena guía para el cielo como el Evangelio.
Antes de la venida de Cristo hubo hombres que se mantuvieron sin pecado.
 
A causa de estas doctrinas, que contienen claramente la quinta esencia del pelagianismo, Celestio fue citado para comparecer ante el sínodo de Cartago (411); pero se negó a retractarse de ellas, alegando que la herencia del pecado de Adán era una cuestión abierta y que su negación no era una herejía. Como resultado, Celestio no fue sólo excluido de la ordenación, sino que sus seis tesis fueron condenadas. Declaró entonces su intención de apelar al Papa en Roma, pero, sin ejecutar su decisión, se fue a Éfeso en Asia Menor, donde fue ordenado sacerdote.
 
Mientras tanto las ideas de Pelagio se habían extendido por un amplia área, especialmente en torno a Cartago, de manera que Agustín y otros obispos se vieron impulsados a tomar una postura firme contra estas concepciones en los sermones y conversaciones privadas. Urgido por su amigo Marcelino, quien “diariamente soportó extenuantes debates con hermanos equivocados”, S. Agustín en el 412 escribió sus famosas obras "De peccatorum meritis et remissione libri III" (P. L., XLIV, 109 sqq.) y "De spiritu et litera" (ibid., 201 sqq.), en las que positivamente establece la existencia del pecado original, la necesidad del bautismo de los niños, la imposibilidad de una vida sin pecado, y la necesidad de la gracia interior (spiritus) en oposición a la gracia exterior de la ley (litera). Cuando en el 414 inquietantes rumores llegaron de Sicilia y, las así llamadas "Definitiones Caelestii" (reconstruidas por Garnier, "Marii Mercatoris Opera", I, 384 sqq., Paris, 1673), consideradas obras de Celestio, fueron enviadas a S. Agustín, publicó como réplica: "De perfectione justitiae hominis" (P. L., XLIV, 291 sqq.), obra en la que, otra vez, demolió la ilusión de una completa libertad frente al pecado. Fuera de hacerlo por caridad, también con el fin de vencer el error más eficazmente, Agustín, en estos escritos, nunca mencionó a los dos autores de la herejía por su nombre.
 
En tanto, Pelagio, quien permanecía en Palestina, no se quedó inactivo; escribió una carta, que aún se conserva (en P. L., XXX, 15-45), a una noble virgen romana llamada Demetria quien, a la llegada de Alarico, había emigrado a Cartago. A ella le había inculcado sus principios estoicos de la ilimitada energía de la naturaleza. Además publicó en el 415 una obra ahora perdida: “De natura”, en la que trata de probar su doctrina a partir de autoridades, apelando no sólo a los escritos de Hilario y Ambrosio, sino también a las obras más recientes de Jerónimo y Agustín, estando aún, estos ambos, vivos. S. Agustín le respondió entonces con su tratado "De natura et gratia" (P. L., XLIV, 247 sqq.). Jerónimo, sin embargo, a quien Orosio, sacerdote español, discípulo de Agustín, había personalmente explicado el peligro de la nueva herejía, y quien había sido humillado por la severidad con que Pelagio hubo criticado su comentario a la Epístola a los Efesios, maduró con el tiempo su entrada en la lista de los opositores a Pelagio; lo hizo mediante su carta a Ctesiphon (Ep. CXXLIII) y su obra llena de gracia "Dialogus contra Pelagianos" (P. L., XXIII, 495 sqq.). Estuvo ayudado por Orosio, quien inmediatamente acusó a Pelagio de herejía en Jerusalén. Después, el obispo de Jerusalén estimó mucho (S. Agustin, "Ep. CLXXIX") a Pelagio y lo tomó como su invitado. Convocó en Julio del 415 un concilio diocesano para la investigación del cargo. Los procedimientos se vieron obstaculizados por el hecho de que Orosio, la parte acusadora, no entendía el griego y había conseguido un mal intérprete, mientras que Pelagio, el defendido, fue muy hábil para defenderse a sí mismo en griego y sostener su ortodoxia. Sin embargo, de acuerdo al informe personal (escrito al término del 415) de Orosio (Liber apolog. contra Pelagium, P. L., XXXI, 1173), las partes litigantes al final acordaron dejar el último juicio de todas las cuestiones a los latinos —dado que tanto Pelagio como sus adversarios eran latinos— y apelar a la decisión de Inocencio I; mientras tanto se impuso silencio a ambas partes.
 
Pero Pelagio tenía concedido sólo un breve plazo. Porque en el mismo año, los obispos de las Galias, Heros de Arlés y Lázaro de Aix, quienes, después de la derrota del usurpador Constantino (411), habían dejado sus diócesis retirándose a Palestina, llevaron el asunto ante el obispo Eulogio de Cesarea, con el resultado de que este último convocó a Pelagio en diciembre del 415, delante de un sínodo de catorce obispos que se llevó a cabo en Diospolis, la antigua Lida. Sin embargo, la fortuna favoreció otra vez al heresiarca. Respecto a las acciones legales y el asunto en sí estamos extraordinariamente bien informados gracias a “De gestis Pelagii” (P. L., XLIV, 319 sqq.) de S. Agustín, obra escrita en el 417 y basada en las actas del sínodo. Pelagio puntualmente obedeció a las citaciones, pero los principales acusadores, Heros y Lazaro, no hicieron su aparición, uno de ellos debido su mala salud. Y como Orosio, demasiado, expuesto al ridículo, hubo de partir, Pelagio no se defendió personalmente sino que encontró un hábil abogado en el diácono Aniano de Celeda (cf. Hieronym., "Ep. cxliii", ed. Vallarsi, I, 1067). Los puntos principales de la petición fueron traducidos al griego por un intérprete y leídos sólo como un extracto. Pelagio, habiendo ganado la buena voluntad de la asamblea, debido a que les leyó algunas cartas privadas recibidas de prominentes obispos, entre ellos S. Agustín (Ep. cxlvi) empezó a refutar las diversas acusaciones. Entonces, se eximió del cargo de que él había afirmado la posibilidad de una vida sin pecado, solamente dependiente de la libre voluntad; diciendo, por el contrario, que requería la ayuda de Dios (adjutorium Dei) para vivir sin pecado, aunque, sin embargo, con esto no se refería nada más que a la gracia de la creación (gratia creationis). Respecto a las otras doctrinas de que se le acusaba, dijo que, tal como estaban formuladas en la acusación, no eran de su autoría y que él las rechazaba. Después de la audiencia, no quedó nada más para el sínodo, que retirar los cargos al defendido y anunciar que éste gozaba de la comunión con la Iglesia. Oriente ahora había hablado dos veces y no había encontrado nada que condenar en Pelagio.
 
== Continuación y fin de la controversia (415-418). ==